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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => Mensaje iniciado por: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 09:12:24 AM

Título: FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 09:12:24 AM
FAQ sobre el horario personal del profesor

Nota preliminar: Todo lo que aquí afirmo es lo que me paree entender; el documento está abierto a aportaciones, enmiendas y correcciones.

1. ¿Qué normativa define o afecta directamente a mi horario?

* EL decreto 327/2010 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/139/2) (D327 a partir de ahora).
* La orden de 20 de agosto de 2010 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/169/1) (O2010 a partir de ahora).
* El Real Decreto-ley 14/2012 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5337) (decretazo a partir de ahora).
* La orden de 29 de junio de 1994 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1994-15565) del Ministerio de Educación y Ciencia (OEDU a partir de ahora), en aquellos aspectos sobre los que las Comunidades tengan sólo competencia compartida. Para saber cuáles son estos aspectos puede recurrirse a la lectura del artículo 52 del Estatuto de Andalucía (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825).

2. ¿Cuál es la naturaleza de las horas de que se compone mi horario?

Se compone de 35 horas de las que 30 son de obligadsa permanencia en el centro (artículo 13 de O2010). En estas últimas hay que distinguir entre:

* 25 horas como máximo de horario regular, esto es, que se repite periódicamente todas las semanas (nstrucción 71 de OEDU y artículo 13.2 de O2010 según la modificación introducida por la disposición adicional primera de la orden de 11 de septiembre de 2015 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/183/1)).
* 5 horas de horario irregular, que consecuentemente se dedican a la realización de actividades no periódicas (asistencias a claustro, evaluaciones, etc).

Dentro del horario regular hay dos tipos de actividades:

* Las lectivas dedicadas a las actividades señaladas en el artículo 13.3. Deben ser 20 como mínimo (art. 3.1 de decretazo) y 21 como máximo.
* Las no lectivas (también llamadas horas complementarias) dedicadas a las actividades señaladas en el artículo 13.4 de O2010

3. ¿Cómo intentarán colármela?

Pasando horas complementarias al horario irregular o, directamente, no computándolas.

4. ¿Qué consideración tienen las actividades de tutoría?

Horario regular siempre (art. 13.4b de O2010). Se computan como complementarias excepto en el caso de la tutoría de secundaria algunas de cuyas actividades tienen caracter lectivo (art. 13.3b de O2010).

5. ¿Cuánto duran las actividades de tutoría?

Una hora cada una de ellas sin lugar a dudas (art. 9 de O2010).

6. ¿Qué consideración tiene la reunión de departamento?

Horario regular no lectivo (hora complementaria) ya que los departamentos son órganos de coordinación docente (art. 82.1g y 82.3 de D327) y las reuniones ordinarias de tales órganos se incluyen dentro del horario regular no lectivo (13.4a de O2010).

7. ¿Cuánto dura la reunión de departamento?

OEDU establece que una hora, pero la normativa andaluza no indica nada y, además, es discutible que este aspecto sea aplicable, puesto que la redacción sólo indica que el horario podrá contemplar y además, la existencia de los departamentos entra dentro de la organización de los centros que es competencia exclusiva de la comunidad. Consecuentemente si se reunen o no y por cuanto tiempo tambiién cabría pensar que es competencia exclusiva.

8. ¿Por qué computan habitualmente las guardias de recreo como una hora?

Lo ignoro. Creo que por simple tradición, así que sospecho que computar la guardia de recreo como sólo media hora es perfectamente legal.

9. ¿Qué pasa con las reuniones de equipo educativo?

Como son órganos de coordinación docente(art. 82.1a de D327), sus reuniones ordinarias deben entrar dentro del horario regular y celebrarse semanalmente. Establecer reuniones quincenales o mensuales es ilegal.

10. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de postobligatoria?

a) 20 horas lectivas de docencia directa (ver 2.)
b) 3 horas complementarias de tutoría (administrativa, atención personalizada y entrevistas con los a padres). Véase el artículo 9 de O2010.
c) Otras 2 horas complementarias entre reunión de departamento y guardias. Por ejemplo, si la reunicón de departamento es de 1 hora, sólo podrá hacerse una hora de guardia. Si la reunión durara media hora, podría realizarse una guardia normal y una de recreo (suponiendo que sea cierto lo afirmado en 8).

11. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de secundaria?

a) 18 horas lectivas de docencia directa.
b) 2 horas lectivas de tutoria: la tutoría con el grupo y la de atención personalizada.
c) 2 horas complementarias de tutoría: la hora de entrevistas con los padres y la administrativa.
d) Otras 3 hotas complementarias entre reunión de departamento y guardias. Véase lo indicado en la pregunta anterior.

12. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un jefe de departamento/área?

a) 20 horas lectivas entre docencia directa y reducción por función de coordinación docente.
b) 3 horas de guardia.
c) 2 horas complementarias más entre la reunión de departamento y alguna otra actividad recogida en el artículo 13.4 de O2010).

13. ¿Cuáles son las novísimas triquiñuelas este curso?

La CEJA se ha sacado de la manga una instrución (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/instrucciones-de-26-de-julio-de-2016-de-la-secretaria-general-de-educacion-y-formacion-profesional-por-las-que-se) con dos dsposiciones:

a) La tutoría electrónica forma parte del horario irregular (lo cual contradice el artículo 13.4b de O2010)
b) Establece los ratios máximos grupo/profesor de guardia mayores a los ya están fijados por el art. 18.3 de O2010. Por tanto, esta disposición también carece de valor.

Además, la tutoría electrónica está definida en el artículo 16 del [ùrl=http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/101/1]decreto 285/2010[/url] y el artículo 16 de la orden de 20 de junio de 2011 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/132/1) y no es asimilable en absoluto a la tutoría adminitrativa.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: M.J. en 08 Septiembre, 2016, 09:21:53 AM
¿Cual es el procedimientos seguir en caso de abuso?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 08 Septiembre, 2016, 09:38:11 AM
Cuidado a los tutores de bachillerato que os dicen en los centros que no tienen tutoría y os ponen las horas en horario irregular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 08 Septiembre, 2016, 09:38:28 AM
Gracias, Rantamplan.

Un par de consideraciones:

Si las reuniones de equipos educativos tienen que formar parte del horario regular, entonces los horarios tipos de cualquier profesor que de clase en la ESO quedarían así:

Citar10. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de postobligatoria?

a) 20 horas lectivas de docencia directa (ver 2.)
b) 3 horas complementarias de tutoría (administrativa, atención personalizada y entrevistas con los a padres). Véase el artículo 9 de O2010.
c) Otras 2 horas complementarias entre reunión de departamento, reuniones de equipos educativos de los grupos de ESO en los que el profesor de clase y guardias. Por ejemplo, si la reunicón de departamento es de 1 hora, sólo podrá hacerse una hora de guardia. Si la reunión durara media hora, podría realizarse una guardia normal y una de recreo (suponiendo que sea cierto lo afirmado en 8).

11. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de secundaria?

a) 18 horas lectivas de docencia directa.
b) 2 horas lectivas de tutoria: la tutoría con el grupo y la de atención personalizada.
c) 2 horas complementarias de tutoría: la hora de entrevistas con los padres y la administrativa.
d) Otras 3 hotas complementarias entre reunión de departamento, reuniones de equipos educativos de los grupos de ESO en los que el profesor de clase así como de su tutoría y guardias. Véase lo indicado en la pregunta anterior.

12. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un jefe de departamento/área?

a) 20 horas lectivas entre docencia directa y reducción por función de coordinación docente.
b) 3 horas de guardia.
c) 2 horas complementarias más entre la reunión de departamento, reuniones de equipos educativos de los grupos de ESO en los que el profesor de clase y alguna otra actividad recogida en el artículo 13.4 de O2010).

Por otra parte, eso de que las guardias de recreo de media hora cuenten como una hora a mí me pasaba hace años, pero en los últimos tiempos en los centros en los que he estado ya no es así. Es media hora que cuenta como media hora.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: asysti en 08 Septiembre, 2016, 10:37:44 AM
Interesante y muy bien explicado. Podría alguien explicar así de claro el horario del orientador/a?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 08 Septiembre, 2016, 14:13:55 PM
Cita de: M.J. en 08 Septiembre, 2016, 09:21:53 AM
¿Cual es el procedimientos seguir en caso de abuso?

A mi también me interesa.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 08 Septiembre, 2016, 14:34:34 PM
En mi Ies se va a seguir esta ultima instrucción de la Ceja y una de las 4 tutorias se pasará al horario irregular para que los tutores tengan 2 guardias, si no se esta de acuerdo supongo que la persona no firmará el horario y se dará el aviso a inspección para que venga a resolver el caso y que decidan ellos pero me juego el cuello a que la inmensa mayoria de los centros actuarán asi ya que a consecuencia de la implantación de las 25h lo que se necesita son mas horas de guardia.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 15:56:15 PM
Cita de: M.J. en 08 Septiembre, 2016, 09:21:53 AM¿Cual es el procedimientos seguir en caso de abuso?

El primer paso creo que debe ser hablar con la directiva y exponerles cuál es la normativa. Si no se  avienen y mandan el horario igualmente, esperar un tiempo (puede incluso preguntárseles si creen que el inspector ya ha revisado los horarios) para a continuación enviar un escrito de queja al servicio de inspección con registro de entrada. Si la inspección mira para otro lado y no da una respuesta, escribir otro requerimiento recordándoles que son los garantes de que se cumpla la normativa en los centros y que, si esta no se cumple, ellos son los responsables puesto que se les ha puesto en conocimiento de ello.  ?Por supuesto, también con registro de entrada. Si aun así la respuesta es negativa o nula, contencioso.

Al respecto de llegar a las últimas consecuencias, es muy importante a mi parecer (yo no he llegado nunca a ese caso) el que nuestros argumentos se basen en la normativa andaluza, que es ineludible y, si no se cumple, al inspector que lo consienta, se le cae el pelo. Las disposiciones de la normativa nacional está sujetas a que ese aspecto sea o no competencia exclusiva (p.e. la duración de las reuniones de departamento) y son más discutibles.

También me parece importante por decoro y por respeto a nuestros compañeros (los directivos también lo son), no montar espectáculos en público. Lo que haya que decir, yo se lo  diría al director o al jefe de estudios personalmente y en su despacho.

NO crteo que fuera mala cosa que el hilo sirviese también para que los que duden que su hoprario sea legal expongan el caso y entre todos le aconsejemos si se ajusta o no a normativa y si debería reclamarlo o no y en base a qué.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 16:06:04 PM
Cita de: Albariza en 08 Septiembre, 2016, 09:38:28 AM
Gracias, Rantamplan.

Un par de consideraciones:


Reuniones de equipos educativos

La apostilla es muy justa. Sin embargo, no he incluido las reuniones ordinarias de equipos docentes dentro del horario típico, porque ni son preceptiblas ni creo que sea indispensables. Date cuenta que los equipos docentes ya se reúnen durante las sesiones de evaluación y en ellas pueden tomar decisiones sobre el grupo e intercambiar opininiones sus miembrfes.

Por otro lado, al es necesario una reunión extraordinaria porque surja alguna contingencia (p.e. un caso de acoso) no hay ningún problema en que se realice porque entra dentro del horario irregular.

Las reuniiones ordinarias de departamento en cambio sí que parecen preceptivas: ¿cómo consensuan los departamentos las programaciones y evalúa las consecuciń de estas, si jamás se reúnen?

Cita de: Albariza en 08 Septiembre, 2016, 09:38:28 AM
Por otra parte, eso de que las guardias de recreo de media hora cuenten como una hora a mí me pasaba hace años, pero en los últimos tiempos en los centros en los que he estado ya no es así. Es media hora que cuenta como media hora.

A mí no me ha pasado, pero no he encontrado en la normativa nada al respecto así que es perfectamente legal a mi juicio.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 08 Septiembre, 2016, 22:07:14 PM
Gran trabajo rantanplan, y además todo bien fundamentado.

No obstante si no es pedirte mucho me uno a la propuesta de la compañera, pero este caso no para orientación sino para ciclos formativos. ¿Se aplica exactamente el mismo horario que para bachiller? Está claro que hay algunas diferencias en las evaluaciónes (no hay septiembre) pero la distribución del horario es el mismo que bachiller al ser postobligatorio? Un saludo y gracias.


Cita de: asysti en 08 Septiembre, 2016, 10:37:44 AM
Interesante y muy bien explicado. Podría alguien explicar así de claro el horario del orientador/a?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 22:18:07 PM
Cita de: lixsi2 en 08 Septiembre, 2016, 22:07:14 PMNo obstante si no es pedirte mucho me uno a la propuesta de la compañera, pero este caso no para orientación sino para ciclos formativos. ¿Se aplica exactamente el mismo horario que para bachiller?

Postobligatoria incluye bachillerato y formación profesional.

Sobre los horarios del orientador, no sé nada.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 08 Septiembre, 2016, 22:53:26 PM
Ok, mi duda despejada. Gracias por el post.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 07:52:15 AM
Cita de: asysti en 08 Septiembre, 2016, 10:37:44 AM
Interesante y muy bien explicado. Podría alguien explicar así de claro el horario del orientador/a?

En mi Ies el horario de orientación se lo hace el departamento, lo único a lo que se tienen que supeditar es a las horas de tutoria propia con los 2 pmar que tenemos y con las 4 reuniones de tutores de la Eso que eso lo pone el chino. Una vez que sale el horario general y esas horas ven cómo pueden atender los PT a los cursos y así se ponen el resto de su horario. El regular del año pasado era el siguiente:

13h de Orientador escolar
4h de Reuniones de coordinación docente (ESo)
2h de tutoria (pmar)
2h guardias
1 RD
3h por jefatura de departamento.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 08:22:54 AM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 07:52:15 AM13h de Orientador escolar
4h de Reuniones de coordinación docente (ESo)
2h de tutoria (pmar)
2h guardias
1 RD
3h por jefatura de departamento.

Gracias por la aportación, franxx.

Las reuniones de coordinación docente, ¿son las reuniones que tiene el orientador con los tutores de cada nivel de la ESO? Las has llamado de coordinación docente,, pero el conjunto del orientador y los tutores de un nivel de ESO no es un órgano de coordinación docente; yo al menos no lo veo citado en el artículo 82 del D327.

Yo no he visto que esas reuniones sean preceptivas (todo dependerá de lo que indique el plan de acción tutorial), pero Imagino que en tu centro, al colocarse esas cuatro horas al orientador, se las habréis colocado también a los tutores de ESO y, por tanto, los tutores tendrán ocupada una hora más en su horario regular, lo que se traduce en una guardia menos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: porrillo en 09 Septiembre, 2016, 11:58:16 AM
En primer lugar, gracias por el post. Interesantísimo y muy útil.

A ver si estoy en lo correcto y me he enterado bien. Si en mi caso soy profesor de eso/bachillerato y no soy tutor ni jefe de departamento, la cosa quedaría así:

- 20 horas de docencia directa
- 1 hora de reunión de departamento (suponiendo que en mi centro se dedique una hora semanal a la RD).
- Hasta llegar a 25, me sobran 4 horas de guardia entre guardias de una hora y guardias de recreo.

¿Es correcto o me dejo algo? ¿Debería tener hora de atención a padres o algo así aunque no sea tutor?

Gracias, es un lío, la verdad.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 12:31:10 PM
Cita de: porrillo en 09 Septiembre, 2016, 11:58:16 AM
En primer lugar, gracias por el post. Interesantísimo y muy útil.

A ver si estoy en lo correcto y me he enterado bien. Si en mi caso soy profesor de eso/bachillerato y no soy tutor ni jefe de departamento, la cosa quedaría así:

- 20 horas de docencia directa
- 1 hora de reunión de departamento (suponiendo que en mi centro se dedique una hora semanal a la RD).
- Hasta llegar a 25, me sobran 4 horas de guardia entre guardias de una hora y guardias de recreo.

¿Es correcto o me dejo algo?


Sí, es así: en tu caso no hay problema para que hagas tres horas de guardia. En cuanto a hacer más de tres horas de guardia, OEDU dice (instrucción 81):

Citar81. El horario complementario, en función de las actividades asignadas a cada Profesor, podrá contemplar:

a) Entre una y tres horas de guardia, en función de las necesidades del centro y a juicio del Jefe de estudios.

O sea que teóricamente no deberían ponerte más de tres. Pero esto no tiene transposición en la ley andaluza y, aunque yo creo que eso sí deberia acatarse, estamos en el mismo caso que el de las 25 horas, que tuvo que acabar en el TSJA.

Cita de: porrillo en 09 Septiembre, 2016, 11:58:16 AM¿Debería tener hora de atención a padres o algo así aunque no sea tutor?

Gracias, es un lío, la verdad.

No, la hora de entrevistas con los padres es para el profesor tutor.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 14:56:29 PM
Cita de: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 08:22:54 AM
Las reuniones de coordinación docente, ¿son las reuniones que tiene el orientador con los tutores de cada nivel de la ESO?
[/quot]

Exactamente, la reunión de todos los tutores por niveles sirve para coordinarse entre ellos y la dirige el orientador.

Cita de: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 08:22:54 AM
Yo no he visto que esas reuniones sean preceptivas (todo dependerá de lo que indique el plan de acción tutorial), pero Imagino que en tu centro, al colocarse esas cuatro horas al orientador, se las habréis colocado también a los tutores de ESO y, por tanto, los tutores tendrán ocupada una hora más en su horario regular, lo que se traduce en una guardia menos.

Sip, cada tutor tiene esa hora en su horario, para nosotros es primordial que haya una coordinación entre todos los tutores de cada nivel.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 14:58:29 PM
Cita de: porrillo en 09 Septiembre, 2016, 11:58:16 AM
En primer lugar, gracias por el post. Interesantísimo y muy útil.

A ver si estoy en lo correcto y me he enterado bien. Si en mi caso soy profesor de eso/bachillerato y no soy tutor ni jefe de departamento, la cosa quedaría así:

- 20 horas de docencia directa
- 1 hora de reunión de departamento (suponiendo que en mi centro se dedique una hora semanal a la RD).
- Hasta llegar a 25, me sobran 4 horas de guardia entre guardias de una hora y guardias de recreo.

Si

¿Es correcto o me dejo algo? ¿Debería tener hora de atención a padres o algo así aunque no sea tutor?  No

Gracias, es un lío, la verdad.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:11:45 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 14:56:29 PM
Sip, cada tutor tiene esa hora en su horario, para nosotros es primordial que haya una coordinación entre todos los tutores de cada nivel.

¿Y las ponéis en concepto de qué? En la normativa esas reuniones no existen, ¿no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:14:32 PM
Cita de: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 16:06:04 PM
Sin embargo, no he incluido las reuniones ordinarias de equipos docentes dentro del horario típico, porque ni son preceptiblas ni creo que sea indispensables.

Sí, de acuerdo, no son preceptivas pero en todos los centros en los que he estado en los últimos años nos encasquetan una reunión de equipo educativo por grupo al menos una vez al mes, por la tarde, en horario irregular.

¿Es ilegal esa extendida práctica?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:22:22 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:11:45 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 14:56:29 PM
Sip, cada tutor tiene esa hora en su horario, para nosotros es primordial que haya una coordinación entre todos los tutores de cada nivel.

¿Y las ponéis en concepto de qué? En la normativa esas reuniones no existen, ¿no?
Nosotros las ponemos como reuniones de coordinación docente, si buscas en seneca cuando tengas que poner los horarios te aparecen en el desplegable del horario regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:29:14 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:22:22 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:11:45 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 14:56:29 PM
Sip, cada tutor tiene esa hora en su horario, para nosotros es primordial que haya una coordinación entre todos los tutores de cada nivel.

¿Y las ponéis en concepto de qué? En la normativa esas reuniones no existen, ¿no?
Nosotros las ponemos como reuniones de coordinación docente, si buscas en seneca cuando tengas que poner los horarios te aparecen en el desplegable del horario regular.

