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Guardar notas de las oposiciones

Iniciado por lumpur77, 03 Febrero, 2019, 22:14:48 PM

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lumpur77

Me extraña mucho no leer nada al respecto en Andalucía, cuando ya son varias las comunidades que guardan las notas de los exámenes aprobados en oposiciones anteriores, como es el caso de Extremadura...

Mjpa

Cita de: lumpur77 en 03 Febrero, 2019, 22:14:48 PM
Me extraña mucho no leer nada al respecto en Andalucía, cuando ya son varias las comunidades que guardan las notas de los exámenes aprobados en oposiciones anteriores, como es el caso de Extremadura...

En Andalucía también se hace


biodel

Cita de: Mjpa en 03 Febrero, 2019, 22:41:09 PM
Cita de: lumpur77 en 03 Febrero, 2019, 22:14:48 PM
Me extraña mucho no leer nada al respecto en Andalucía, cuando ya son varias las comunidades que guardan las notas de los exámenes aprobados en oposiciones anteriores, como es el caso de Extremadura...

En Andalucía también se hace
Sí, aunque aquí los aprobados de ultima oposición van antes que la nota de la oposición q tuviese con anterioridad.

Es decir, si uno saca 8 en 2016 y un 5 en 2018, y otro aspirante tiene un 7 en 2018, ese aspirante de 7 en 2018 va antes q el de 8 de 2016.

Si me equivoco que me corrijan.
Un saludo

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lumpur77

¿me puede decir alguien donde viene recogido?  Hace poco coincidí con un chico de un sindicato (no era de Ustea), y me comentó que si, que si bien otras comunidades lo tienen ya, o lo están implantando, en Andalucía no era una prioridad.


Aethar

Cita de: biodel en 04 Febrero, 2019, 12:14:56 PM
Cita de: Mjpa en 03 Febrero, 2019, 22:41:09 PM
Cita de: lumpur77 en 03 Febrero, 2019, 22:14:48 PM
Me extraña mucho no leer nada al respecto en Andalucía, cuando ya son varias las comunidades que guardan las notas de los exámenes aprobados en oposiciones anteriores, como es el caso de Extremadura...

En Andalucía también se hace
Sí, aunque aquí los aprobados de ultima oposición van antes que la nota de la oposición q tuviese con anterioridad.

Es decir, si uno saca 8 en 2016 y un 5 en 2018, y otro aspirante tiene un 7 en 2018, ese aspirante de 7 en 2018 va antes q el de 8 de 2016.

Si me equivoco que me corrijan.
Un saludo

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No, no es así. Al haber aprobado el del 5 en 2018, le guardian la nota mayor, en este caso el 8 de 2916 apareciendo por delante de el del 7 de 2018.

Aethar

Orden del 18 de junio de 2018:

Artículo 12. Ordenación de las bolsas de trabajo.

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo se llevará a cabo de la siguiente forma:

a) Personal funcionario interino, en función del tiempo de servicios en centros públicos reconocido por la Administración educativa andaluza.

b) Personal aspirante a interinidad, ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo en el que se hubiera convocado la especialidad del cuerpo de la bolsa a que se pertenezca, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Personal aspirante a interinidad participante en convocatorias selectivas anteriores, ordenado por la calificación obtenida, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior.

d) Personal aspirante a interinidad de convocatorias extraordinarias, incluidas, en su caso, las restringidas, priorizándose la convocatoria más antigua sobre la más reciente.

2. Para la ordenación del personal a que se refiere la letra b) del apartado 1, y solo en el supuesto de haber superado los dos últimos procedimientos selectivos en los mismos cuerpo y especialidad, sin haber resultado seleccionado, la Administración tomará en consideración la mejor calificación de los referidos procedimientos superados.

biodel

Cita de: Aethar en 05 Febrero, 2019, 00:04:22 AM
Orden del 18 de junio de 2018:

Artículo 12. Ordenación de las bolsas de trabajo.

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo se llevará a cabo de la siguiente forma:

a) Personal funcionario interino, en función del tiempo de servicios en centros públicos reconocido por la Administración educativa andaluza.

b) Personal aspirante a interinidad, ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo en el que se hubiera convocado la especialidad del cuerpo de la bolsa a que se pertenezca, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Personal aspirante a interinidad participante en convocatorias selectivas anteriores, ordenado por la calificación obtenida, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior.

d) Personal aspirante a interinidad de convocatorias extraordinarias, incluidas, en su caso, las restringidas, priorizándose la convocatoria más antigua sobre la más reciente.

2. Para la ordenación del personal a que se refiere la letra b) del apartado 1, y solo en el supuesto de haber superado los dos últimos procedimientos selectivos en los mismos cuerpo y especialidad, sin haber resultado seleccionado, la Administración tomará en consideración la mejor calificación de los referidos procedimientos superados.
Ok, entonces una persona q no aprueba el último proceso selectivo no le guardan su mejor nota, sólo en el caso que supere las 2 partes.
Gracias por la aclaración

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maestrandalucia

Esto solo afecta a ordenación en bolsa pero no para plaza ¿verdad?
Educad a los niños y no será preciso castigar a los hombres.


quemepongo

Cita de: maestrandalucia en 17 Julio, 2019, 15:02:11 PM
Esto solo afecta a ordenación en bolsa pero no para plaza ¿verdad?
Exacto


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