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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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Zeronter

Esa sentencia parece ser que desestima la denuncia interpuesta  porque asegura que no ha concatenado varios contratos seguidos. Vamos que esto es lo que un juez o jueza crea más oportuno pues eso que  te llevas.


respublica

Cita de: DEJAN en 30 Junio, 2020, 16:04:02 PM
otra noticia
https://apiscam.blogspot.com/2020/06/la-sala-de-lo-social-del-tribunal.html

Estas sentencias son mucho más importantes que las anteriores comentadas porque son del Tribunal Supremo y son firmes.

Además, crean jurisprudencia, por lo que se aplican automáticamente a casos similares, de forma que el Supremo hace una interpretación de la reciente sentencia del TJUE que es la que más beneficia a la administración, que era lo que yo temía y esperaba.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Zeronter



Zeronter

Nueva noticia sobre interinos de diario16.
Nunca una desestimación a una demanda, fue una victoria tan total en el largo camino de los trabajadores públicos en situación de abuso de las Administraciones para conseguir la ansiada justicia.
Esta manifestación no es gratuita y tras muchos años de ir y venir y las muchas sentencias de todo tipo en las jurisdicciones social y contencioso administrativa sobre el tema, es clave la publicación de la primera de las dos sentencias que se han dictado y que dio origen a una de las dos cuestiones prejudiciales acumuladas C-103/18 y C-429/18, y con ello el posterior dictado de la sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2020 contra la comunidad de Madrid.
Evidentemente nos estamos refiriendo a la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo (JCA) nº 14 de Madrid de fecha 29 de junio de 2020. Pese al sentido desestimatorio de la sentencia, no deben temer los muchos y muchas trabajadores públicos en abuso de contratación temporal, ya que la desestimación lo es por un tema absolutamente técnico referente a la no aplicación del petitum respecto al cobro de una indemnización, proporcionada y disuasoria a la administración, a la que hubieran tenido derecho las demandantes, si así se hubiera solicitado, entendiendo la juzgadora que otorgarlo sin haber sido objeto del debate jurídicos, excede de la aplicación del principio de congruencia, pero ello sin duda será una cuestión a dilucidar en el recurso de apelación, seguro.

https://diario16.com/victoria-total-de-los-trabajadores-publicos-interinos-frente-a-los-abusos-de-la-administracion/

hugo5

El punto de vista de Fabián Valero:

"Seré claro, esta es la estrategia de Zeres Abogados. Ruego leer hasta el final.

Hay tres opciones encima de la mesa ante el abuso en la contratación temporal de los empleados públicos:

1. La fijeza.
2. La estabilidad (asimilado a indefinido).
3. La indemnización.


Siempre hemos defendido, y las sentencias así lo están demostrando, que no existe una solución universal. Cada caso es único y cada CLIENTE se merece un estudio individual, pues para eso nos paga.

Dicho esto, esta es nuestra estrategia.

1. FIJEZA.

Para que judicialmente se pueda alcanzar la fijeza es necesario, antes de nada, que exista una situación de abuso. La situación de abuso puede ser por la concatenación de nombramientos temporales o por un único nombramiento de duración inusualmente larga (sentencia TJUE Montero Mateos). Una vez constatado el abuso tendrán más opciones de alcanzar la fijeza quienes hayan superado todos los exámenes de un proceso selectivo pero no han obtenido puesto al convocar la Administración menos plazas de las vacantes existentes o bien hayan superado un proceso de selección para acceder a unas listas de contratación, siempre y cuando su nivel de exigencia (temario y pruebas de acceso) sea el mismo que el previsto para el personal que accede a puestos fijos.


2. ESTABILIDAD (ASIMILADO A INDEFINIDO).

Las personas en situación de abuso que no estén en la situación anterior tienen difícil obtener la fijeza, eso no significa que no lo puedan lograr, pero hay que ser realistas y no será fácil. En estos casos sería más viable lograr que se declare el abuso y el derecho a la estabilidad en el puesto. En esta situación estarían los que han participado en un proceso selectivo y han aprobado alguno de los exámenes (no todos), o los que han accedido por proceso de lista de contratación pero con un temario 


3. INDEMNIZACIÓN.

En esta situación se encontrarían los que en situación de abuso no han participado en ningún proceso selectivo por no haberlo convocado la Administración , o bien participando no han aprobado ninguno de los exámenes. También podrán reclamar esta indemnización los que habiendo logrando estabilidad si algún día son cesados. La cuantía de la indemnización debe ser disuasoria y en nuestra opinión debería asimilarse a la que se percibe por un despido improcedente.

Estos son los escenarios más factibles en opinión de Zeres Abogados* tras estudiar cientos de sentencias. Eso no quiere decir que no intentemos la fijeza con el mayor número de personas posibles, pero siempre desde la honestidad de informar al cliente de las especiales dificultades de cada caso. Somos realistas y honestos en nuestro planteamiento.

Este no es un problema de ego de abogados. Aquí hay estrategias que vamos perfeccionado desde hace nada menos que 15 años. Nuestra experiencia y conocimiento profundo de la materia nos indica que este es el camino más realista y así os lo transmitimos en un ejercicio de máxima transparencia aunque nos implique perder clientes. La honestidad, ante todo.

Cada cliente debe escoger su abogado. Quien no es cliente no tiene derecho a criticar la estrategia que cliente y abogado han decidido libremente. El que quiera otras opciones tiene donde escoger. El que confíe en nuestra estrategia sabe donde estamos.

Fuimos los primeros en conseguir sentencias en TSJ reconociendo condición de indefinido a personal estatutario, reconociendo indemnización a estatutarios, reconociendo estabilidad e indemnización a profesores y anulando ceses de personal temporal que estaba contratado en abuso.

Suerte a todos escojáis a quien escojáis.

2020_07_04
FABIÁN VALERO MOLDES
"

Como ya se ha comentado otras veces, va a haber que demostrar que existe abuso.

Saludos


hugo5

Ojo, esa es la opinión de este abogado. No que yo esté de acuerdo.

Pienso que todo aquel que ha trabajado para la administración tres años ha demostrado suficientemente su capacidad, independientemente de cómo haya accedido. Es la administración y sus normas chapuceras las que han provocado este problema, no el trabajador abusado.

Saludos

alboradas

Tampoco estoy de acuerdo que en caso de obtener indemnización, esta se asimile a la de despido improcedente.

Tanto en las conclusiones de la sra. Kokott, como en la STJUE de 19 de marzo, indican que la indemnización debe ser disuasoria para la administración. Algo leí acerca de que debe ser a tanto alzado...

Saludos.


Zeronter

La indemnización es la peor solución que se daria a este problema porque poner como solución que te paguen 30.000 o 20.000 euros y te quedes en la calle con 45,48,50 años... A ver a dónde vas tu ya con esa edad que es imposible encontrar un empleo y aun te quedan 20 años para jubilarte. Seria la peor de todas las soluciones a este problema y destrozarte la vida.



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