Pero en realidad no hay ningún órgano de coordinación docente que sea "orientador@ + tutor@s". El concepto de "reuniones de coordinación docente" es para los órganos de coordinación docente reconocidos por la normativa vigente, ¿no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:30:46 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:14:32 PM
Cita de: rantanplan en 08 Septiembre, 2016, 16:06:04 PM
Sin embargo, no he incluido las reuniones ordinarias de equipos docentes dentro del horario típico, porque ni son preceptiblas ni creo que sea indispensables.

Sí, de acuerdo, no son preceptivas pero en todos los centros en los que he estado en los últimos años nos encasquetan una reunión de equipo educativo por grupo al menos una vez al mes, por la tarde, en horario irregular.

¿Es ilegal esa extendida práctica?

En el horario NO regular hay una que se llama Asistencia a reuniones de Equipos Educativos, si no la tienes semanal es ahi donde debe de ir. Y como no esta contemplada en el horario regular de por la mañana hay que ponerla por la tarde.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:36:37 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:30:46 PM
En el horario NO regular hay una que se llama Asistencia a reuniones de Equipos Educativos, si no la tienes semanal es ahi donde debe de ir. Y como no esta contemplada en el horario regular de por la mañana hay que ponerla por la tarde.

En el desplegable de Séneca sí, efectivamente, aparece la asistencia a reuniones de equipos educativos dentro del horario no regular. Pero Séneca es un programa informático, no una sección del BOJA. Es decir, el Séneca no es norma, y como señalaba Rantamplan, lo que sí dice el BOJA es que las reuniones de equipo educativo son reuniones de un órgano de coordinación docente, y que éstas, en caso de existir, deben incluirse dentro del horario regular.

Así que no parece muy acorde con la legalidad vigente eso de ponerlas por las tardes dentro del horario irregular, ¿no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:40:10 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:29:14 PM
Pero en realidad no hay ningún órgano de coordinación docente que sea "orientador@ + tutor@s". El concepto de "reuniones de coordinación docente" es para los órganos de coordinación docente reconocidos por la normativa vigente, ¿no?
Puede ser, pero llevamos asi la pila de años, hemos preferido tener esa reunión en horario regular en vez de una guardia y no venir por la tarde. Inspección que yo sepa no ha dicho nada...
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:50:06 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:40:10 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:29:14 PM
Pero en realidad no hay ningún órgano de coordinación docente que sea "orientador@ + tutor@s". El concepto de "reuniones de coordinación docente" es para los órganos de coordinación docente reconocidos por la normativa vigente, ¿no?
Puede ser, pero llevamos asi la pila de años, hemos preferido tener esa reunión en horario regular en vez de una guardia y no venir por la tarde. Inspección que yo sepa no ha dicho nada...

Pues me estoy empezando a dar cuenta en los últimos años de que ese es precisamente el problema, que llevamos años haciendo cosas con los horarios que son claramente ilegales o al menos alegales, pero "como es lo que se ha hecho toda la vida...".

Y lo de que los inspectores lo avalen no es garantía de nada, por mi experiencia también en los últimos años los inspectores avalan ilegalidades manifiestas sin el menor pudor.

Al hilo de esto y contestando a la compañera que preguntaba que qué hacer ante la imposición de horarios en contra de la normativa vigente, los inspectores de mi zona les han dicho a los directores que sí, que efectivamente las Instrucciones contradicen la Orden; que sí, que efectivamente eso no es legal, pero que ellos van a cumplir las Instrucciones, que van a exigir a los directores que las cumplan, que los directores a su vez deben obligarnos a los profesores a cumplirlas y que no nos preocupemos ni unos ni otros, igual que ellos (teóricos garantes -igual que los directores, igual que nosotros- de hacer cumplir la ley),ya que de prosperar las posibles sentencias judiciales en contra de tan flagrante ilegalidad, será la consejera "la que se comerá el marrón". Así, literal.

Así funciona este país y así funciona esta mierda de sistema educativo que tenemos, con la connivencia de todos, nosotros los primeros mirando para otro lado y prefiriendo no señalarnos mucho no vaya a ser que nos den un mal horario o nos quiten el carguito de coordinador de la última chorrada.

Todos somos cómplices y todos somos culpables.Y esto de los horarios no es más que la enésima evidencia de cómo funciona esto, en base al nepotismo, la arbitrariedad, el compadreo y el concepto generalizado de que las leyes están para pasárselas por el arco de triunfo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:53:23 PM
Cita de: M.J. en 08 Septiembre, 2016, 09:21:53 AM
¿Cual es el procedimientos seguir en caso de abuso?

Yo, por mi parte, esperaré a ver mi horario y si es ilegal:

1) Se lo comunicaré a mi equipo directivo, como hice el año pasado.
2) Si después de la preceptiva discusión con los dueños del cortijo se echan para atrás y "legalizan" mi horario no haré nada más.
3) Si después de la preceptiva discusión con los dueños del cortijo mantienen mi horario dentro de la ilegalidad lo denunciaré con el asesoramiento de algún sindicato que esté por la labor.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 09 Septiembre, 2016, 18:31:01 PM
Una puntualización: desde el famoso decretazo, ¿no son 37,5 horas semanales las que tenemos que trabajar? Seguirían siendo 30 horas de permanecia pero 7,5 horas de trabajo propio de la tarea docente, ¿no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 20:34:51 PM
Cita de: jmcala en 09 Septiembre, 2016, 18:31:01 PM
Una puntualización: desde el famoso decretazo, ¿no son 37,5 horas semanales las que tenemos que trabajar? Seguirían siendo 30 horas de permanecia pero 7,5 horas de trabajo propio de la tarea docente, ¿no?

Sí, es bastante probable que tengas razón, pero eso supongo que implicaba buscar la disposición andaluza que transponía el decretazo y no tenía muchas ganas: uso ahora mismo un netbook de hace ocho años y es insufrible. Inicié el hilo porque me pareció que para el momento qu pudiera usar mi ordenador, ya iba a ser un poco tarde.

En cualquier caso el meollo está en las 30 horas de permanencia.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 09 Septiembre, 2016, 20:42:49 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:14:32 PMSí, de acuerdo, no son preceptivas pero en todos los centros en los que he estado en los últimos años nos encasquetan una reunión de equipo educativo por grupo al menos una vez al mes, por la tarde, en horario irregular.

¿Es ilegal esa extendida práctica?

Si, y como sé que es costumbre extendidísima le he dedicado pregunta.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rtorreslla en 10 Septiembre, 2016, 10:15:13 AM
Hola:  En mi IES me se ha producido el reparto de hora para confeccionar el horario. Tengo asignadas 20 horas lectivas y una tutoria de 1º Bachillerato con 0 horas lectivas o no precensiales con los alumnos.
Mi duda es el resto de 5 horas hasta completar las 25 horas
¿al menos tendré una para atención a padres, otra para tutoria individualizada???. Son 3 horas de tutoria?
¿Cuántas guardias podrán ponerme?
La reunión de departamento ??? Pueden ponerse en recreo?? Deben contabilizar??
Gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 10 Septiembre, 2016, 10:26:06 AM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:30:46 PMEn el horario NO regular hay una que se llama Asistencia a reuniones de Equipos Educativos, si no la tienes semanal es ahi donde debe de ir. Y como no esta contemplada en el horario regular de por la mañana hay que ponerla por la tarde.

Eso está mal hecho y mirar a ver si me deja hacer algo Séneca como criterio para saber si estoy acatando o no la normativa es bastante peligroso.

Los órganos de coordinación docente pueden reunirse con carácter ordinario o con carácter extraordinario. La posibilidad de estas reuniones extraordinarias está considerada en el D327 o quizás en el O2010, no recuerdo bien y no tengo ganas de leer y sacar la cita. En el caso de los equipos educativos, ya he citado un caso muy claro: se descubre un caso de acoso y hay que tomar medidas inmediatas, así que urgentemente y con carácter extraordinario se reúne el equipo educativo.

Esas reuniones extraordinarias (y otras que surjan para otros órganos de coordinación docente), al producirse excepcionalmente y sin carácter regular, obviamente, forman parte del horario irregular y Séneca permite estimar e tiempo dedicado a ellas.

Pero las reuniones (las ordinarias, se entiende) deben formar parte del horario regular no lectivo porque así lo establece el artículo 13.4 de O2010.

Si en un centro establecen reuniones de equipo educativo cada mes, estas reuniones son de carácter ordinario, porque las extraordinarias no se puede prever cuando se celebrarán. Por tanto, incumplen la ley y son ilegales.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: beowulfiana en 11 Septiembre, 2016, 01:57:41 AM
Ya que estamos, me gustaría saber la normativa que dirige el reparto de cursos en los departamentos. Me han dicho que mire el plan de centro, pero ¿hay algo más a lo que nos podamos acoger en caso de repartos no consensuados?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: beowulfiana en 11 Septiembre, 2016, 01:59:56 AM
Y otra cosa: ¿ilegalidades respecto a turnos partidos (mañana y tarde)? Muchas gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 11 Septiembre, 2016, 09:04:01 AM
Cita de: beowulfiana en 11 Septiembre, 2016, 01:57:41 AM
Ya que estamos, me gustaría saber la normativa que dirige el reparto de cursos en los departamentos. Me han dicho que mire el plan de centro, pero ¿hay algo más a lo que nos podamos acoger en caso de repartos no consensuados?

Lo que preguntas se sale por completo del propósito del hilo y creo que habría sido mejor que lo preguntaras en otro lugar. De hecho, no sé si tú mismo abriste hilo, porque yo respondí, precisamente, que se consultara el plan de Centro.

En cualquier caso, la normativa es el D327 que enumerando las funciones de los departamentos didácticos (artículo 92) dice:

Citarj) Proponer la distribución entre el profesorado de las materias, módulos o ámbitos que tengan encomendados, de acuerdo con el horario y las directrices establecidas por el equipo directivo, atendiendo a criterios pedagógicos.

Los departamentos sólo proponen: quien dispone es el jefe de estudios y el resto de la directiva (art. 76f).

Ahora bien, el Plan de Centro puede que establezca que para su proposición, el departamento se reúna y lo consensúe de alguna forma (p.e. mediante la rueda). Si esto estuviera escrito en el plan de Centro, podrías exigir que se realizara tan reparto. Ahora bien, si se opone el resto del departamento y  la dirección no le parece mal lo que se hizo en un principio, les bastaría con impedir que se llegara a un acuerdo para que no hubiera tal proposición. De esta manera, la dirección decidiría qué hacer y podría hacer lo que le pluguiera, por ejemplo, usar la primera propuesta que no se consensuó..
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 11 Septiembre, 2016, 09:25:49 AM
Cita de: rtorreslla en 10 Septiembre, 2016, 10:15:13 AM
Hola:  En mi IES me se ha producido el reparto de hora para confeccionar el horario. Tengo asignadas 20 horas lectivas y una tutoria de 1º Bachillerato con 0 horas lectivas o no precensiales con los alumnos.
Mi duda es el resto de 5 horas hasta completar las 25 horas
¿al menos tendré una para atención a padres, otra para tutoria individualizada???. Son 3 horas de tutoria?
¿Cuántas guardias podrán ponerme?

RTFM!!!!!

Cita de: rtorreslla en 10 Septiembre, 2016, 10:15:13 AM
La reunión de departamento ??? Pueden ponerse en recreo??

Sí. El recreo (alguien debería explicarme por qué) no forma parte de nuestro horario laboral. Nos obligan a parar de trabajar media hora, tiempo en el cual es prácticamente imposible hacer ninguna actividad personal ni mucho menos abandonar el instituto más allá de salir a la acera de enfrente, dada la escasez del tiempo. Y, sin embargo, se permite el lujo el empleador, a pesar de ser él el que convoca la pausa, a no contar tal tiempo como trabajado. En el sector no funcionarial, el ET establece una pausa preceptiva cuando se superar las 6 horas continuadas de trabajo de quince minutos al menos, que sí se incluyen dentro de la jornada.

Es más, el conserje (personal laboral), sí que puede parar de trabajar e irse a desayunar y que le cuenten tal tiempo como jornada trabajada. En otros ámbitos de la administración pública los funcionarios también tienen reconocido ese derecho.

Desconozco la razón por la que ningún sindicato reclama que consideren nuestros recreos como horario laboral computable dentro de las horas de obligada permanencia en el centro. Está claro que a mi casa no puedo acercarme.

Pero, volviendo al tema, visto que el recreo es tiempo muerto y no ninguna pausa computable en el horario, puedes hacer lo que te dé la gana en él, incluyendo reuniones de departamento si ningún miembro de departamento tiene guardia, claro.

De hecho, yo en mis recreos procuro meter todas las horas complementarias que pueda.

Cita de: rtorreslla en 10 Septiembre, 2016, 10:15:13 AM
Deben contabilizar??
Gracias.

RTFM!!!!
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 11 Septiembre, 2016, 09:32:46 AM
Cita de: rantanplan en 10 Septiembre, 2016, 10:26:06 AMLos órganos de coordinación docente pueden reunirse con carácter ordinario o con carácter extraordinario. La posibilidad de estas reuniones extraordinarias está considerada en el D327 o quizás en el O2010, no recuerdo bien y no tengo ganas de leer y sacar la cita.

Hoy sí he tenido ganas. Del artículo 8 de O2010:

CitarArtículo 8 Designación, nombramiento y plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.

[...]

2. La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso académico de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el instituto. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos establecidos en el proyecto educativo y a las características del órgano de coordinación de que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos.

Y e señor Séneca tiene un apartadito para estimar qué parte del horario irregular se dedicará a estas reuniones extraordinarias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 11 Septiembre, 2016, 16:52:13 PM


Cita de: rantanplan en 11 Septiembre, 2016, 09:25:49 AM

Cita de: rtorreslla en 10 Septiembre, 2016, 10:15:13 AM
La reunión de departamento ??? Pueden ponerse en recreo??

Sí. El recreo (alguien debería explicarme por qué) no forma parte de nuestro horario laboral. Nos obligan a parar de trabajar media hora, tiempo en el cual es prácticamente imposible hacer ninguna actividad personal ni mucho menos abandonar el instituto más allá de salir a la acera de enfrente, dada la escasez del tiempo. Y, sin embargo, se permite el lujo el empleador, a pesar de ser él el que convoca la pausa, a no contar tal tiempo como trabajado. En el sector no funcionarial, el ET establece una pausa preceptiva cuando se superar las 6 horas continuadas de trabajo de quince minutos al menos, que sí se incluyen dentro de la jornada.

Es más, el conserje (personal laboral), sí que puede parar de trabajar e irse a desayunar y que le cuenten tal tiempo como jornada trabajada. En otros ámbitos de la administración pública los funcionarios también tienen reconocido ese derecho.

Desconozco la razón por la que ningún sindicato reclama que consideren nuestros recreos como horario laboral computable dentro de las horas de obligada permanencia en el centro. Está claro que a mi casa no puedo acercarme.

Pero, volviendo al tema, visto que el recreo es tiempo muerto y no ninguna pausa computable en el horario, puedes hacer lo que te dé la gana en él, incluyendo reuniones de departamento si ningún miembro de departamento tiene guardia, claro.

De hecho, yo en mis recreos procuro meter todas las horas complementarias que pueda.

Sobre los recreos en los institutos yo no he encontrado ninguna normativa que los regule, salvo las guardias de recreo, ni sobre su duración ni siquiera sobre la obligación de su existencia, por lo que entiendo que depende de la normativa que establezca cada centro.

Sin embargo al respecto tengo una opinión radicalmente contraria a la expresada aquí.

Pienso que el alumnado tiene derecho a un descanso y que es necesario desde un punto de vista pedagógico, pero no sólo para ellos sino también para el profesorado, salvo el de guardia, por lo que yo me niego a que me pongan reuniones obligatorias en un periodo que no forma parte de mi jornada laboral, dado que es un tiempo para el descanso al que tengo derecho.

De hecho, yo he estado en institutos en los que jefatura prohibía usar los recreos para actividades del horario regular, salvo las guardias de recreo, y en mi opinión, con buen criterio porque se trata de un periodo de descanso y como tal nadie puede obligarme a trabajar en él.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Ramadasa en 11 Septiembre, 2016, 17:23:10 PM
8. ¿Por qué computan habitualmente las guardias de recreo como una hora?

Lo ignoro. Creo que por simple tradición, así que sospecho que computar la guardia de recreo como sólo media hora es perfectamente legal.


Esto ya no es así, computan media hora, al igual que cualquier actividad que ocupe el tramo horario correspondiente al recreo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 12 Septiembre, 2016, 13:59:22 PM
Cita de: respublica en 11 Septiembre, 2016, 16:52:13 PMSobre los recreos en los institutos yo no he encontrado ninguna normativa que los regule, salvo las guardias de recreo, ni sobre su duración ni siquiera sobre la obligación de su existencia, por lo que entiendo que depende de la normativa que establezca cada centro.[//QUOTE]

Yo tampoco. Pero en cualquier caso, mi inciso era pura opinión personal y hablaba de justicia, no de ley.

Cita de: respublica en 11 Septiembre, 2016, 16:52:13 PMSin embargo al respecto tengo una opinión radicalmente contraria a la expresada aquí.

Pienso que el alumnado tiene derecho a un descanso y que es necesario desde un punto de vista pedagógico, pero no sólo para ellos sino también para el profesorado, salvo el de guardia, por lo que yo me niego a que me pongan reuniones obligatorias en un periodo que no forma parte de mi jornada laboral, dado que es un tiempo para el descanso al que tengo derecho.

De hecho, yo he estado en institutos en los que jefatura prohibía usar los recreos para actividades del horario regular, salvo las guardias de recreo, y en mi opinión, con buen criterio porque se trata de un periodo de descanso y como tal nadie puede obligarme a trabajar en él.

Que es conveniente que los alumnos tengan recreo está fuera de toda duda. Pero es que mi opinión es ajena a esta circunstancia. Imagina que cierto trabajador trabaja en una fábrica en la que cada 45 minutos, la maquinaria tiene que parar 5 minutos, para evitar sobrecalentamientos. ¿Es de recibo que el empleador extraiga esos cinco minutos de la jornada laboral y los considere tiempo no trabajado con lo que en vez de estar 8 horas en el trabajo, estarás casi 9 horas?

Eso precisamente es lo que pasa con nosotros: se establecen pausas para que la maquinaria (los alumnos) puedan seguir funcionando, pausas que además son absolutamente inútiles para cualquier actividad personal, más en los centros en los que hay recreo de 10 minutos, y sin embargo, esas pausas NO se consideran dentro del horario laboral. Además en muchos casos, no existe la posibilidad de cubrir esas pausas obligatorias con horas complementarias, porque las horas complementarias son bastantes pocas y a poco que se tengan huecos en el horario es imposible diseñar una jornada continua.

Por eso he dicho que la situación es tremendamente injusta: más cuando en el resto de trabajos (gracias al ET en el sector no funcionarial y a las negociaciones en el sector funcionarial) el trabajador tiene reconocida la hora de pausa como horario laboral.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: maryyou en 12 Septiembre, 2016, 15:46:40 PM
Perdonad, pero no me queda claro el tema el tema de las guardias.
Os expongo mi caso: soy jefa de un departamento con dos miembros. Me ponen media hora de reunión de departamento y 4 horas y media de guardia. Ya sé que en la normativa andaluza no aparece el número máximo de guardias, pero me gustaría saber si esto es algo generalizado y qué podría hacer si no fuera legal.

Por cierto, muchas gracias al compañero que ha recopilado la normativa y que está respondiendo a todas estas cuestiones.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 12 Septiembre, 2016, 15:57:00 PM


Cita de: rantanplan en 12 Septiembre, 2016, 13:59:22 PM
Que es conveniente que los alumnos tengan recreo está fuera de toda duda. Pero es que mi opinión es ajena a esta circunstancia. Imagina que cierto trabajador trabaja en una fábrica en la que cada 45 minutos, la maquinaria tiene que parar 5 minutos, para evitar sobrecalentamientos. ¿Es de recibo que el empleador extraiga esos cinco minutos de la jornada laboral y los considere tiempo no trabajado con lo que en vez de estar 8 horas en el trabajo, estarás casi 9 horas?

Eso precisamente es lo que pasa con nosotros: se establecen pausas para que la maquinaria (los alumnos) puedan seguir funcionando, pausas que además son absolutamente inútiles para cualquier actividad personal, más en los centros en los que hay recreo de 10 minutos, y sin embargo, esas pausas NO se consideran dentro del horario laboral. Además en muchos casos, no existe la posibilidad de cubrir esas pausas obligatorias con horas complementarias, porque las horas complementarias son bastantes pocas y a poco que se tengan huecos en el horario es imposible diseñar una jornada continua.

Por eso he dicho que la situación es tremendamente injusta: más cuando en el resto de trabajos (gracias al ET en el sector no funcionarial y a las negociaciones en el sector funcionarial) el trabajador tiene reconocida la hora de pausa como horario laboral.

No te entiendo. Por un lado pides que el tiempo del recreo forme parte del horario laboral, y por otro que en ese tiempo tú colocas actividades de tu horario laboral, por lo que ya estás haciendo justo aquello que pides.

Yo no estoy de acuerdo en que ese tiempo no tenga utilidad personal, muy al contrario pienso que es muy útil para descansar, desayunar o tomar algo, charlar, dar un paseo o miles de cosas que uno puede hacer en 30 minutos de descanso y por eso no debieran ponerse reuniones obligatorias en él.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 12 Septiembre, 2016, 18:22:05 PM


4. La parte no lectiva del horario regular se dedicará a las
siguientes actividades:
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 12 Septiembre, 2016, 18:26:28 PM
En Séneca ya prevalece las Instrucción de 26 de Julio sobre la Orden de 20 de agosto de 2011 dentro de HORARIO DE CUMPLIMIENTO NO REGULAR donde se incluye la Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17).

Nos llaman tontos en nuestra cara y encima se desternillan.

ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se
regula la organización y el funcionamiento de los institutos
de educación secundaria, así como el horario de
los centros, del alumnado y del profesorado.
4. La parte no lectiva del horario regular se dedicará a las
siguientes actividades:
a) Reuniones de los diferentes órganos de coordinación
docente.
b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 12 Septiembre, 2016, 20:19:23 PM
Cita de: franxx en 09 Septiembre, 2016, 15:40:10 PM
Cita de: Albariza en 09 Septiembre, 2016, 15:29:14 PM
Pero en realidad no hay ningún órgano de coordinación docente que sea "orientador@ + tutor@s". El concepto de "reuniones de coordinación docente" es para los órganos de coordinación docente reconocidos por la normativa vigente, ¿no?
Puede ser, pero llevamos asi la pila de años, hemos preferido tener esa reunión en horario regular en vez de una guardia y no venir por la tarde. Inspección que yo sepa no ha dicho nada...

No suelo dar clase en el ESO pero sí he tenido alguno reunión con el orientador/a normalmente para algún aspecto de tutoría o de algún alumno en concreto de ciclos. Nada fijo ni regular. Entendía que eran voluntarias, no obligatorias para nadie, porque no vienen reflejadas en sitio alguno. Sé que compañeros tutores de la ESO también iban pero pensé que eran voluntarias o que las tenían reflejadas en el horario si fueran regulares. Ahora veo que no.
En caso de que haya reuniones obligatorias habría que indicar la normativa donde vienen, quiénes deben ir (tutores ESO, tutores Bachiller, turores FP Básica, tutores Ciclos) en qué horario y con qué periodicidad. Me parece muy grave lo que se está afirmando de que hay reuniones obligatorias bajo manga "aprobadas por la inspección", y no me refiero a los claustros o reuniones extraordinarias. Si no la avalan normativa podemos acabar teniendo reuniones tras reuniones por la tarde y para todos los tutores y (por qué no?) profesores del instituto. Si son tan necesarias (que puede que sí) que se metan en el horario regular y que venga reflejado.

Hasta donde yo alcanzo a entender, rantanplán, reuniones obligatorias con el orientador/a, esto no lo avala normativa alguna ¿verdad?

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 12 Septiembre, 2016, 22:25:38 PM
Si es obligatorio ha de estar en el horario o ser convocado en plazo y forma. De lo contrario, no es obligatorio lo diga quien lo diga.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 12 Septiembre, 2016, 22:43:19 PM
Cita de: lixsi2 en 12 Septiembre, 2016, 20:19:23 PM
Me parece muy grave lo que se está afirmando de que hay reuniones obligatorias bajo manga "aprobadas por la inspección", y no me refiero a los claustros o reuniones extraordinarias.

Pues así es y, como dice el compañero, se ha estado haciendo "la pila de años", lo cual parece ser una justificación por parte de inspectores y equipos directivos y en mi opinión no hace más que aumentar la gravedad a la que aludes, ya que la reiteración de una ilegalidad es un agravante, no un atenuante.

Otra cosa que se hace en mi instituto es poner en el horario Séneca las reuniones de departamento en media hora de algún recreo pero luego en la práctica se convocan de vez en cuando por la tarde y te dicen que es obligatorio ir. De hecho los compañeros jefes de departamento levantan acta con fecha y hora del lunes tal a las cuatro de la tarde cuando en su horario oficial y en el horario oficial de los miembros de su departamento la reunión figura dentro del horario regular no lectivo por ejemplo los jueves a las 11 de la mañana. Yo creo que eso es una ilegalidad manifiesta y amparada por dirección e inspección, ¿no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 12 Septiembre, 2016, 22:51:31 PM
Con respecto a lo que decía algún compañero en el hilo de que "la inspección lo aprueba" como si eso fuera prueba de legalidad, recalcar que me he encontrado a muchos inspectores que amparan las ilegalidades más manifiestas, eso sí, siempre verbalmente

Personalmente hace unos años mi equipo directivo me encerró en un despacho con todos ellos más la inspección porque había metido un documento por registro denunciando que estaban cometiendo diversas irregularidades con los horarios, entre ellas solapar distintas actividades en horario de tarde donde en nuestro horario Séneca figuraba una hora de atención a padres y otra de reunión de departamento. Concretamente convocaban claustros y "ETCPs ampliados", órgano este que yo sepa inexistente en la normativa vigente.

La inspección les dio a ellos un pequeño tironcillo de orejas diciéndoles que no se pueden saltar la normativa así de manera regular y continuada, pero a mí me dijo que como saltársela claro que pueden, que para eso son los responsables de organizar el centro y de disponer a su antojo (perdón, en función de sus subjetivos criterios "pedagógicos" quiso decir) del tiempo y el espacio del personal a su cargo, y que si ellos consideraban que se debían pasar nuestros horarios oficiales por el arco del triunfo y hacernos ir a la hora que consideraran a bien para lo que consideraran a bien, incluso solapando unas actividades inventadas sobre las legalmente aprobadas, que en su derecho estaban.

Todo ello verbalmente, claro. Jamás negro sobre blanco.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 12 Septiembre, 2016, 23:25:05 PM
En mi centro han puesto como horario irregular la tutoría administrativa y a cambio han recuperado la reunión de tutores con orientación, que la suprimieron el curso pasado para no pasarse de las 25 horas.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Septiembre, 2016, 09:43:49 AM
Cita de: respublica en 12 Septiembre, 2016, 15:57:00 PMNo te entiendo. Por un lado pides que el tiempo del recreo forme parte del horario laboral, y por otro que en ese tiempo tú colocas actividades de tu horario laboral, por lo que ya estás haciendo justo aquello que pides.

Por supuesto, pero es que se puede dar la circunstancia (y es bastante frecuente) de que no sea posible. Ahora mismo un profesor-tutor tiene 21 horas prefijadas por la jefatura de estudio (20 de docencia y 1 de guardia). Eso deja 4 horas de complementarias. Los recreos son 2 y media horas. Desde que tengas dos huecos en el horario, cosa bastante frecuente, te es imposible confeccionar tu jornada laboral, sin tener que hacer una pausa (corta y muy, muy corta en ocasiones) impuesta por el empleador.

Cita de: respublica en 12 Septiembre, 2016, 15:57:00 PMYo no estoy de acuerdo en que ese tiempo no tenga utilidad personal, muy al contrario pienso que es muy útil para descansar, desayunar o tomar algo, charlar, dar un paseo o miles de cosas que uno puede hacer en 30 minutos de descanso y por eso no debieran ponerse reuniones obligatorias en él.

Por supuesto, puedes sentirte muy cómodo con la situación. Pero imagino que más cómodo se sentirá ese (cualquier trabajador excepto un docente) que en los quince o veinte minutos que discutimos descansa, charla, pasea, desayuna y, además, está trabajado a efectos de cómputo de la jornada laboral.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Septiembre, 2016, 09:54:13 AM
Cita de: maryyou en 12 Septiembre, 2016, 15:46:40 PMOs expongo mi caso: soy jefa de un departamento con dos miembros. Me ponen media hora de reunión de departamento y 4 horas y media de guardia. Ya sé que en la normativa andaluza no aparece el número máximo de guardias, pero me gustaría saber si esto es algo generalizado y qué podría hacer si no fuera legal.

Con la normativa andaluza es perfectamente legal. Ahora bien, si revisas la OEDU verás que:

a) Prescribe una hora para reunión de departamento, aunque yo ya he dicho que me parece que esto no es aplicable por pisar la competencia exclusiva de la Comunidad en la organización de los centros, que implica que la propia existencia de un órgano como el departamento sea competencia de la Junta. Creo que lo dije en las FAQ.
b) La OEDU también prescribe que el horario de los profesores tendrá entre 1 y 3 guardias. Esto ya sí que me parece que debería aplicarse.

Puedes quejarte, incluso ante inspección, pero si el inspector no te da la razón, yo no seguiría más allá: las instrucciones que deben respetarse de la OEDU están dentro del la disputas sobre las 25 horas que cerró en falso la Junta. Creo que ustea sigue dando guerra al respecto.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Septiembre, 2016, 09:59:11 AM
Cita de: lixsi2 en 12 Septiembre, 2016, 20:19:23 PMHasta donde yo alcanzo a entender, rantanplán, reuniones obligatorias con el orientador/a, esto no lo avala normativa alguna ¿verdad?

La normativa general avala la independencia organizativa de los centros. Si el Plan de Acción Tutorial dice que esas reuniones existen y debes asistir, entonces debes asistir: los documentos que componen el Plan de Centro se escriben para cumplirlos.

Cuando yo afirmo que una hora de dedicación es preceptiva según la normativa, me refiero a que, según la normativa general, debe forzosamente aparecer. Por ejemplo, la tutoría administrativa debe aparecer, así que no puede haber ningún centro que decida eliminarla y no ponerla en el horario regular del tutor.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Septiembre, 2016, 10:09:00 AM
Cita de: respublica en 12 Septiembre, 2016, 23:25:05 PMEn mi centro han puesto como horario irregular la tutoría administrativa y a cambio han recuperado la reunión de tutores con orientación, que la suprimieron el curso pasado para no pasarse de las 25 horas.

La tutoría administrativa es hora complementaria, aún dando validez a la instrucción, que no la tiene: creo que lo he explicado en las FAQ, la tutoría electrónica no es simplemente una tutoría que se realiza con medios electrónicos como algunos han querido entender: su definición está en el decreto 285 y la orden de 20 de junio de 2011 que ya he citado y es una tutoría de comunicación, no de desempeño de tareas administrativas.

No tengo ni idea de lo que piensan hacer en mi centro, pero como me la pasen a horario no regular pienso reclamarlo hasta donde tenga que reclamarlo: la normativa es meridianamente clara y a poco que se presione el inspector tendrá que dar la razón a menos que le guste buscarse problemas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: maryyou en 13 Septiembre, 2016, 11:52:58 AM
Muchas gracias por contestar Rantanplan. adoraranad
Creo que si las cosas están así será mejor dejarlo estar.
Un saludo
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 15:57:37 PM
Cita de: rantanplan en 13 Septiembre, 2016, 09:59:11 AM
Cita de: lixsi2 en 12 Septiembre, 2016, 20:19:23 PMHasta donde yo alcanzo a entender, rantanplán, reuniones obligatorias con el orientador/a, esto no lo avala normativa alguna ¿verdad?

La normativa general avala la independencia organizativa de los centros. Si el Plan de Acción Tutorial dice que esas reuniones existen y debes asistir, entonces debes asistir: los documentos que componen el Plan de Centro se escriben para cumplirlos.

Cuando yo afirmo que una hora de dedicación es preceptiva según la normativa, me refiero a que, según la normativa general, debe forzosamente aparecer. Por ejemplo, la tutoría administrativa debe aparecer, así que no puede haber ningún centro que decida eliminarla y no ponerla en el horario regular del tutor.

Gracias por la respuesta Rantanplán. He buscado la normativa respecto al Plan de Acción Tutorial que mencionas y sólo he encontrado lo siguiente, que entiendo que es independiente de la autonomía organizativa de los centros, pues es una orden de ámbito autonómico:
http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf (http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf)

Y por lo visto, una hora en horario regular y semanal para los tutores de la ESO y una hora en horario regular y mensual para los tutores de postobligatoria. Entiendo entonces que tiene que estar asignada como horario regular. Es decir que tiene que contar dentro de las 25 horas no de las 30 horas (irregular) y venir señalado en el cuadrante respectivo. No sé cómo se cuadra en postobligatoria si resulta que es regular pero de carácter mensual. Imagino que sustituyendo por ejemplo una guardia al mes por una reunión. Aunque no sería un horario que se repita semanalmente.

Artículo 12. Coordinación de los tutores y tutoras.
1. Cada curso escolar, la persona titular de la Jefatura de Estudios reservará, en los horarios personales respectivos,
y dentro del horario regular o fijo, una hora para reuniones de coordinación entre el Orientador u Orientadora y, en sucaso, otros miembros del Departamento de Orientación, y el profesorado que tenga asignada la tutoría de los distintos grupos.
La reunión tendrá una periodicidad semanal para la Educación Secundaria Obligatoria y mensual para las enseñanzas
post-obligatorias.

2. Los tutores y tutoras que asistan a estas reuniones serán los y las de un mismo nivel, ciclo o etapa en función
de las características y necesidades del centro. Si en el centro hubiera profesorado de las especialidades de Pedagogía Terapeútica, Audición y Lenguaje u otro personal adscrito al Departamento de Orientación, también se procurará que asistan a
aquellas reuniones en las que estén presentes los tutores o tutoras de los grupos en los que está integrado el alumnado
al que atienden o con el que están llevando a cabo programas específicos.
3. La convocatoria y supervisión de estas reuniones, de acuerdo con el artículo 24 del Decreto 200/1997, será competencia
del titular de la Jefatura de Estudios quien, en coordinación con el Jefe del Departamento de Orientación, organizará
el calendario y contenido de las reuniones.
4. El contenido de las reuniones, que se reflejará en la programación anual del Plan de Orientación y Acción Tutorial
podrá incluir:....


Si no está en vigor o lo estoy interpretando mal coméntamelo.

Mil gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 16:18:32 PM
Y entonces la cosa quedaría:

10. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de postobligatoria?

a) 20 horas lectivas de docencia directa (ver 2.)
b) 3 horas complementarias de tutoría (administrativa, atención personalizada y entrevistas con los a padres). Véase el artículo 9 de O2010.
c) 1 hora mensual en horario regular según lo contemplado en la Orden 27-7-2006 POAT (en adelante POAT)
d) Otras 2 horas complementarias entre reunión de departamento y guardias. Por ejemplo, si la reunicón de departamento es de 1 hora, sólo podrá hacerse una hora de guardia. Si la reunión durara media hora, podría realizarse una guardia normal y una de recreo (suponiendo que sea cierto lo afirmado en 8). Una de estas horas debe sustituirse semanalmente para cumplir con el punto C.

11. ¿Cómo debe ser el horario regular típico de un profesor tutor de secundaria?

a) 18 horas lectivas de docencia directa.
b) 2 horas lectivas de tutoria: la tutoría con el grupo y la de atención personalizada.
c) 2 horas complementarias de tutoría: la hora de entrevistas con los padres y la administrativa.
d) Una hora semanal de reunión con el orientador, de acuerdo con el POAT.
d) Otras 2 horas complementarias entre reunión de departamento y guardias. Véase lo indicado en la pregunta anterior.

¿estoy en lo correcto?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 13 Septiembre, 2016, 17:38:55 PM
Cita de: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 15:57:37 PM
Gracias por la respuesta Rantanplán. He buscado la normativa respecto al Plan de Acción Tutorial que mencionas y sólo he encontrado lo siguiente, que entiendo que es independiente de la autonomía organizativa de los centros, pues es una orden de ámbito autonómico:
http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf (http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf)

Si no está en vigor o lo estoy interpretando mal coméntamelo.

Esa Orden está derogada por el Decreto 327/2010.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 18:02:46 PM
Cita de: Albariza en 13 Septiembre, 2016, 17:38:55 PM
Cita de: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 15:57:37 PM
Gracias por la respuesta Rantanplán. He buscado la normativa respecto al Plan de Acción Tutorial que mencionas y sólo he encontrado lo siguiente, que entiendo que es independiente de la autonomía organizativa de los centros, pues es una orden de ámbito autonómico:
http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf (http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden%2027-7-2006%20POAT%20IES.pdf)

Si no está en vigor o lo estoy interpretando mal coméntamelo.

Esa Orden está derogada por el Decreto 327/2010.

Gracias Albariza. Entonces volvemos a la casilla de salida.  cafeara Sigo sin encontrar dónde pone que estas reuniones orientador-tutor son obligatorias. Si además se añade que la propia Junta, como dices, ha derogado donde lo decía, parece suponer que ya no lo son.

En el Decreto que mencionas en su artículo 82, órganos de coordinación docente no aparece nada sobre un órgano llamado tutores+ orientador.

En el artículo 85, departamento de orientación tampoco encuentro nada de una hora de reuniones con los tutores.

¿Dónde pone entonces concretamente a partir del Decreto 327/2010 que exista o pueda existir una hora de coordinación tutores/orientador obligatoria? Quieron decir con rigor y legalidad, no -como tú dices- que sea porque lo dice el amo del cortijo basado en supuestos criterios pedagógicos...

Un saludo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 13 Septiembre, 2016, 18:16:27 PM
Cita de: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 18:02:46 PM
Gracias Albariza.

De nada.

Cita de: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 18:02:46 PM
¿Dónde pone entonces concretamente a partir del Decreto 327/2010 que exista o pueda existir una hora de coordinación tutores/orientador obligatoria? Quieron decir con rigor y legalidad, no -como tú dices- que sea porque lo dice el amo del cortijo basado en supuestos criterios pedagógicos...

En ninguna parte. Ese "órgano" no existe en la normativa vigente.

Otra cosa es, como dice Rantamplan, que los centros se acojan al punto d) del Artículo 23 del Decreto 327/2010 (también conocido como "el ROC"), según el cual pueden determinar sus propios órganos de coordinación docente, pero eso sí, siempre sin saltarse sus propias normas de rango superior sobre horarios del centro y del personal.

Además tiene que constar expresamente en el Plan de Centro la creación de ese órgano, y si le asignan horas tiene que ser a costa de quitar esas horas de otras cosas (guardias por ejemplo), no como un extra.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 13 Septiembre, 2016, 18:27:21 PM


En ninguna parte. Ese "órgano" no existe en la normativa vigente.

Otra cosa es, como dice Rantamplan, que los centros se acojan al punto d) del Artículo 23 del Decreto 327/2010 (también conocido como "el ROC"), según el cual pueden determinar sus propios órganos de coordinación docente, pero eso sí, siempre sin saltarse sus propias normas de rango superior sobre horarios del centro y del personal.

Además tiene que constar expresamente en el Plan de Centro la creación de ese órgano, y si le asignan horas tiene que ser a costa de quitar esas horas de otras cosas (guardias por ejemplo), no como un extra.
[/quote]

Perfecto. Yo ningún problema en reunirme con el orientador. Pero entonces que esté reflejado en el horario individual (que cuente en las 25 horas), con un órgano creado y en sustitución de otras horas complementarias (guardias, etc..), nunca como un extra. El año pasado yo por ejemplo, que esa vez fui tutor, entendí que era algo voluntario porque ni me venía en el horario ni sustituía ninguna hora del horario regular. Lo hacía porque necesitaba determinada información pero aprovechaba huecos libres que tenía.

En caso de que no exista órgano creado y no está reflejado en el horario regular y lo intenten hacer obligatorio obviamente estaríamos en un caso tan o más grave que el de la tutoría electrónica que aquí se empezó a discutir.

Un saludo y gracias por las aclaraciones.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:14:32 PM
CGT ha publicado un buen resumen de todo este asunto:

HORARIOS DE SECUNDARIA: ¡QUE NO TE ENGAÑEN! (http://www.cgtaeducacion.org/mostrarulno.php?n=377&c=Noticia%20Relevante#.V9hbYDV0hro)


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:16:02 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?

Sí, y de hecho si el departamento es muy grande es imposible tener una hora en común todos por la mañana y forzosamente ha de hacerse por la tarde.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PM
Cita de: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:16:02 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?

Sí, y de hecho si el departamento es muy grande es imposible tener una hora en común todos por la mañana y forzosamente ha de hacerse por la tarde.


Saludos.

Entonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 14 Septiembre, 2016, 00:46:20 AM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PM
Cita de: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:16:02 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?

Sí, y de hecho si el departamento es muy grande es imposible tener una hora en común todos por la mañana y forzosamente ha de hacerse por la tarde.


Saludos.

Entonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.

¿Por qué motivo?


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 14 Septiembre, 2016, 08:31:13 AM
Cita de: respublica en 14 Septiembre, 2016, 00:46:20 AM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PM
Cita de: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:16:02 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?

Sí, y de hecho si el departamento es muy grande es imposible tener una hora en común todos por la mañana y forzosamente ha de hacerse por la tarde.


Saludos.

Entonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.

¿Por qué motivo?


Saludos.

Eso es lo que yo quiero saber, compañero. Si es una hora que debe estar entre las 25 del horario regular por qué la sacan y qué te ponen en su lugar ¿una guardia?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2016, 09:07:28 AM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PMEntonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.

Que una tarea esté en el horario regular significa que dicha tarea se repite todas las semanas a la misma hora. De hecho en la orden nacional a las horas no regulares se las denomina horas complementarias computadas mensualmente, frente a las lectivas y las complementarias, que se computan semanalmente.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2016, 09:12:25 AM
Cita de: Albariza en 13 Septiembre, 2016, 18:16:27 PMEn ninguna parte. Ese "órgano" no existe en la normativa vigente.

Otra cosa es, como dice Rantamplan, que los centros se acojan al punto d) del Artículo 23 del Decreto 327/2010 (también conocido como "el ROC"), según el cual pueden determinar sus propios órganos de coordinación docente, pero eso sí, siempre sin saltarse sus propias normas de rango superior sobre horarios del centro y del personal.

Además tiene que constar expresamente en el Plan de Centro la creación de ese órgano, y si le asignan horas tiene que ser a costa de quitar esas horas de otras cosas (guardias por ejemplo), no como un extra.

Exacto. Es una pena que en este foro, no se puedan editar mensajes para ir actualizando o enmendando el documento inicial: escribí lo que se me ocurrió y, obviamente, faltan algunas preguntas y respuestas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 14 Septiembre, 2016, 09:38:37 AM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PM
Entonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.

Efectivamente, si sale del horario regular es ilegal porque contraviene lo que dice la Orden de 20 de agosto de 2010 en el Artículo 13.4.

Otra cosa es que, siendo por la tarde, forme parte del horario regular, es decir, que se celebre todos los jueves a las 16'00 y que en tu horario forme parte de las 25 horas de horario regular, dentro a su vez de las 4-5 de horario regular no lectivo. Pero aquí se pone en evidencia otra de las arbitrariedades del sistema, y es el hecho de que al parecer nos puedan poner actividades tanto dentro del horario regular como del irregular cualquier día y cualquier hora al antojo del equipo directivo de turno. Me pregunto hasta qué punto eso es legal o alegal o ilegal, ya que, que yo sepa, en ninguna parte se especifican los límites a esa disponibilidad absoluta para trabajar un lunes, un martes, un miércoles, un jueves o un viernes a cualquier hora. Y la disponibilidad horaria de cualquier trabajador debe tener sus límites preestablecidos, digo yo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2016, 11:45:41 AM
Cita de: Albariza en 14 Septiembre, 2016, 09:38:37 AMOtra cosa es que, siendo por la tarde, forme parte del horario regular, es decir, que se celebre todos los jueves a las 16'00 y que en tu horario forme parte de las 25 horas de horario regular, dentro a su vez de las 4-5 de horario regular no lectivo. Pero aquí se pone en evidencia otra de las arbitrariedades del sistema, y es el hecho de que al parecer nos puedan poner actividades tanto dentro del horario regular como del irregular cualquier día y cualquier hora al antojo del equipo directivo de turno. Me pregunto hasta qué punto eso es legal o alegal o ilegal, ya que, que yo sepa, en ninguna parte se especifican los límites a esa disponibilidad absoluta para trabajar un lunes, un martes, un miércoles, un jueves o un viernes a cualquier hora. Y la disponibilidad horaria de cualquier trabajador debe tener sus límites preestablecidos, digo yo.

En teoría una tarde hay que ir (al menos los tutores), porque la hora de tutoría dedicada a la entrevistas con los padres debe ser en horario de tarde según O2010. No está fuera de lugar a mi juicio, entonces, poner las reuniones de departamento inmediatamente antes o inmediatamente después de esa hora.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 14 Septiembre, 2016, 13:55:10 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2016, 11:45:41 AM
En teoría una tarde hay que ir (al menos los tutores), porque la hora de tutoría dedicada a la entrevistas con los padres debe ser en horario de tarde según O2010. No está fuera de lugar a mi juicio, entonces, poner las reuniones de departamento inmediatamente antes o inmediatamente después de esa hora.

Pues eso es precisamente lo que yo considero un problema. No pongo en duda que tu juicio sea de lo más sensato, pero el juicio personal del equipo directivo de turno, como el tuyo o como el mío, puede tener desde las más sensatas a las más peregrinas motivaciones, y no deja de ser en cualquier caso, como tu juicio o como el mío, completamente subjetivo. Y en mi opinión el horario laboral de un trabajador no puede depender de ese tipo de juicios personales y subjetivos sino de normas legales a ser posible consensuadas con los representantes de los trabajadores y, en cualquier caso, claras, objetivas y coherentes, y desde luego publicadas en boletín oficial.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 14 Septiembre, 2016, 15:14:00 PM
Cita de: Delacroix en 14 Septiembre, 2016, 08:31:13 AM
Cita de: respublica en 14 Septiembre, 2016, 00:46:20 AM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 23:26:43 PM
Cita de: respublica en 13 Septiembre, 2016, 22:16:02 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2016, 20:08:30 PM
¿Pueden ponerte la hora de reunión de departamento por la tarde?

Sí, y de hecho si el departamento es muy grande es imposible tener una hora en común todos por la mañana y forzosamente ha de hacerse por la tarde.


Saludos.

Entonces saldría fuera del horario regular, con lo cual no es legal.

¿Por qué motivo?


Saludos.

Eso es lo que yo quiero saber, compañero. Si es una hora que debe estar entre las 25 del horario regular por qué la sacan y qué te ponen en su lugar ¿una guardia?

Que sea horario regular no quiere decir que tenga que ser por la mañana o por la tarde. Te pueden poner la reunión cuando quieran y es perfectamente legal.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: zuziyo en 15 Septiembre, 2016, 09:20:49 AM
Este es mi horario de este año, dicen que es legal, pero desde luego es una faena, como de costumbre tienen en cuenta todos los criterios a excepción de los de FOL, que tenemos los huecos que los demás no quieren. entro el lunes a las 8:15 y salgo el viernes a las 22:00.
¿Puedo hacer algo?(//)

[archivo adjunto borrado por el administrador]
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Farfanus en 15 Septiembre, 2016, 09:30:33 AM
Cita de: zuziyo en 15 Septiembre, 2016, 09:20:49 AM
Este es mi horario de este año, dicen que es legal, pero desde luego es una faena, como de costumbre tienen en cuenta todos los criterios a excepción de los de FOL, que tenemos los huecos que los demás no quieren. entro el lunes a las 8:15 y salgo el viernes a las 22:00.
¿Puedo hacer algo?(//)

Es totalmente legal. Lo único que puedes hacer es intentar que te cambien algo. Mi experiencia es que nunca te cambian nada.
Y mi horario este año es peor que el tuyo y tampoco puedo hacer nada.
Como no hay ninguna normativa que regule los horarios partidos, hacen con nosotros lo que les da la gana.

Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 15 Septiembre, 2016, 17:37:30 PM

Buenas!
Me han dado el horario hoy y estaba casi segura de que siendo tutora de ESO tenía 2 guardias. Pero me he encontrado con 3.
Me gustaría que me dijerais si es correcto.

[archivo adjunto borrado por el administrador]
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 15 Septiembre, 2016, 17:39:20 PM
Por cierto, Ro es la reunión con orientación
Cita de: aridalae en 15 Septiembre, 2016, 17:37:30 PM

Buenas!
Me han dado el horario hoy y estaba casi segura de que siendo tutora de ESO tenía 2 guardias. Pero me he encontrado con 3.
Me gustaría que me dijerais si es correcto.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Brunosan en 15 Septiembre, 2016, 18:45:35 PM
   Buenas tardes. Soy tutor de bachillerato y tengo 20 horas lectivas. Me han puesto 3 guardias, 1 hora de reunión de departamento y 1 hora de tutoría con padres por la tarde. Suman en total 25 horas regulares.
   Lo que no tengo este curso es la tutoría administrativa, ni la de atención personalizada.
   No sé si es legal quitarme también la personalizada del horario regular y a cambio meterme una guardia.
   
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 15 Septiembre, 2016, 19:03:53 PM
Revisad el primer mensaje: tutor de postobligatoria, 1 hora de guardia o como mucho 1,5  si os han colocado media hora de reunión de departamento; tutor de ESO, una hora de guardia más. Esto en el caos general, si os han puesto otras reuniones, aparte de la de departamento, os las tendrán que detraer de las horas de guardia.

A mí me han cascado dos horas de guardia, siendo tutor de FP. Mañana iré a hablar. Ya os iré contando.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 15 Septiembre, 2016, 19:56:25 PM

Pero bueno! ¿Por qué tienen tanta jeta!?

Y ¿por qué no hay una normativa clara e igual para todos los centros?

No entiendo nada. El año pasado estuve en un centro, siendo tutora de 1º bachillerato con sólo una hora de guardia. Este año veo como compañeros míos en este otro centro están con 3 guardias siendo tutores de bachillerato también, pero... si la tutoría electrónica es la única que han pasado a horario irregular, no serían 2 guardias nada más (haciendo caso a las instrucciones de la CEJA)?

Me hace gracia que en las instrucciones que he recibido para rellenar el horario (que también manda webs que lo tengamos que rellenar nosotros...) me digan que ponga la reunión de coordinación docente como "reuniones equipos educativos" en horario irregular cuando me lo han puesto en mi horario regular; una hora semanal.

Bueno, gracia no me hace, me molesta, que así se saquen una hora de guardia más de la manga.

Uffff... estoy mosqueada!!!

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 15 Septiembre, 2016, 22:20:22 PM
¿Dónde estaría encuadrada la reunión de tutores de una hora semanal?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 16 Septiembre, 2016, 07:32:19 AM
Cita de: toroloco en 15 Septiembre, 2016, 22:20:22 PM
¿Dónde estaría encuadrada la reunión de tutores de una hora semanal?
En mi Ies esta dentro de las 25h del horario general
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 16 Septiembre, 2016, 12:56:16 PM
Cita de: aridalae en 15 Septiembre, 2016, 19:56:25 PM

Pero bueno! ¿Por qué tienen tanta jeta!?

Y ¿por qué no hay una normativa clara e igual para todos los centros?

La normativa es común y clara. Otra cosa son las interpretaciones interesadas. Lo que puede cambiar de centro a centro son los extras. Por ejemplo, la reunión de tutores con el orientador, que no es preceptiva y pueden ponértela o no.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 16 Septiembre, 2016, 15:36:42 PM

Ya me han quitado la guardia que me sobraba ☺
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: naquia en 18 Septiembre, 2016, 23:00:52 PM
Buenas, a ver si alguien puede responderme esta duda:

Imparto dos horas de Educación Secundaria para Adultos semipresencial, que son las que aparecen reflejadas en el horario que me han dado y que está correcto. El problema es que me han comentado que además tengo horas de atención online. ¿Esas horas dónde computan? Porque ahora mismo alcanzo el máximo de mis horas lectivas.

Muchas gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 21 Septiembre, 2016, 14:09:36 PM
Cita de: aridalae en 16 Septiembre, 2016, 15:36:42 PMYa me han quitado la guardia que me sobraba

Extiéndete un poco, hombre. ¿Cuál era tu caso y qué has argumentado?

Por mi parte he ido hoy a hablar con el jefe de estudios: antes no he podido. Lo que han hecho es asimilar la hora de tutoría electrónica a la hora de tutoría administrativa y la seguir ls instrucciones para de verano para considerar horario irregular la tutoría administrativa. Vamos, lo que os habrñan hecho a muchos.

Di razones y lo único que acertó a responderme es que había consultado a su sindicado (USTEA) para que le confirmaran que lo que hacía, estaba bien.  anaidpreocupados

Total que ha quedado en hablar con el director y que este pregunte al inspector y otros directores qué han hecho. Yo, por mi parte, le he dicho que iré dentro de unos días a ver qué me cuenta.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 21 Septiembre, 2016, 14:36:09 PM
Ustea lo deja muy claro:
http://ustea.es/new/la-consejeria-sigue-trampeando-y-se-salta-la-legalidad-con-los-horarios-del-profesorado-de-secundaria/ (http://ustea.es/new/la-consejeria-sigue-trampeando-y-se-salta-la-legalidad-con-los-horarios-del-profesorado-de-secundaria/)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Septiembre, 2016, 10:14:50 AM
Cita de: toroloco en 21 Septiembre, 2016, 14:36:09 PM
Ustea lo deja muy claro:
http://ustea.es/new/la-consejeria-sigue-trampeando-y-se-salta-la-legalidad-con-los-horarios-del-profesorado-de-secundaria/ (http://ustea.es/new/la-consejeria-sigue-trampeando-y-se-salta-la-legalidad-con-los-horarios-del-profesorado-de-secundaria/)

Gracias por el enlace: se lo enseñaré a la jefa de estudios, que dice que se lo había dicho USTEA.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 22 Septiembre, 2016, 13:42:16 PM
Cita de: naquia en 18 Septiembre, 2016, 23:00:52 PM
Buenas, a ver si alguien puede responderme esta duda:

Imparto dos horas de Educación Secundaria para Adultos semipresencial, que son las que aparecen reflejadas en el horario que me han dado y que está correcto. El problema es que me han comentado que además tengo horas de atención online. ¿Esas horas dónde computan? Porque ahora mismo alcanzo el máximo de mis horas lectivas.

Muchas gracias.
Las de atención on line se llaman de docencia telemática y son lectivas. Mira a ver si son las dos que te has puesto. Si no es así, no es posible considerar esas horas de Semipresencial de ningún otro modo que lectivas, dentro de las 20 o 21 horas y en horario regular. Otra cosa es que tú las atiendas desde casa y lo hagas cuando quieras si te dejan.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: monosuperfleh en 23 Septiembre, 2016, 13:44:43 PM
A ver con el tema de la tutoría administrativa tengo dudas...
Soy tutor de un grupo. Tengo una hora lectiva de tutoría con con ellos y después en mi horario debería tener 1 hora de tutoría administrativa (horario regular) y otra hora de atención a padres por la tarde (horario regular). En total la tutoría son 1 hora lectiva y dos no lectivas (horario regular), ¿es así?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: naquia en 23 Septiembre, 2016, 17:45:27 PM
Muchas gracias jmcala  :)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 23 Septiembre, 2016, 20:12:56 PM
Cita de: monosuperfleh en 23 Septiembre, 2016, 13:44:43 PM
A ver con el tema de la tutoría administrativa tengo dudas...
Soy tutor de un grupo. Tengo una hora lectiva de tutoría con con ellos y después en mi horario debería tener 1 hora de tutoría administrativa (horario regular) y otra hora de atención a padres por la tarde (horario regular). En total la tutoría son 1 hora lectiva y dos no lectivas (horario regular), ¿es así?

Son 4 horas en la ESO,
a) Dos de ellas lectivas (la tutoría con el grupo y la de atención individualizada a padres y alumnos).
b) Dos no lectivas: atención a padres (en horario de tarde) y tutoría administrativa.

En ciclos y bachillar son 3:

-La de atención individualizada a padres y alumnos, la de atención a padres (por la tarde) y la tutoría administrativa. En este caso ninguna se considera lectiva.

En ambos casos las horas corresponden a horario regular (es decir debe computar en las 25 horas de permanencia en el centro de carácter regular y periódico).

Este año la Junta se ha sacado una instrucción de la mano, ilegal, donde pasa la tutoría administrativa a horario irregular (y normalmente lo sustituyen en los centros por una guardia).

No obstante rantamplán te lo puede explicar mejor. Ha puesto la normativa al principio del hilo y hay un documento de CGT que ha colgado Respública muy esquemático.

Un saludo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: monosuperfleh en 24 Septiembre, 2016, 13:42:38 PM
Cita de: lixsi2 en 23 Septiembre, 2016, 20:12:56 PM
Cita de: monosuperfleh en 23 Septiembre, 2016, 13:44:43 PM
A ver con el tema de la tutoría administrativa tengo dudas...
Soy tutor de un grupo. Tengo una hora lectiva de tutoría con con ellos y después en mi horario debería tener 1 hora de tutoría administrativa (horario regular) y otra hora de atención a padres por la tarde (horario regular). En total la tutoría son 1 hora lectiva y dos no lectivas (horario regular), ¿es así?

Son 4 horas en la ESO,
a) Dos de ellas lectivas (la tutoría con el grupo y la de atención individualizada a padres y alumnos).
b) Dos no lectivas: atención a padres (en horario de tarde) y tutoría administrativa.

En ciclos y bachillar son 3:

-La de atención individualizada a padres y alumnos, la de atención a padres (por la tarde) y la tutoría administrativa. En este caso ninguna se considera lectiva.

En ambos casos las horas corresponden a horario regular (es decir debe computar en las 25 horas de permanencia en el centro de carácter regular y periódico).

Este año la Junta se ha sacado una instrucción de la mano, ilegal, donde pasa la tutoría administrativa a horario irregular (y normalmente lo sustituyen en los centros por una guardia).

No obstante rantamplán te lo puede explicar mejor. Ha puesto la normativa al principio del hilo y hay un documento de CGT que ha colgado Respública muy esquemático.

Un saludo.

Muchas gracias por tu ayuda, pero en mi caso soy tutor de FP Básica y tengo una hora sólo de tutoría lectiva con el alumnado, así que imagino que me corresponde una hora de tutoría administrativa y otra de atención a padres (esas dos en el horario regular).
Corrigeme si me equivoco. Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 26 Septiembre, 2016, 20:07:51 PM
 Cuál es el procedimiento correcto para denunciar un horario ilegal? Escrito argumentado con la normativa vigente en el que especifique el por qué de la ilegalidad solicitando que se rehaga dirigijo a la Dirección del Centro con copia al servicio de inspección?? O por el contrario escrito dirigido sólo a la Dirección yna vez se tenga contestación por escrito o no se tenga, se hace el escrito dirigido a la Inspección???

Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 26 Septiembre, 2016, 22:07:04 PM
Yo lo haría de la segunda manera, controsol.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 26 Septiembre, 2016, 22:47:13 PM
Cita de: jmcala en 26 Septiembre, 2016, 22:07:04 PM
Yo lo haría de la segunda manera, controsol.
Sí, parece lo más lógico, mejor hay que ir por partes.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 26 Septiembre, 2016, 22:53:17 PM

En mi centro una compañera llamó la semana pasada al inspector para comentarle lo del horario y que los tutores de la ESO estábamos a 3 guardias. Vino el inspector al instituto y estuvo hablando con el director y nos han quitado una guardia a todos los tutores.

Cita de: toroloco en 26 Septiembre, 2016, 20:07:51 PM
Cuál es el procedimiento correcto para denunciar un horario ilegal? Escrito argumentado con la normativa vigente en el que especifique el por qué de la ilegalidad solicitando que se rehaga dirigijo a la Dirección del Centro con copia al servicio de inspección?? O por el contrario escrito dirigido sólo a la Dirección yna vez se tenga contestación por escrito o no se tenga, se hace el escrito dirigido a la Inspección???

Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: bichitos en 27 Septiembre, 2016, 08:43:48 AM
Se pueden tener 20,30 horas lectivas? Y 25,30 horas en horario regular?. No era 25 COMO MÁXIMO? Gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 27 Septiembre, 2016, 12:00:55 PM
Cita de: bichitos en 27 Septiembre, 2016, 08:43:48 AM
Se pueden tener 20,30 horas lectivas? Y 25,30 horas en horario regular?. No era 25 COMO MÁXIMO? Gracias.
NO.
Lee el primer mensaje del hilo, ahí está perfectamente explicado.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 27 Septiembre, 2016, 17:47:35 PM
Cita de: aridalae en 26 Septiembre, 2016, 22:53:17 PM

En mi centro una compañera llamó la semana pasada al inspector para comentarle lo del horario y que los tutores de la ESO estábamos a 3 guardias. Vino el inspector al instituto y estuvo hablando con el director y nos han quitado una guardia a todos los tutores.

Cita de: toroloco en 26 Septiembre, 2016, 20:07:51 PM
Cuál es el procedimiento correcto para denunciar un horario ilegal? Escrito argumentado con la normativa vigente en el que especifique el por qué de la ilegalidad solicitando que se rehaga dirigijo a la Dirección del Centro con copia al servicio de inspección?? O por el contrario escrito dirigido sólo a la Dirección yna vez se tenga contestación por escrito o no se tenga, se hace el escrito dirigido a la Inspección???

Gracias
Felicidades, hay integrantes de la Inspección que hacen su trabajo, en otros casos o no se saben la normativa confundiendo osos pardos con osos polares o es que actuan al compás de sus palmeros tomándo por imbéciles a los docentes intentando de boquilla hacerles tragar con ruedas de molino. Entonces llega el momento de decirles: Ahora vas y me lo pones por escrito si eres tan amable. Entonces recobran la inteligencia y se vuelven profesionales.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: mipropiocorreo2001 en 27 Septiembre, 2016, 22:33:40 PM
¿cuando tenias 21 horas lectivas no te tenían que reducir una hora de las 25, de las no lectivas?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 27 Septiembre, 2016, 23:26:50 PM
Efectivamente. Con 21 horas lectivas son 24 horas de horario regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 08:24:18 AM
Cita de: jmcala en 27 Septiembre, 2016, 23:26:50 PM
Efectivamente. Con 21 horas lectivas son 24 horas de horario regular.

Se me olvidó comentar eso en las FAQ. ¿Cómo debe interpretarse la siguiente disposición del decretazo?

CitarArtículo 3. Jornada lectiva

2. El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior.

¿Que cada hora lectiva trabajada de más sobre el mínimo supone una hora complementaria menos (lo cual hace que el horario regular siga siendo de 25 horas) o que cada hora lectiva de más se compensa con una hora complementaria menos? La redacción no es del todo clara y da pie a ambas interpretaciones.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 09:48:12 AM
Sabéis cuanto tiempo tiene la Dirección de un IES para contestar a un escrito de solicitud de cambio de horario?? Y la Inspección??

En caso de que no contesten se considera silencio administrativo negativo??

Qué hay después de la Inspección?? Contencioso administrativo??

Qué ocurre si te niegas a grabas el horario en Seneca por ser ilegal??


Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 10:09:37 AM
Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 09:48:12 AM
Sabéis cuanto tiempo tiene la Dirección de un IES para contestar a un escrito de solicitud de cambio de horario?? Y la Inspección??

En caso de que no contesten se considera silencio administrativo negativo??

Qué hay después de la Inspección?? Contencioso administrativo??

Qué ocurre si te niegas a grabas el horario en Seneca por ser ilegal??

Gracias

Te voy a decir lo que yo estoy haciendo, que no sé si es lo mejor: simplemente, creo que es apropiado, pero otro podrá no pensar igual.

Cuando me entregaron los horarios vi que había asimilado la tutoría electrónica a la administrativa (mal) y que había hecho tal hora irregular por seguir la instrucción (mal sobre mal).

Como no conozco a mi equipo directivo (he llegado nuevo al centro), pero me ha dado la impresión de que no tienen mala idea ni son mala gente, fui a hablar con la jefa de estudios y luego con el director. No lo hice por escrito: es mi director, pero también mi compañero y fui a hablar en persona con él. Me dijo que lo que había hecho era lo que le habían ordenado, quie espresamente se había preguntado en la reunión de directores e inpección y que eso se había decidido obrar de tal modo en la delegación de Huelva. Pero me animaba por supuesto a quejarme.

Para no pringarlo a él (porque entiendo que los ponen entre la espada y la pared), he metido mi horario en Séneca, incluyendo la tutoría administrativa, tal y como prescribe el artículo 9 de la O2010. La consecuencia es que sale un horario de 26 horas dentro del horario regular. Lo he grabado así y le he pedido al director que no lo corrija para que llegue de esa forma al inspector. Este es el responsable de que se cumpla la normativa en los centros, así que tiene que revisarlos. Si lo revisa y manda corregirlos eliminando la gaurdia administrativa, él será el responsable y mi escrito (ahora sí escrito con registro de entrada) le reclamará a él que lo corrija y lo hará responsable a él (y no a la dirección). Si no lo corrige, entonces también mandaré un escrito advirtiéndole de que no ha revisado correctamente mi horario y él también será el responsable.

Si a las dos semanas, no me ha respondidoo, volveré a mandarle un escrito conminándole a responderme por escrito y recordándole que él es el único responsable de que, conociéndola, se esté cometiéndo una irregularidad. Si no se aviene o no responde, entonces tendré que recurrir al contencioso. No me he visto nunca en ese caso (soy bastante persuasivo), de modo que llegado el caso, seré yo el pida consejo en el foro.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 11:37:23 AM
Cita de: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 10:09:37 AM
Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 09:48:12 AM
Sabéis cuanto tiempo tiene la Dirección de un IES para contestar a un escrito de solicitud de cambio de horario?? Y la Inspección??

En caso de que no contesten se considera silencio administrativo negativo??

Qué hay después de la Inspección?? Contencioso administrativo??

Qué ocurre si te niegas a grabas el horario en Seneca por ser ilegal??

Gracias

Te voy a decir lo que yo estoy haciendo, que no sé si es lo mejor: simplemente, creo que es apropiado, pero otro podrá no pensar igual.

Cuando me entregaron los horarios vi que había asimilado la tutoría electrónica a la administrativa (mal) y que había hecho tal hora irregular por seguir la instrucción (mal sobre mal).

Como no conozco a mi equipo directivo (he llegado nuevo al centro), pero me ha dado la impresión de que no tienen mala idea ni son mala gente, fui a hablar con la jefa de estudios y luego con el director. No lo hice por escrito: es mi director, pero también mi compañero y fui a hablar en persona con él. Me dijo que lo que había hecho era lo que le habían ordenado, quie espresamente se había preguntado en la reunión de directores e inpección y que eso se había decidido obrar de tal modo en la delegación de Huelva. Pero me animaba por supuesto a quejarme.

Para no pringarlo a él (porque entiendo que los ponen entre la espada y la pared), he metido mi horario en Séneca, incluyendo la tutoría administrativa, tal y como prescribe el artículo 9 de la O2010. La consecuencia es que sale un horario de 26 horas dentro del horario regular. Lo he grabado así y le he pedido al director que no lo corrija para que llegue de esa forma al inspector. Este es el responsable de que se cumpla la normativa en los centros, así que tiene que revisarlos. Si lo revisa y manda corregirlos eliminando la gaurdia administrativa, él será el responsable y mi escrito (ahora sí escrito con registro de entrada) le reclamará a él que lo corrija y lo hará responsable a él (y no a la dirección). Si no lo corrige, entonces también mandaré un escrito advirtiéndole de que no ha revisado correctamente mi horario y él también será el responsable.

Si a las dos semanas, no me ha respondidoo, volveré a mandarle un escrito conminándole a responderme por escrito y recordándole que él es el único responsable de que, conociéndola, se esté cometiéndo una irregularidad. Si no se aviene o no responde, entonces tendré que recurrir al contencioso. No me he visto nunca en ese caso (soy bastante persuasivo), de modo que llegado el caso, seré yo el pida consejo en el foro.

Una táctica muy inteligente y justa. Sólo le veo un pequeño  pero, y es que no sabemos cuando revisan los horarios y si los revisan todos. De esta forma la cosa se puede demorar en el tiempo y conseguirán su propósito que es el de no contratar a parte del profesorado necesario por el cumplimiento de las 25h.

Desconozco por otro lado si la Dirección debe examinar los horarios antes del Inspector. En ese caso y teniendo en cuenta que son los responsables de su elaboración, el chorreo les caería a ellos de todas formas (aunque los pobres cumplen ordenes lamentablemente).

Una pregunta, quién nos compensa por trabajar una hora extra durante x tiempo por incumplimiento de la normativa??

Mucha gente se lo habrá tragado por conformismo o por desconocimiento, el caso es que entre que se resuelve o no y mientras los tribunales se pronuncian ante las denuncias de Ustea por ejemplo, se salen con la suya y la impotencia aparece cuando ves que es así...

Debemos volver a reflexionar sobre lo corrupto del sistema cuando ordenan a los equipos directivos incumplir la normativa a sabiendas de que lo hacen mal y encima los que entiendan un poquito del tema deberán intentar engañar al profesorado con mentiras. Son tan caraduras que incluyen en Séneca una tutoría administrativa o eletrónica en el horario irregular.  Todo esto da una idea de hasta dónde creen que llega su impunidad y el borreguismo de parte del profesorado.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 13:12:27 PM
Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 11:37:23 AMUna táctica muy inteligente y justa. Sólo le veo un pequeño  pero, y es que no sabemos cuando revisan los horarios y si los revisan todos. De esta forma la cosa se puede demorar en el tiempo y conseguirán su propósito que es el de no contratar a parte del profesorado necesario por el cumplimiento de las 25h.

Sé cuándo envían los horarios a inspección (o cuando los dan por cerrados), porque mi director me informa.  Y sé cuándo los ha corregido el inspector porque las reuniones entre dirección e inspección son continuas, por lo que si el inspector no chista después de que se hayan cerrado los horarios, entiendo que ya se han revisado y puedo proceder a reclamar. La otra opción es que el propio inspector mande corregir mi horario. En ese caso, me informará el propio director o yo veré la corrección directamemente en Séneca.

En cualquier caso, mi primer escrito a Inspección no será displicente: sólo fundamentará las alegaciones (muy, muy importante) y achacará el problema a un error involuntario confiando siempre en que la rectitud de la inspección lo subsanará con brevedad. Si ese es el caso, haré un segundo escrito a Inspección, halagándoles la diligencia y solicitud con que resuelven (ya sabes, dame pan, y llámame tonto), aunque todos sepamos que de primeras han intentado amparar la ilegalidad. Sólo si veo que me pretenden tomar por imbécil no contestando o rechazando mis alegaciones, pasaré a la táctica del perro mordedor exigiéndo la resolución inmediata y la respuesta escrita, entendiendo que, de no hacer ambas cosas, amparan a sabiendas la ilegalidad manifiesta y yo tomaré las medidas que me brinda la ley para restituir mis derechos (o sea, que les planto un contencioso). Entiendo que si ven que muerdes y, además, tienes razón, se achantarán y no tendrán más remedio que darte la razón

Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 11:37:23 AMDesconozco por otro lado si la Dirección debe examinar los horarios antes del Inspector. En ese caso y teniendo en cuenta que son los responsables de su elaboración, el chorreo les caería a ellos de todas formas (aunque los pobres cumplen ordenes lamentablemente).

Sí, se suponen que los revisan. Por eso yo he avisado a mi drector de lo que he hecho y le he sugerido que se haga el tonto y lo mande tal cual yo lo he grabado en Séneca. Como yo soy el único que se lee la ley en mi instituto, nadie tendrá 26 horas y, por tanton, es creíble que el hecho de que mi horario esté mal sea un fallo achacable al despieste.

Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 11:37:23 AMUna pregunta, quién nos compensa por trabajar una hora extra durante x tiempo por incumplimiento de la normativa??

Efectivamente, imagino que tendrías derecho a esa compensación, pero yo no llego tan lejos: me basta con que esto esté resuelto antes de mediados del mes que viene.

Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 11:37:23 AMDebemos volver a reflexionar sobre lo corrupto del sistema cuando ordenan a los equipos directivos incumplir la normativa a sabiendas de que lo hacen mal y encima los que entiendan un poquito del tema deberán intentar engañar al profesorado con mentiras. Son tan caraduras que incluyen en Séneca una tutoría administrativa o eletrónica en el horario irregular.  Todo esto da una idea de hasta dónde creen que llega su impunidad y el borreguismo de parte del profesorado.

Lo de alterar Séneca sí que me parece una irregularidad manifiesta y denunciable. A alguien se le debería caer el pelo por haber dado esa orden. No estaría de más, informar al propio servicio de Séneca del error para que lo subsanasen. Lo digo para que el responsable de esto no pueda decir que la culpa es del informático, que hizo lo que jamás se le ordenó.

Es más, miraré esta misma mañana en qué dirección de correo se informa de los errores de Séneca y mandaré la notificación.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 13:48:33 PM
He notificado ya la incidencia en Séneca. La buena noticia es que se hace a través de CAUCE y queda registro de la notificación y, además, las responden, porque ya he puesto alguna a cuenta de otros asuntos. Mejor esto que un simple correo electrónico, con el que se pueden hacer los locos.

He dejado este tecto:

CitarEn la parte "Personal>Horario>No regular" aparece inapropiadamente como actividad la "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17), lo cual causa grandes inconvenientes por confundir y provocar errores en la confección de horarios. No ha lugar a esto, porque la tutoría administrativa es horario regular según el artículo 9 y el 13.3b. También lo es la tutoría electrónica, que no es lo mismo que la administrativa por como está definida en el artículo 16 del decreto 285/2010 y en el artículo 16 de la orden de 20 de junio de 2011, y que también forma parte del horario regular por lo que dispone el artículo 13.3b de la orden de 20 de agosto ya referida. Una instrucción de este verano hace irregular sólamente la tutoría electrónica, pero carece de validez por cuanto contradice la orden.

Les ruego que lo subsanen a la mayor brevedad, consultando con el responsable que corresponda.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 14:17:02 PM
Cita de: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 13:48:33 PM
He notificado ya la incidencia en Séneca. La buena noticia es que se hace a través de CAUCE y queda registro de la notificación y, además, las responden, porque ya he puesto alguna a cuenta de otros asuntos. Mejor esto que un simple correo electrónico, con el que se pueden hacer los locos.

He dejado este tecto:

CitarEn la parte "Personal>Horario>No regular" aparece inapropiadamente como actividad la "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17), lo cual causa grandes inconvenientes por confundir y provocar errores en la confección de horarios. No ha lugar a esto, porque la tutoría administrativa es horario regular según el artículo 9 y el 13.3b. También lo es la tutoría electrónica, que no es lo mismo que la administrativa por como está definida en el artículo 16 del decreto 285/2010 y en el artículo 16 de la orden de 20 de junio de 2011, y que también forma parte del horario regular por lo que dispone el artículo 13.3b de la orden de 20 de agosto ya referida. Una instrucción de este verano hace irregular sólamente la tutoría electrónica, pero carece de validez por cuanto contradice la orden.

Les ruego que lo subsanen a la mayor brevedad, consultando con el responsable que corresponda.
Me uno a la consulta, espero con impaciencia a ver cómo lo explican.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 16:32:28 PM
Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 14:17:02 PMMe uno a la consulta, espero con impaciencia a ver cómo lo explican.

Cuantos más nos "percatemos" del error y lo notifiquemos, mejor.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 16:33:31 PM
Dirección sigue las instrucciones de Inspección pero no olvidéis que ésta también sigue instrucciones, en concreto la que dice que se pase a horario irregular la tutoría electrónica, y en esa Instrucción se basan todos, por lo tanto creo que no queda otra que esperar a que los tribunales se pronuncien sobre la legalidad de esa Instrucción, que ha sido recurrida por los sindicatos, USTEA entre ellos, según informó.

El problema es que ese pronunciamiento puede llegar dentro de unos años y la CEJA lo sabe de sobra.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 16:49:03 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 16:33:31 PM
Dirección sigue las instrucciones de Inspección pero no olvidéis que ésta también sigue instrucciones, en concreto la que dice que se pase a horario irregular la tutoría electrónica, y en esa Instrucción se basan todos, por lo tanto creo que no queda otra que esperar a que los tribunales se pronuncien sobre la legalidad de esa Instrucción, que ha sido recurrida por los sindicatos, USTEA entre ellos, según informó.

El problema es que ese pronunciamiento puede llegar dentro de unos años y la CEJA lo sabe de sobra.

a) La instrucción más que ilegal, no tiene validez legal. Y el inspector imagino yo que sabe que existe una cosa que se llama principio de jerarquía normativa, por lo que no tiene que venir ningún juez a decir si la instrucción es ilegal o no. Simplemente, no es aplicable. Es el mismo caso, por ejemplo, que el de la nota que se ha poner ante la convalidación de un módulo de FP. La orden de evaluación andaluza dice que ante una convalidación se debe poner la nota que se obtuvo en el módulo gracias al que se convalida. Pero como la normativa nacional dice que lo que se debe poner es un 5, ¿qué hacen los centros? Pues poner un 5. Y no ha tenido que pronunciarse ningún juez al respecto, porque obra el principio de jerarquía normativa.

b) Aun dando por incierto lo que digo antes y que debiera un juez determinar algo, resulta que la instrucción habla de la tutoría electrónica, no de la administrativa., que es la que debe incluirse en nuestros horarios según el artículo 9 de la O2010. Sin embargo, para que opere la nueva triquiñuela de la administración hay que hacer el cambalache interpretativo de considerar que ambas son la mismo. Esa interpretación interesada no está avalada por ninguna norma (ni siquiera por esas instrucciones sin validez), sino que está desmentida por las mismas (decreto 285/2010 y orden de 20 de junio de 2011).

Por cierto, la web para advertir del error en Séneca es esta:

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portalseneca/web/cauce (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portalseneca/web/cauce)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 28 Septiembre, 2016, 17:18:49 PM
Quiero añadir algo a todo esto. Los inspectores están que trinan con estas cuestiones y con otras más. Los tienen muy presionados. ¡Qué pena que no se hagan ver más por los claustros y pudiéramos hacer frente común!
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PM
rantanplan, aquí estamos todos de acuerdo y los sindicatos también, sin embargo yo no veo la cosa tan sencilla.

A la administración se le supone el principio de legalidad, es decir, que todo lo que hace es legal hasta que el tribunal correspondiente dictamine lo contrario en sentencia firme y por tanto esa Instrucción está en vigor y es de obligado cumplimiento.

Ahora bien, la Instrucción faculta a los centros educativos a utilizar dos procedimientos en caso de necesidad ante la imposibilidad de cumplir el máximo de 25 horas:  disminuir las guardias o realizar la tutoría electrónica en el horario irregular.

Por tanto es responsabilidad de los centros el adoptar una u otra medida en caso necesario.

Lo que estamos viendo es que los centros no quieren reducir el personal de guardia porque muchas veces es insuficiente para cubrir las ausencias y han optado por considerar que la tutoría administrativa, al realizarse fundamentalmente con medios electrónicos, es asimilable a la tutoría electrónica que menciona la Instrucción y para ello se amparan en la autonomía de cada centro.

Así que en mi opinión para atacar esto hay que hacerlo en dos niveles, el de la Instrucción, de lo que se supone ya se han encargado los sindicatos, y el de la decisión que tome cada centro.

Pero me temo que ninguno de los dos tiene muchas probabilidades efectivas de prosperar antes de fin de curso.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 28 Septiembre, 2016, 18:06:13 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PM
rantanplan, aquí estamos todos de acuerdo y los sindicatos también, sin embargo yo no veo la cosa tan sencilla.

A la administración se le supone el principio de legalidad, es decir, que todo lo que hace es legal hasta que el tribunal correspondiente dictamine lo contrario en sentencia firme y por tanto esa Instrucción está en vigor y es de obligado cumplimiento.

Ahora bien, la Instrucción faculta a los centros educativos a utilizar dos procedimientos en caso de necesidad ante la imposibilidad de cumplir el máximo de 25 horas:  disminuir las guardias o realizar la tutoría electrónica en el horario irregular.

Por tanto es responsabilidad de los centros el adoptar una u otra medida en caso necesario.

Lo que estamos viendo es que los centros no quieren reducir el personal de guardia porque muchas veces es insuficiente para cubrir las ausencias y han optado por considerar que la tutoría administrativa, al realizarse fundamentalmente con medios electrónicos, es asimilable a la tutoría electrónica que menciona la Instrucción y para ello se amparan en la autonomía de cada centro.

Así que en mi opinión para atacar esto hay que hacerlo en dos niveles, el de la Instrucción, de lo que se supone ya se han encargado los sindicatos, y el de la decisión que tome cada centro.

Pero me temo que ninguno de los dos tiene muchas probabilidades efectivas de prosperar antes de fin de curso.


Saludos.

Pero no. Es que lo indica Seneca explícitamente. En el horario no regular viene recogido.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:13:45 PM
Pero ¿por qué creéis que la Instrucción menciona la tutoría electrónica en vez de la administrativa?

Se cubren las espaldas ante la previsible denuncia y trasladan la responsabilidad a los centros, que a su vez no pueden hacer la cuadratura del círculo. Igual que sucedió el curso pasado.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:23:28 PM
Cita de: albay en 28 Septiembre, 2016, 18:06:13 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PM
rantanplan, aquí estamos todos de acuerdo y los sindicatos también, sin embargo yo no veo la cosa tan sencilla.

A la administración se le supone el principio de legalidad, es decir, que todo lo que hace es legal hasta que el tribunal correspondiente dictamine lo contrario en sentencia firme y por tanto esa Instrucción está en vigor y es de obligado cumplimiento.

Ahora bien, la Instrucción faculta a los centros educativos a utilizar dos procedimientos en caso de necesidad ante la imposibilidad de cumplir el máximo de 25 horas:  disminuir las guardias o realizar la tutoría electrónica en el horario irregular.

Por tanto es responsabilidad de los centros el adoptar una u otra medida en caso necesario.

Lo que estamos viendo es que los centros no quieren reducir el personal de guardia porque muchas veces es insuficiente para cubrir las ausencias y han optado por considerar que la tutoría administrativa, al realizarse fundamentalmente con medios electrónicos, es asimilable a la tutoría electrónica que menciona la Instrucción y para ello se amparan en la autonomía de cada centro.

Así que en mi opinión para atacar esto hay que hacerlo en dos niveles, el de la Instrucción, de lo que se supone ya se han encargado los sindicatos, y el de la decisión que tome cada centro.

Pero me temo que ninguno de los dos tiene muchas probabilidades efectivas de prosperar antes de fin de curso.


Saludos.

Pero no. Es que lo indica Seneca explícitamente. En el horario no regular viene recogido.

Seneca no es más que un medio informático, por tanto sujeto a errores, y no se puede poner un contencioso contra él ni usarlo porque fácilmente alegarían que se trataba de un error informático.

En todo caso la elaboración de los horarios es responsabilidad del equipo directivo, no de ningún programa informático.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 28 Septiembre, 2016, 18:28:30 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PM
rantanplan, aquí estamos todos de acuerdo y los sindicatos también, sin embargo yo no veo la cosa tan sencilla.

Sé que en lo único que disentimos es en la sencillez de la reclamación.

Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PMA la administración se le supone el principio de legalidad, es decir, que todo lo que hace es legal hasta que el tribunal correspondiente dictamine lo contrario en sentencia firme y por tanto esa Instrucción está en vigor y es de obligado cumplimiento.

Ahora bien, la Instrucción faculta a los centros educativos a utilizar dos procedimientos en caso de necesidad ante la imposibilidad de cumplir el máximo de 25 horas:  disminuir las guardias o realizar la tutoría electrónica en el horario irregular.

Por tanto es responsabilidad de los centros el adoptar una u otra medida en caso necesario.

Pero es que con independencia de la legalidad o no de la intrucción, simplemente, sus disposiciones no son aplicables, porque hay una normativa de rango superior que dice una cosa distinta. No creo que nadie se pueda abstraer del principio de jerarquía normativa.

Pero es que aun dado esto por dudoso...

Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PMhan optado por considerar que la tutoría administrativa, al realizarse fundamentalmente con medios electrónicos, es asimilable a la tutoría electrónica que menciona la Instrucción

esto esta indudablemente mal, porque la tutoría electrónica no es una tutoría que se realiza con medios electrónicos. Eso sólo lo puede afirmar alguien que no haya leído el decreto 285/2010 (artículo 16) y la orden de 20 de junio de 2011 (artículo 16): la definición de tutoría electrónica es muy precisa (implica comunicación) y eso excluye que pueda ser la tutoría para labores administrativas, que no es una tutoría de comunicación con los padres.

Esa interpretación no está avalada por ninguna norma, ni siquiera por una que contradiga otra. Con lo cual un inspector al que se le ponga en conocimiento de que esta interpretación no es posible, no puede validar esos horarios.

Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:03:01 PMPero me temo que ninguno de los dos tiene muchas probabilidades efectivas de prosperar antes de fin de curso.

Bueno, lo veremos. Yo veo el caso meridianamente claro.

Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 18:23:28 PMSeneca no es más que un medio informático, por tanto sujeto a errores, y no se puede poner un contencioso contra él ni usarlo porque fácilmente alegarían que se trataba de un error informático.

Exacto, razón por la cual yo les he advertido del error para que lo subsanen. Animo a todo el mundo a hacer lo mismo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 28 Septiembre, 2016, 18:47:49 PM
Vuelvo a insistir. En el horario no regular, la última línea pone exactamente "Tutoría Administrativa o Electrónica (Curso 2016-17)"
No me parece que sea ningún error ni se preste a la confusión, ni de profesores ni de equipos directivos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: godigodi en 28 Septiembre, 2016, 19:17:39 PM
Una duda, ¿cuántas horas de reducción suelen corresponder por Jefatura de Departamento??
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: maguerre en 28 Septiembre, 2016, 19:23:17 PM
Aridalae ¿qué os han puesto en esa hora que os han quitado de guardia?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: maguerre en 28 Septiembre, 2016, 19:25:11 PM
Yo quisiera saber a que se refiere o que hay que hacer cuando en Séneca en el apartado de horario no regular pone "actividades complementarias programadas (no regular)". Asimismo quiero saber el item "participación en los Órganos de Gobierno y planificación de tareas del Equipo Docente"
Y tampoco entiendo porque pone "asistencia a órganos colegiados" si eso ya aparece en otros item pues según tengo yo entendido (lo mismo estoy equivocada) los órganos colegiados son el consejo escolar (que ya aparece el item) y el claustro de profesores (que también aparece el item) ¿entonces hay que sumar el tiempo que nos hemos puesto en estos dos apartados independientes y ponerlo en "asistencia a órganos colegiados"?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: aridalae en 28 Septiembre, 2016, 19:26:27 PM
Tutoría administrativa

Cita de: maguerre en 28 Septiembre, 2016, 19:23:17 PM
Aridalae ¿qué os han puesto en esa hora que os han quitado de guardia?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 19:45:58 PM
Contencioso: Tiempo medio de espera 12,6 meses en 2015. (fuente CGPJ)

Yo llevo desde 2012 en Andalucía esperando el mío que se celebrará en 2017.

Saben lo que hacen.

Hasta que se lo tumben se ahorran un pico. Así está la cosa.

Si la Inspección te sale con la similitud de lo electrónico con comunicación y lo adminitrativo aferrándose a una Instrucción frente a una Orden obviando lo que estudiaron sólo quedará el contencioso y eso es tiempo y dinero. Yo asistiré probablemente a mi segundo juzgado de lo contencioso. Animo a todos a no transigir.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 20:12:53 PM
El problema es que es imposible cumplir la normativa al confeccionar el horario sin aumentar la plantilla porque se sobrepasan las 25 horas, por tanto hagan lo que hagan los centros incumplen alguna.

Se supone que el próximo curso se aumentará al considerar una guardia como lectiva y ya no se dará el problema pero mientras tanto trampean como pueden y le pasan a los centros la patata caliente, sabiendo que cuando haya un pronunciamiento judicial ya será tarde y no tendrá ningún efecto práctico.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 20:17:32 PM


Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 19:45:58 PM
Contencioso: Tiempo medio de espera 12,6 meses en 2015. (fuente CGPJ)

Yo llevo desde 2012 en Andalucía esperando el mío que se celebrará en 2017.

Saben lo que hacen.

Así es y por eso los tribunales son un recurso poco o nada efectivo y lo único que puede funcionar es la movilización, la protesta y si no hacen caso, la huelga, y además retirarles el voto.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
También se puede usar la vía penal contra los funcionarios (inspectores) que prevarican.

Esa opción también es posible y resultaría muy efectiva.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 20:33:47 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 20:17:32 PM


Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 19:45:58 PM
Contencioso: Tiempo medio de espera 12,6 meses en 2015. (fuente CGPJ)

Yo llevo desde 2012 en Andalucía esperando el mío que se celebrará en 2017.

Saben lo que hacen.

Así es y por eso los tribunales son un recurso poco o nada efectivo y lo único que puede funcionar es la movilización, la protesta y si no hacen caso, la huelga, y además retirarles el voto.


Saludos.

Lo único que puede funcionar, por desgracia, no funcionará. A día de hoy la movilización es escasa para el porcentaje de afectados, a los no afectados, ni les va ni les viene, algo lamentable. La protesta se ejerce por quienes carecen de miedo y luchan por sus derechos, la huelga ni se les pasa por la cabeza y respecto al voto, quienes les dan lo que quieren y  a los demás los traten como monigotes prescindibles, votarán a los de siempre aunque no lleguen nunca a entender que a ellos también los vilipendian.

Son así y se ve en las urnas.

Algunas veces pienso qué ocurriría si todos los docentes autonómicos (por ejemplo)  se negasen a entrar a un Centro hasta que toda la normativa vigente se cumpliese y se les restauraran los derechos robados en beneficio de unos pocos por su nula gestión y corruptela
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 20:35:34 PM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
También se puede usar la vía penal contra los funcionarios (inspectores) que prevarican.

Esa opción también es posible y resultaría muy efectiva.

Muy interesante, el abogado, llegado el caso estudiaría la/s vía/s más conveniente/s.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 20:42:29 PM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
También se puede usar la vía penal contra los funcionarios (inspectores) que prevarican.

Esa opción también es posible y resultaría muy efectiva.

En todo caso tendrías que ir por vía penal contra quien dictó la Instrucción y convencer al juez correspondiente de que es responsable de una prevaricación administrativa, en el caso de que admitiera a trámite la demanda.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 21:12:23 PM
No. El funcionario tiene la obligación de conocer la ley, cumplirla y hacerla cumplir. Eso incluye saber que las leyes siguen una jerarquía.

Desde el momento que es informado de que la Instrucción no es acorde a derecho, está en la obligación de informar a sus superiores de ello y no llevar a cabo la Instrucción.

Los funcionarios no tienen la obligación de cumplir órdenes o instrucciones cuando son manifiestamente ilegales, como es el caso. Por eso somos tan incómodos para los políticos y tan necesarios en un Estado de Derecho, aunque mi ha gente no lo entienda.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 28 Septiembre, 2016, 21:22:28 PM
El único que puede dictaminar que una norma no es conforme a derecho es el juzgado correspondiente y mientras tanto no haya sentencia firma contraria, lo es.

Además, en caso de duda interpretativa no prevalece la tuya ni la mía sino la de la propia administración.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 22:13:45 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 20:42:29 PM
Cita de: jmcala  en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
También se puede usar la vía penal contra los funcionarios (inspectores) que prevarican.

Esa opción también es posible y resultaría muy efectiva.

En todo caso tendrías que ir por vía penal contra quien dictó la Instrucción y convencer al juez correspondiente de que es responsable de una prevaricación administrativa, en el caso de que admitiera a trámite la demanda.


Saludos.
Parece ser que quien dicto las instrucciones podría haber prevaricado.
http://ustea.es/new/la-consejeria-y-el-trilerismo-normativo-recorta-se-burla-del-profesorado-y-contraviene-ordenes/ (http://ustea.es/new/la-consejeria-y-el-trilerismo-normativo-recorta-se-burla-del-profesorado-y-contraviene-ordenes/)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 22:21:27 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 21:22:28 PM
El único que puede dictaminar que una norma no es conforme a derecho es el juzgado correspondiente y mientras tanto no haya sentencia firma contraria, lo es.

Además, en caso de duda interpretativa no prevalece la tuya ni la mía sino la de la propia administración.


Saludos.

Las instrucciones son norma??.
Si se dictan y firman a sabiendas de que contravienen una orden de rango superior se prevarica??.
Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 23:01:56 PM
Eso no es cierto.

¿Sería legal una Orden o Decreto que dijese que los alumnos de etnia gitana no pueden cursar Bachillerato y por lo tanto no se podrán matricular?

No sería necesario que se pronunciase tribunal alguno porque sería obligación de los FUNCIONARIOS garantizar que esos alumnos se pudieran matricular y cursar el Bachillerato. Luego se producirían, o no, los recursos, fallos y rectificaciones, pero se habría garantizado que se cumple la Constitución, que es la Carta Magna.

En el caso que hablamos, no existe duda interpretativa alguna. Se trata de una Institución que contradice inequívocamente a una Orden.

Termino con otro ejemplo. ¿Recordamos qué ocurrió con la pseudoconsulta catalana y el mensaje del Gobierno de España y la Fiscalía General del Estado a los funcionarios catalanes? Nada de dudas interpretativas, ni decretos, ni órdenes... Todo eso está muy por debajo de la Constitución, que es la que da la potestad de las consultas al Presidente del Ejecutivo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: msvalverde74 en 29 Septiembre, 2016, 00:17:12 AM
Yo he elaborado mi horario siguiendo las instrucciones particulares que nos han facilitado y me salen 26 horas en horario regular (18 de clase, 2 lectivas de tutoría, 2 no lectivas de tutoría, 2 guardias, reunión de tutores con orientador y reunión de departamento).
En una conversación informal lo he comunicado al equipo directivo y tras revisarlo me han dicho que la reunión con el orientador se registra como tutoría administrativa.
En estas condiciones, yo me planteo asistir a la citada reunión sólo cuando haya terminado mis funciones administrativas (revisar faltas de asistencia, partes de convivencia, actas de reuniones de equipo educativo,  comunicaciones con las familias y demás papeleo).
Me interesa conocer vuestra opinión.
Saludos.

Enviado desde mi Nexus 5X mediante Tapatalk

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 01:47:56 AM


Cita de: toroloco en 28 Septiembre, 2016, 22:21:27 PM
Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2016, 21:22:28 PM
El único que puede dictaminar que una norma no es conforme a derecho es el juzgado correspondiente y mientras tanto no haya sentencia firma contraria, lo es.

Además, en caso de duda interpretativa no prevalece la tuya ni la mía sino la de la propia administración.


Saludos.

Las instrucciones son norma??.
Si se dictan y firman a sabiendas de que contravienen una orden de rango superior se prevarica??.
Gracias


Las Instrucciones son norma (¿para qué iban a dictarse si no?) y de obligado cumplimiento, como todas.

Respecto a la asunción de delitos y de ilegalidad los únicos competentes para ello son los jueces correspondientes en caso de que haya denuncias.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 01:55:04 AM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 23:01:56 PM
Eso no es cierto.

¿Sería legal una Orden o Decreto que dijese que los alumnos de etnia gitana no pueden cursar Bachillerato y por lo tanto no se podrán matricular?

No sería necesario que se pronunciase tribunal alguno porque sería obligación de los FUNCIONARIOS garantizar que esos alumnos se pudieran matricular y cursar el Bachillerato. Luego se producirían, o no, los recursos, fallos y rectificaciones, pero se habría garantizado que se cumple la Constitución, que es la Carta Magna.

En el caso que hablamos, no existe duda interpretativa alguna. Se trata de una Institución que contradice inequívocamente a una Orden.

Termino con otro ejemplo. ¿Recordamos qué ocurrió con la pseudoconsulta catalana y el mensaje del Gobierno de España y la Fiscalía General del Estado a los funcionarios catalanes? Nada de dudas interpretativas, ni decretos, ni órdenes... Todo eso está muy por debajo de la Constitución, que es la que da la potestad de las consultas al Presidente del Ejecutivo.

Los únicos funcionarios que pueden dictaminar la legalidad o ilegalidad de una norma o si se ha cometido algún delito son los funcionarios de justicia que desempeñan el trabajo de juez.

Esto es muy básico en cualquier estado de derecho y lo que opinemos es irrelevante.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 02:13:44 AM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 23:01:56 PM
¿Recordamos qué ocurrió con la pseudoconsulta catalana y el mensaje del Gobierno de España y la Fiscalía General del Estado a los funcionarios catalanes? Nada de dudas interpretativas, ni decretos, ni órdenes... Todo eso está muy por debajo de la Constitución, que es la que da la potestad de las consultas al Presidente del Ejecutivo.

En ese caso fue un tribunal el que dictaminó la ilegalidad tras un recurso del gobierno, nada menos que el Tribunal Constitucional y como comprenderás no son casos comparables.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 29 Septiembre, 2016, 06:45:30 AM
Revisa el Estatuto del Empleado Público y verás que estás equivocado. Cuando una instrucción y orden es manifiestamente ilegal estamos obligados a comunicarlo al superior jerárquico y, llegado el caso, a no acatarla.

E insisto. Es la función más básica del funcionariado y por eso tenemos la protección laboral que tenemos, para garantizar que los servicios que prestamos no están al capricho del iluminado de turno.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 07:30:52 AM


Cita de: jmcala en 29 Septiembre, 2016, 06:45:30 AM
Revisa el Estatuto del Empleado Público y verás que estás equivocado. Cuando una instrucción y orden es manifiestamente ilegal estamos obligados a comunicarlo al superior jerárquico y, llegado el caso, a no acatarla.

E insisto. Es la función más básica del funcionariado y por eso tenemos la protección laboral que tenemos, para garantizar que los servicios que prestamos no están al capricho del iluminado de turno.


No me hace falta revisarlo porque conozco bien el artículo 54.3:

Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

Pero una cosa es informar a inspección y otra muy distinta amenazarle con una denuncia por lo penal, como tú afirmas.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 29 Septiembre, 2016, 07:46:38 AM
Aviso, no acato y, como ciudadano, porque todos lo somos, denuncio a quien comete un delito.

Creo que confundes la vía administrativa con la civil y la penal. Que yo sea un funcionario no quiere decir que deje de ser un ciudadano.

Si soy conocedor de un delito debo denunciarlo. Si el delito se puede deber a un hecho fortuito o una mala interpretación debo notificarlo en el desempeño de mis funciones. Si quien debe, como yo, respetar la ley y obrar según su jerarquía sigue sin hacerlo o tratar de obligar a otros a obrar de ese modo, está haciendo algo ilegal a sabiendas, es decir, está prevaricando si es funcionario. A partir de ese momento, como ciudadano, puedo y debo acudir a la Justicia para poner en conocimiento de las autoridades el delito.

Y yo no he hablado de amenazar a nadie. He indicado que la vía penal existe, que es accesible a TODOS y que puede ser la solución a tanto despropósito político y tanto fraude de ley amparado por una vía administrativa ineficaz e injusta.

Es un error muy común pensar que, por ejemplo, ante un caso de acoso laboral se debe seguir la vía administrativa. Es más, desde la Administración se hace todo lo posible para que el afectado no salga de ella. Y suele suponer que el acosado termina desesperado, jodido y apaleado. Yo defiendo que un caso de ese tipo, una vez informados los superiores, debe salir de la vía administrativa y seguir la civil, e incluso la penal si fuese el caso, para que el acosador sea condenado, si procede. Y nada de sanción administrativa sino su correspondiente condena de uno y otro tipo y su indemnización oportuna y multa, si proceden.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 08:18:13 AM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
También se puede usar la vía penal contra los funcionarios (inspectores) que prevarican.

Esa opción también es posible y resultaría muy efectiva.

Es que es esa la solución a la que me acogería: si no me hacen caso, voy directamente contra el que no me hace caso, no contra los horarios, porque como bien decís, el recurso jurídico llegaria tarde para enmendar la irregularidad. pero las consecuencias de la prevaricación, sí que se las come el culpable: ahora, dentro de un año o dentro de cinco.

En cuanto a lo que afirma respublica de que la responsabilidad de asimilar la tutoría administartiva a la electrónica la han depositado en los centros, yo lo dudo: la prueba está en que el propio Séneca las asimila al meterlas dentro del horario irregular. Fundamentalmente por eso, he notificado el "error" para que lo subsanen o para que confirmen que no lo es. Si dicen que no es error, insistiré en que lo consulten (las incidencias las cierra el interesado cuando se han satisfecho por completo).
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 09:49:21 AM
Estamos discutiendo sólo una parte del problema (la tutoría ELECTRÓNICA es horario regular) y no el conjunto (la tutoría ADMINISTRATIVA es horario regular). A mí me trae sin cuidado el carácter que le quieran dar a la tutoría ELECTRÓNICA, porque yo jamás he tenido una de esas tutorías en mi horario y no es preceptiva. La que es preceptiva, es de una hora semanal (regular por definición de la RAE, no ya de la propia orden) y debe aparecer en todo caso según el artículo 9 de la orden que regula los horarios es la tutoría ADMINISTRATIVA.

Con independencia de que respublica tenga razón o no (yo en este caso no veo ninguna duda interpretativa que se deba dilucidar en un juzgado, sino una posible prevaricacón de un funcionario que dicta una norma de menor rango a sabiendas de que existe una norma de mayor rango que la contradice), y aun presuponiéndole una mayor formación jurídica, resulta que no hay ninguna norma de ningún rango que diga que la tutoría ADMINISTRATIVA forma parte del horario no regular.

Es más, supongamos que damos validez a la instrucción y la tutoría electrónica no forma parte del horario regular. ¿Es la tutoría administrativa la tutoría electrónica? La respuesta es no, porque la tutoría electrónica forma parte del horario no regular y la administrativa del regular (artículo 9 de la orden), así quedeben ser tutorías distintas. Conclusión esxtraída sin ni siquiera mirar la definición de tutoría electrónica. Vamos, que el secretario general de educación, además de prevaricar supuestamente, es tonto por supuesto.

El caso es que si la tutoría administrativa no aparece en el horario regular, el horario está mal hecho y el inspector, como garante de la legislación en los institutos, tiene el deber de corregirlo. Y si no lo hace, prevarica.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 29 Septiembre, 2016, 10:05:50 AM
Cita de: msvalverde74 en 29 Septiembre, 2016, 00:17:12 AM
Yo he elaborado mi horario siguiendo las instrucciones particulares que nos han facilitado y me salen 26 horas en horario regular (18 de clase, 2 lectivas de tutoría, 2 no lectivas de tutoría, 2 guardias, reunión de tutores con orientador y reunión de departamento).
En una conversación informal lo he comunicado al equipo directivo y tras revisarlo me han dicho que la reunión con el orientador se registra como tutoría administrativa.
En estas condiciones, yo me planteo asistir a la citada reunión sólo cuando haya terminado mis funciones administrativas (revisar faltas de asistencia, partes de convivencia, actas de reuniones de equipo educativo,  comunicaciones con las familias y demás papeleo).
Me interesa conocer vuestra opinión.
Saludos.

Enviado desde mi Nexus 5X mediante Tapatalk
La tutoría administrativa es aquella para las tareas administrativas própias de la tutoría (art. 9.2 O20/8/10) es regular no lectivo. La reunión de tutores es de coordinación docente, regular no lectivo. Te están intentando engañar o haciendo que interpretes algo que no es correcto para no contratar a más compañeros.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: naquia en 29 Septiembre, 2016, 15:48:52 PM
Compañeros necesito ayuda. Me han cambiado mi horario fastidiándome muchísimo. Os lo adjunto para que lo veáis. Tened en cuenta que el horario NO refleja las dos horas de docencia electrónica de la educación semipresencial de adultos y que según me dijo jmcala son lectivas.

En mi cálculo me sobran las dos guardias (me han dicho que sólo me van a quitar una). Tenerme en el instituto desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche no sé es legal, pero decente desde luego que no.

(http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160929/8671bb1b86f5849c7199be4fc03e234b.jpg)(http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160929/8671bb1b86f5849c7199be4fc03e234b.jpg)

Disculpad la mala calidad de la foto pero creo que se aprecia lo importante.

Muchísimas gracias de antemano.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 29 Septiembre, 2016, 17:01:28 PM
Cita de: naquia en 29 Septiembre, 2016, 15:48:52 PM
Compañeros necesito ayuda. Me han cambiado mi horario fastidiándome muchísimo. Os lo adjunto para que lo veáis. Tened en cuenta que el horario NO refleja las dos horas de docencia electrónica de la educación semipresencial de adultos y que según me dijo jmcala son lectivas.

En mi cálculo me sobran las dos guardias (me han dicho que sólo me van a quitar una). Tenerme en el instituto desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche no sé es legal, pero decente desde luego que no.

(http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160929/8671bb1b86f5849c7199be4fc03e234b.jpg)(http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160929/8671bb1b86f5849c7199be4fc03e234b.jpg)

Disculpad la mala calidad de la foto pero creo que se aprecia lo importante.

Muchísimas gracias de antemano.

Yo no veo ninguna ilegalidad. Los días que tienes noche no entras a primera el día siguiente. Y el jueves cumples 12 horas desde que sales hasta el viernes. Tiene que añadir las horas no lectivas y la tutoría.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lyl2 en 29 Septiembre, 2016, 17:11:18 PM
Una duda con respecto al horario no regular. En unas instrucciones que nos han pasado dice que hay que poner 10 minutos por cada grupo por asistencia a sesiones de evaluación y otros 10 minutos por grupo por asistencia a reuniones de equipos educativos. Más abajo aparece un cuadro resumen donde en lugar de 10 dice 15. ¿Cuál es lo correcto?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 17:15:27 PM
Corrígeme si me equivoco. Yo en ese horario veo:

17 horas de docencia directa (lectiva).
1 reunion de tutores (lectiva).
1 tutoría con un grupo de la ESO (no lectiva).
2 guardias (no lectiva).

Faltan por computarte (articulo 9 de la orden del 20 de agosto)  tres horas de tutoría que las puedes poner donde quieras: la de atención personalizada (lectva), y la administrativa y la reunión con los padres, ambas no lectivas; y la reunión de departamento que en algún lugar tendrá que caer. No nos aclaras si es de una hora o no. Yo supondré que lo es. O sea, a lo anterior hay que añadir:

1 tutoría lectiva.
2 tutorías no lectivas.
1 reunión de departamento (no lectiva).

Total, que con lo que no enseñas llevas:

19 horas lectivas (el mínimo es 20).
24 horas no lectivas (el máximo es 25).

En principio. ese horario no es legal, porque no tiene 20 horas lectivas. Ahora bien, dices que, además, tienes dos horas de docencia electrónica. No sé muy bien dónde se regula ese horario. Convendría que si algguiebn lo sabe, lo dijese en el hilo. En la orden de 20 de agosto no recuerdo haber leído nada al respecto. Lo que está claro es que son horas del horario regular, porque si todas las semanas tienes que impartirlas es horario regular: el horario no regular es aquel que como no se repite de forma regular, hay que hacer una estimación semanal de a cuanto tiempo equivale.

El caso es que (sean o no lectivas) como ya tienes 25, con esas horas pasas a 27 con lo que te deberían quitar las dos guardias.

Pero para dar una respuesta precisa hay que saber dónde se regular esas horas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 17:22:56 PM
Cita de: lyl2 en 29 Septiembre, 2016, 17:11:18 PMUna duda con respecto al horario no regular. En unas instrucciones que nos han pasado dice que hay que poner 10 minutos por cada grupo por asistencia a sesiones de evaluación y otros 10 minutos por grupo por asistencia a reuniones de equipos educativos. Más abajo aparece un cuadro resumen donde en lugar de 10 dice 15. ¿Cuál es lo correcto?

No hay nada regulado al respecto. Cada centro da las instrucciones que le parece. En realidad nadie va a mirar qué pones ahí. En las instrucciones que han dado en mi centro dice que pongamos media hora para reuniones de equipo educativo. Pero eso a mí me parece una barbaridad, porque las reuniones ordinarias son horario regular y sólo las extraordinarias pueden computarse en el horario irregular. ¿Se va a reuniur un equipo educativo por hechos extraordinarips a hablar del grupo de forma que la media salga media hora a la semana? Demasiado me parece, sabiendo que en las evaluaciones se habla de los propios grupos y ese tiempo no entra dentro de este cómputo. Y más en mi caso, que no doy en grupos de la ESO que pueden ser los más conflctivos. En cambio, no decían nada de cursos de formación y yo suelo hacer bastantes horas. Hacer un miserable curso de 40 horas ya supone 1 hora en el horario no regular, ya que el curso tiene 35 semanas lectivas. (35*5=175 días). Yo el año pasado hice más de 200.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 29 Septiembre, 2016, 17:35:05 PM
Cita de: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 17:15:27 PM
Corrígeme si me equivoco. Yo en ese horario veo:

17 horas de docencia directa (lectiva).
1 reunion de tutores (lectiva).
1 tutoría con un grupo de la ESO (no lectiva).
2 guardias (no lectiva).

Faltan por computarte (articulo 9 de la orden del 20 de agosto)  tres horas de tutoría que las puedes poner donde quieras: la de atención personalizada (lectva), y la administrativa y la reunión con los padres, ambas no lectivas; y la reunión de departamento que en algún lugar tendrá que caer. No nos aclaras si es de una hora o no. Yo supondré que lo es. O sea, a lo anterior hay que añadir:

1 tutoría lectiva.
2 tutorías no lectivas.
1 reunión de departamento (no lectiva).

Total, que con lo que no enseñas llevas:

19 horas lectivas (el mínimo es 20).
24 horas no lectivas (el máximo es 25).

En principio. ese horario no es legal, porque no tiene 20 horas lectivas. Ahora bien, dices que, además, tienes dos horas de docencia electrónica. No sé muy bien dónde se regula ese horario. Convendría que si algguiebn lo sabe, lo dijese en el hilo. En la orden de 20 de agosto no recuerdo haber leído nada al respecto. Lo que está claro es que son horas del horario regular, porque si todas las semanas tienes que impartirlas es horario regular: el horario no regular es aquel que como no se repite de forma regular, hay que hacer una estimación semanal de a cuanto tiempo equivale.

El caso es que (sean o no lectivas) como ya tienes 25, con esas horas pasas a 27 con lo que te deberían quitar las dos guardias.

Pero para dar una respuesta precisa hay que saber dónde se regular esas horas.

La reunión de Tutores no es lectiva. La tutoría con alumnos sí. La que sí es lectiva es la Tutoría de atención al alumnado y Familia (ES0).
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 17:37:33 PM
Cita de: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 09:49:21 AM
Con independencia de que respublica tenga razón o no (yo en este caso no veo ninguna duda interpretativa que se deba dilucidar en un juzgado, sino una posible prevaricacón de un funcionario que dicta una norma de menor rango a sabiendas de que existe una norma de mayor rango que la contradice), y aun presuponiéndole una mayor formación jurídica, resulta que no hay ninguna norma de ningún rango que diga que la tutoría ADMINISTRATIVA forma parte del horario no regular.

rantaplan, ya he dicho muchas veces que aquí estamos todos de acuerdo, como también lo están los sindicatos y que efectivamente las Instrucciones de 26 de julio de 2016 contradicen abiertamente la Orden de 20 de agosto de 2010 que regula la organización y funcionamiento de los IES y que debe prevalecer la Orden por ser de mayor jerarquía legislativa, sin embargo mientras no haya una sentencia firme en contra que anule esas Instrucciones, las mismas están vigentes.

Esa no es por tanto la cuestión sino que de lo que discutimos es qué se puede hacer. En realidad este problema ya se tuvo el curso pasado y es que no cabe todo lo que dice la Orden en 25 horas de horario regular tras el aumento de 2 horas lectivas que impuso el RDL 14/2012.

Es en las horas lectivas en lo que se basa la CEJA para confeccionar los cupos de profesorado para los centros y esto pone a quien debe confeccionar los horarios, que es jefatura de estudios en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, ante una situación que en muchos casos es imposible de resolver cumpliendo la normativa y por tanto se ve obligada a incumplirla en unos u otros aspectos y tras un curso en el que cada centro optó por lo que estimó oportuno, en este curso las Instrucciones de 26 de julio de 2016 pretenden concretar que ese incumplimiento se haga en la disminución de guardias y en la consideración como horario irregular de la tutoría electrónica.

En la práctica no parece que los centros hayan decidido disminuir el servicio de guardia y en cambio han pasado la tutoría administrativa al horario irregular pero eso no lo establecen las Instrucciones por lo que, si se quiere defender la estricta legalidad, habría que exigírselo a quien confecciona el horario, que a su vez esgrimirá que no puede cumplir toda la normativa con la dotación de personal asignada, lo cual conoce de sobra tanto Inspección como la propia CEJA.

Se trata de un problema que obedece a decisiones políticas y presupuestarias y no creo que la solución vaya a venir de ningún tribunal de justicia sino de protestas, movilizaciones y paros, todo ello de forma masiva y continuada, que hoy por hoy ni están ni se les espera, sencillamente porque los implicados no lo quieren.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 17:52:36 PM
Cita de: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 08:18:13 AM
Cita de: jmcala en 28 Septiembre, 2016, 20:28:31 PM
En cuanto a lo que afirma respublica de que la responsabilidad de asimilar la tutoría administrativa a la electrónica la han depositado en los centros, yo lo dudo: la prueba está en que el propio Séneca las asimila al meterlas dentro del horario irregular. Fundamentalmente por eso, he notificado el "error" para que lo subsanen o para que confirmen que no lo es. Si dicen que no es error, insistiré en que lo consulten (las incidencias las cierra el interesado cuando se han satisfecho por completo).

Lo que yo veo en Séneca es que la "Tutoría para labores administrativas" forma parte del horario regular.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 29 Septiembre, 2016, 18:13:36 PM
El que elabora los horarios, respublica, que es tan funcionario como yo, debe poner en conocimiento de la inspección que no se puede atender a las instrucciones sin saltarse la Orden, es decir, que lo que se pretende es ILEGAL y que, por lo tanto, NO LO VA A HACER.

Fin de la discusión y de la pantomima legal de la CEJA. Sería así de fácil si los funcionarios hiciéramos lo que dice la Constitución, ni más ni menos. En ese caso, los políticos no tendrían otra que cambiar las leyes o atender presupuestariamente a lo que requieren.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 18:15:30 PM
Cita de: albay en 29 Septiembre, 2016, 17:35:05 PM
Citar17 horas de docencia directa (lectiva).
1 reunion de tutores (lectiva).
1 tutoría con un grupo de la ESO (no lectiva).
2 guardias (no lectiva).
La reunión de Tutores no es lectiva. La tutoría con alumnos sí. La que sí es lectiva es la Tutoría de atención al alumnado y Familia (ES0).

Gracias por la corrección. Ha sido un error al escribir: he escrito primero los conceptos y al ponerles luego si son lectivas o no he confundido la tutoría con el grupo con la reunión de tutores.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 29 Septiembre, 2016, 18:24:35 PM
Cita de: respublica en 29 Septiembre, 2016, 17:52:36 PMLo que yo veo en Séneca es que la "Tutoría para labores administrativas" forma parte del horario regular.[

Sí, pero si vas al horario irregular han incluido el siguiente concepto::

"Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016-2017)"

La instrucción deja claro que es sólo aplicable el curso 2016-2017, así que está claro que han incluido ese concepto como consecuencia de la publicación de la instrucción. Sin embargo, la instrucción habla de la tutoría electrónica, no de la administrativa, así que es la propia administración la que fomenta la confusión entre ambas tutorías, a pesar de lo que expresa la normativa. El que se haya asimilado una a otra no es algo fruto de la independencia de los centros: son directrices que se les han dado. Por supuesto, verbales.

Yo por mi parte no puedo hacer una huelga solo, ni voy a esperar sentado a que el sindicato no sé qué plante un recurso que se resuelva cuando ya no sirva para nada. Reclamo mi horario para que el funcionario que toque (en este caso el inpector porque yo no puedo picar más alto) se retrate y haga uso de su independencia frente al poder político. Como bien dice jmcala, nuestro estatus es el que es, precisamente para hacer frente a situaciones de este tipo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 29 Septiembre, 2016, 19:10:57 PM
El problema no son las Instrucciones sino que no cabe todo el horario regular en 25 horas.

¿Quién está decidiendo que la tutoría administrativa se esté computando en el horario irregular? Las Instrucciones no lo establecen y en Séneca puede ponerse como horario regular.

Por eso, si se quiere, a quien hay que reclamar por escrito en primera instancia es a jefatura de estudios, luego a Inspección y finalmente a los tribunales de justicia.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 29 Septiembre, 2016, 19:59:37 PM
Cita de: respublica en 29 Septiembre, 2016, 19:10:57 PM
¿Quién está decidiendo que la tutoría administrativa se esté computando en el horario irregular?

Con toda su jeta por delante la Inspección (de referencia en mi centro). Eso sí, de boquilla y dejándo claro que no quiere horarios con la administrativa en el regular no lectivo y "asimila" la electrónica a la administrativa. Si la Dirección se los envía una vez revisados mal porque no hace su trabajo y si los devuelve al docente para rehacerlo mal también porque no sigue las instrucciones de Inspección. Al final muchos colarán por miedo, por desconocimiento o por dejadez y el presunto prevaricador cumplirá su objetivo. Una pena.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 29 Septiembre, 2016, 20:13:10 PM
Cita de: jmcala en 29 Septiembre, 2016, 18:13:36 PM
El que elabora los horarios, respublica, que es tan funcionario como yo, debe poner en conocimiento de la inspección que no se puede atender a las instrucciones sin saltarse la Orden, es decir, que lo que se pretende es ILEGAL y que, por lo tanto, NO LO VA A HACER.

Eso sería actuar correctamente pero mucho me temo que en unas de las reuniones mantenidas previamente les habrán dejado bien clarito cual es el camino a seguir. Primero se entregan los horarios ilegales, los que protesten se les ignora en primera instancia, si vuelven a protestar se les intenta engañar intentando colarle la administrativa por irregular, si saben de lo que va el tema (incluso algunos sindicalistas "con reducción" sostienen que el tema de asimiliar la administrativa a la electrónica y por ende al irregular es asumible) y te lo discuten, se les dice que vayan a consultárselo a Pepito que ejercerá su poder de convicción o n,o dependiendo de sus artes. Finalmente, se lo pasan todo por el forro y te dicen que la Inspección dice que la administrativa es igual que la electrónica y que por tanto se debe poner en el irregular, esto te hace pensar en rebeldía y en posibles consecuencias derivadas del comportamiento díscolo. Por fin, llega el papel y entonces creo que todo lo dicho anteriormente no se volverá a oir porque ya queda constancia y puede suponer problemas para los que se atrevan a mentir en el mismo. Desde la protesta inicial hasta el papel, van cayendo conformistas e ignorantes que suponen horas y horas de ahorro para no contratar a compañeros. Una gran estratégia digna de mentes inmorales que como siempre quedarán impunes.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 30 Septiembre, 2016, 20:10:34 PM
Cita de: respublica en 29 Septiembre, 2016, 19:10:57 PM
El problema no son las Instrucciones sino que no cabe todo el horario regular en 25 horas.

No, en un horario regular de 25 horas cabe todo y en uno de 24 también... si hay personal suficiente, por supuesto.

Así que la solución menos insatisfactoria es hacer bien los horarios personales de los profesores, inclumplir los ratios máximos de guardia y elevar un informe al servicio de inspección de que tales ratios no se pueden cumplir para que ésta informe a la Delegación correspondiente de que tales ratios no se cumplen.

De ese modo, si ocurre alguna desgracia durante una guardia la culpa no es del profesor de guardia, ni del director, ni del inspector. Es del político que tuvo un informe delante advirtiendole de las consecuencias y lo obvió.

Así que espero que el inspector no sea tan imbécil como para cubrir al político, porque si lo hace es él el que se va a comer la denuncia. Y el político, por supuesto, mirará para otro lado, que ya se sabe que Roma no paga traidores.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 30 Septiembre, 2016, 22:08:23 PM
Más normativa util:

Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

CAPÍTULO IV

Horarios

Artículo 10. Elaboración de los horarios.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 73.f) del Reglamento Orgánico de los centros a los que se refiere la presente Orden, la jefatura de estudios elaborará, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del centro, el horario lectivo del alumnado y el horario individual del profesorado, de acuerdo con lo establecido en este Capítulo y con los criterios incluidos en el proyecto educativo y velará por su estricto cumplimiento.

3. El director o directora del centro aprobará los horarios a los que se refieren los dos apartados anteriores, una vez comprobado que se han respetado los criterios incluidos en el proyecto educativo, lo establecido en este Capítulo y demás normativa que resulte de aplicación.


Orden de 26 de julio de 2016, por la que se establece el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para el período 2016-2019.

ASPECTOS RELEVANTES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS: FACTORES CLAVE

1.1.2. Horario de Centro (general, del profesorado, del alumnado, de actividades complementarias y extraescolares, de
apertura,...).

ACCIONES BÁSICAS A CONSIDERAR EN LOS PROCESOS DE SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y ASESORAMIENTO NORMATIVO QUE REALIZA LA INSPECCIÓN EDUCATIVA

- Ajuste de los horarios a lo establecido en norma y a los criterios del centro.
- Adecuada grabación en el Sistema de Información Séneca.
- Difusión y aceptación de los horarios entre la Comunidad educativa.

RESULTADOS A CONSEGUIR

Horarios acordes con la norma y criterios del centro, grabados en el Sistema de Información Séneca, con difusión, y aceptación en la Comunidad educativa en todos los centros
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 30 Septiembre, 2016, 22:13:37 PM
Sería posible establecer una duración de media hora para las reuniones de tutores y para las de Departamento y así dejar la administrativa donde le corresponde???

rantanplan:

"7. ¿Cuánto dura la reunión de departamento?

OEDU establece que una hora, pero la normativa andaluza no indica nada y, además, es discutible que este aspecto sea aplicable, puesto que la redacción sólo indica que el horario podrá contemplar y además, la existencia de los departamentos entra dentro de la organización de los centros que es competencia exclusiva de la comunidad. Consecuentemente si se reunen o no y por cuanto tiempo tambiién cabría pensar que es competencia exclusiva. "


Así el asunto estaría resuelto y habría 25 horas exactas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 01 Octubre, 2016, 02:03:08 AM
USTEA ha publicado (http://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/09/20160718_Borrador_de_Acta.pdf) el borrador del acta de la Mesa Sectorial de 18 de julio en la que se trataron las Instrucciones y se aprecia claramente tanto la postura contraria de los sindicatos como la contestación de la CEJA:

La Sra. Directora General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos informa que el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, mermaba en 720 millones el presupuesto de Capítulo I y que si se hubiese hecho todo lo que se establecía en el mismo, se hubiesen perdido cerca de 8.000 puestos de trabajo y no 4.523. La Ley de Presupuestos de Andalucía fija unas partidas, las cuales no se han aumentado, por tanto, si no hay un incremento presupuestario no hay otra posibilidad para iniciar el curso 2016/2017.

El Sr. Director General de Ordenación Educativa hace una reflexión en la que indica que las 25 horas no son el problema y que esta instrucción no van a modificar que 25 es el límite máximo de horario regular. Considera que la Instrucción es un acto de responsabilidad y que pretende pasar el curso 2016/2017 de la mejor forma posible. Los incrementos de plantillas se notarán ya este curso y en mayor medida el curso siguiente.


Y eso es todo, como dije, una cuestión política y presupuestaria.

Siguiente punto del día...


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 01 Octubre, 2016, 09:14:23 AM
Cita de: respublica en 01 Octubre, 2016, 02:03:08 AMY eso es todo, como dije, una cuestión política y presupuestaria.

Claro que es un  problema presupuestario. Y en ese caso lo que deben hacer es pedirme por favor que haga una guardia más y que tal guardia de más se refleje en mi horario. Eso también incumple la ley, pero con mi aquiescencia. O no, porque es una hora de "voluntariado".

Lo que no pueden hacer es saltarse la ley y tomarnos por imbéciles, que es lo que están haciendo.

Otra opción es que hubieran redactado una orden. Total, para la de la redacción del concursillo, por chapuceros e inútiles, acabaron tardando quince días.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 01 Octubre, 2016, 09:25:31 AM
Cita de: rantanplan en 30 Septiembre, 2016, 20:10:34 PM
Cita de: respublica en 29 Septiembre, 2016, 19:10:57 PM
El problema no son las Instrucciones sino que no cabe todo el horario regular en 25 horas.

No, en un horario regular de 25 horas cabe todo y en uno de 24 también... si hay personal suficiente, por supuesto.

Así que la solución menos insatisfactoria es hacer bien los horarios personales de los profesores, inclumplir los ratios máximos de guardia y elevar un informe al servicio de inspección de que tales ratios no se pueden cumplir para que ésta informe a la Delegación correspondiente de que tales ratios no se cumplen.

De ese modo, si ocurre alguna desgracia durante una guardia la culpa no es del profesor de guardia, ni del director, ni del inspector. Es del político que tuvo un informe delante advirtiendole de las consecuencias y lo obvió.

Así que espero que el inspector no sea tan imbécil como para cubrir al político, porque si lo hace es él el que se va a comer la denuncia. Y el político, por supuesto, mirará para otro lado, que ya se sabe que Roma no paga traidores.

Tan solo hay que ver las noticias para ver la cantidad de funcionarios gilipollas que están cayendo en los casos de corrupción, en una proporción de varios de ellos por cada cargo político de medio pelo. Ocurre porque los funcionarios, no sé cuándo ni cómo, han olvidado cuál es su función principal. Esa función NO ES CUMPLIR TODAS LAS ÓRDENES. Es la de ser garantes de la legalidad vigente y las órdenes e instrucciones NO son legislación vigente. De hecho, como estamos viendo constantemente, no es raro que esas órdenes e instrucciones contradigan leyes de mayor rango. En ese caso no nos queda otra que plantarnos y DENUNCIAR esas ilegalidades.

Muchos ciudadanos consideran a los funcionarios como parásitos porque, con esta manera borreguil de proceder, hemos dejado de hacer el servicio por el que esos ciudadanos nos pagan. Les estamos dando la razón cuando miramos para otro lado por no querer líos o problemas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 01 Octubre, 2016, 09:31:53 AM
Cita de: respublica en 01 Octubre, 2016, 02:03:08 AM
USTEA ha publicado (http://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/09/20160718_Borrador_de_Acta.pdf) el borrador del acta de la Mesa Sectorial de 18 de julio en la que se trataron las Instrucciones y se aprecia claramente tanto la postura contraria de los sindicatos como la contestación de la CEJA:

La Sra. Directora General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos informa que el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, mermaba en 720 millones el presupuesto de Capítulo I y que si se hubiese hecho todo lo que se establecía en el mismo, se hubiesen perdido cerca de 8.000 puestos de trabajo y no 4.523. La Ley de Presupuestos de Andalucía fija unas partidas, las cuales no se han aumentado, por tanto, si no hay un incremento presupuestario no hay otra posibilidad para iniciar el curso 2016/2017.

El Sr. Director General de Ordenación Educativa hace una reflexión en la que indica que las 25 horas no son el problema y que esta instrucción no van a modificar que 25 es el límite máximo de horario regular. Considera que la Instrucción es un acto de responsabilidad y que pretende pasar el curso 2016/2017 de la mejor forma posible. Los incrementos de plantillas se notarán ya este curso y en mayor medida el curso siguiente.


Y eso es todo, como dije, una cuestión política y presupuestaria.

Siguiente punto del día...


Saludos.

Que los sindicatos dieran por buena esas respuesta es, se vea como se vea, un despropósito. Un político dice que se van a saltar la ley para pasar el trance como se pueda y los sindicatos lo dan por válido y dicen que ya verán. Nada nuevo bajo el sol.

Pero que nosotros, como funcionarios, no llenemos los juzgados de denuncias contra todo aquel funcionario, desde inspección hasta jefatura de estudios, que ose poner en marcha semejante ilegalidad manda huevos.

¿Cómo explico yo a mis alumnos que hay que respetar las leyes si la empresa que me paga se la pasa por el forro y se supone que debemos mirar para otro lado? Qué pena de país. Nadie hace lo que debe. Somos los campeones del mundo legislando y los campeones del universo en salto de leyes.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 01 Octubre, 2016, 09:39:08 AM
Cita de: respublica en 01 Octubre, 2016, 02:03:08 AM
La Sra. Directora General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos informa que el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, mermaba en 720 millones el presupuesto de Capítulo I y que si se hubiese hecho todo lo que se establecía en el mismo, se hubiesen perdido cerca de 8.000 puestos de trabajo y no 4.523. La Ley de Presupuestos de Andalucía fija unas partidas, las cuales no se han aumentado, por tanto, si no hay un incremento presupuestario no hay otra posibilidad para iniciar el curso 2016/2017.

El Sr. Director General de Ordenación Educativa hace una reflexión en la que indica que las 25 horas no son el problema y que esta instrucción no van a modificar que 25 es el límite máximo de horario regular. Considera que la Instrucción es un acto de responsabilidad y que pretende pasar el curso 2016/2017 de la mejor forma posible. Los incrementos de plantillas se notarán ya este curso y en mayor medida el curso siguiente.



Sigo pensando que si la duración de las reuniones de tutores y de departamento se pasan a media hora (creo que se puede hacer) no habría que haber formado este cisco.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 01 Octubre, 2016, 09:49:42 AM
Cita de: respublica en 01 Octubre, 2016, 02:03:08 AM
El Sr. Director General de Ordenación Educativa hace una reflexión en la que indica que las 25 horas no son el problema y que esta instrucción no van a modificar que 25 es el límite máximo de horario regular. Considera que la Instrucción es un acto de responsabilidad y que pretende pasar el curso 2016/2017 de la mejor forma posible..[/tt]

No se puede mentir tanto en tan pocas palabras.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 01 Octubre, 2016, 10:14:24 AM
Cita de: jmcala en 01 Octubre, 2016, 09:31:53 AM
Que los sindicatos dieran por buena esas respuesta es, se vea como se vea, un despropósito. Un político dice que se van a saltar la ley para pasar el trance como se pueda y los sindicatos lo dan por válido y dicen que ya verán. Nada nuevo bajo el sol.

Pero que nosotros, como funcionarios, no llenemos los juzgados de denuncias contra todo aquel funcionario, desde inspección hasta jefatura de estudios, que ose poner en marcha semejante ilegalidad manda huevos.

¿Cómo explico yo a mis alumnos que hay que respetar las leyes si la empresa que me paga se la pasa por el forro y se supone que debemos mirar para otro lado? Qué pena de país. Nadie hace lo que debe. Somos los campeones del mundo legislando y los campeones del universo en salto de leyes.

Exacto.

Nunca olvidaré una frase
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 01 Octubre, 2016, 10:20:14 AM
Cita de: jmcala en 01 Octubre, 2016, 09:31:53 AM
Que los sindicatos dieran por buena esas respuesta es, se vea como se vea, un despropósito. Un político dice que se van a saltar la ley para pasar el trance como se pueda y los sindicatos lo dan por válido y dicen que ya verán. Nada nuevo bajo el sol.

Pero que nosotros, como funcionarios, no llenemos los juzgados de denuncias contra todo aquel funcionario, desde inspección hasta jefatura de estudios, que ose poner en marcha semejante ilegalidad manda huevos.

¿Cómo explico yo a mis alumnos que hay que respetar las leyes si la empresa que me paga se la pasa por el forro y se supone que debemos mirar para otro lado? Qué pena de país. Nadie hace lo que debe. Somos los campeones del mundo legislando y los campeones del universo en salto de leyes.

Perdón, se me fue el dedo (qué rollo no poder editar).

Como decía, nunca olvidaré una frase que me dijo una compañera de instituto hace años: "las normas están para saltárselas". Tan pancha se quedó. Y a lo largo del tiempo en este trabajo me he dado cuenta de que no era el caso aislado de una profesora con un peculiar sentido de los escrúpulos y el deber sino una concepción generalizada de cómo deben funcionar (y desgraciadamente funcionan) las cosas en esta profesión.

La culpa es nuestra, sí, empezando por cuando justificamos a nuestros equipos directivos cuando se saltan la ley porque "son compañeros y están entre la espada y la pared". Son compañeros cuando y para lo que quieren que para otras cosas bien que hacen de jefecillos. Y si están entre la espada y la pared que elijan, que disparen hacia arriba y no hacia abajo y le dejen claro a sus superiores que con las órdenes que les dan es imposible cumplir la normativa vigente y que como su primera función es cumplir y hacer cumplir la ley, si no les dejan otra dimitirán en masa porque no les permiten hacer su trabajo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 01 Octubre, 2016, 11:37:49 AM
Cita de: toroloco en 01 Octubre, 2016, 09:39:08 AMSigo pensando que si la duración de las reuniones de tutores y de departamento se pasan a media hora (creo que se puede hacer) no habría que haber formado este cisco.

Yo no tengo reunión de tutores porque soy tutor de postobligatoria y me han cascado una guardia de más: debería tener una y tengo dos.

Esa solución, que yo creo que sí es legal, permitiría que los tutores de ESO hicieran dos guardias y no una; pero es que hay centros en los que les han puesto 3.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 09:30:39 AM
Cita de: Albariza en 01 Octubre, 2016, 10:20:14 AMLa culpa es nuestra, sí, empezando por cuando justificamos a nuestros equipos directivos cuando se saltan la ley porque "son compañeros y están entre la espada y la pared". Son compañeros cuando y para lo que quieren que para otras cosas bien que hacen de jefecillos. Y si están entre la espada y la pared que elijan, que disparen hacia arriba y no hacia abajo y le dejen claro a sus superiores que con las órdenes que les dan es imposible cumplir la normativa vigente y que como su primera función es cumplir y hacer cumplir la ley, si no les dejan otra dimitirán en masa porque no les permiten hacer su trabajo.

Como has citado expresiones que he usado yo en este hilo, me voy a dar por aludido.

Las directivas tienen que mantener un difícil equilibrio entre guerrear con la administración y conseguir que les den lo que es necesario para el centro. Y tratar siempre a la delegación a cara de perro no es, por supuesto, la mejor estrategia.

Me imagino que, cuando pontificas diciendo que deberían dimitir, lo haces sentadito en la tumbona de la playa mientras esperas que otro se acerque a los charcos y se moje el culo para coger las lapas. El mecanismo de la dimisión es más testimonial que otra cosa, porque la inspección no acepta la dimisión, o la acepta pero cuando acabe el curso, y ajo y agua. Es más una cuestión de dignidad que de eficacia. El mecanismo real que tiene un instituto para combatir las cacicadas es constituir un comité de huelga (no hace faltan sindicatos) y convocar una hasta que se solucione el problema, pero, claro, eso te obliga a levantarte de la tumbona y es mejor mandar a la dirección a las piedras y quejarte si no te ha encontrado las suficientes lapas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 02 Octubre, 2016, 09:56:26 AM
Si yo dimito, rantanplan, me la suda lo que diga la inspección. Presento mi dimisión irrevocable y dejó de hacer mis funciones. Fin del conflicto.

Si algún inspector es tan lerdo como para querer forzarme a desempeñar el cargo se encontrará con alguien que le generará todo tipo de problemas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Albariza en 02 Octubre, 2016, 11:10:16 AM
Cita de: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 09:30:39 AM
Cita de: Albariza en 01 Octubre, 2016, 10:20:14 AMLa culpa es nuestra, sí, empezando por cuando justificamos a nuestros equipos directivos cuando se saltan la ley porque "son compañeros y están entre la espada y la pared". Son compañeros cuando y para lo que quieren que para otras cosas bien que hacen de jefecillos. Y si están entre la espada y la pared que elijan, que disparen hacia arriba y no hacia abajo y le dejen claro a sus superiores que con las órdenes que les dan es imposible cumplir la normativa vigente y que como su primera función es cumplir y hacer cumplir la ley, si no les dejan otra dimitirán en masa porque no les permiten hacer su trabajo.

Como has citado expresiones que he usado yo en este hilo, me voy a dar por aludido.

Las directivas tienen que mantener un difícil equilibrio entre guerrear con la administración y conseguir que les den lo que es necesario para el centro. Y tratar siempre a la delegación a cara de perro no es, por supuesto, la mejor estrategia.

Me imagino que, cuando pontificas diciendo que deberían dimitir, lo haces sentadito en la tumbona de la playa mientras esperas que otro se acerque a los charcos y se moje el culo para coger las lapas. El mecanismo de la dimisión es más testimonial que otra cosa, porque la inspección no acepta la dimisión, o la acepta pero cuando acabe el curso, y ajo y agua. Es más una cuestión de dignidad que de eficacia. El mecanismo real que tiene un instituto para combatir las cacicadas es constituir un comité de huelga (no hace faltan sindicatos) y convocar una hasta que se solucione el problema, pero, claro, eso te obliga a levantarte de la tumbona y es mejor mandar a la dirección a las piedras y quejarte si no te ha encontrado las suficientes lapas.

A lo mejor te hablo sentadita (soy mujer, lo pone en mi perfil) en la tumbona de la playa o a lo mejor mientras escalo el Himalaya. Es irrelevante. Tú no me conoces ni yo a ti y te puedes imaginar lo que quieras respecto a mi personalidad, seguramente de manera más errada que acertada, pero como te digo es irrelevante, estamos debatiendo sobre ideas y planteamientos. Recurrir a la descalificación personal me ha parecido siempre el comodín más facilón de todos.

Se puede, como dice Jmcala, no participar de la farsa si uno no quiere. Nadie está realmente entre la espada y la pared. Si participas es en último extremo porque quieres y te interesa, así que la excusa esa de que "es que no me queda más remedio que hacer lo que me dicen aún a sabiendas de que es ilegal y vulnera vuestros derechos laborales" me sigue sin valer. Uno se retira del tablero o bien admite que, por lo que sea, acepta el soborno y decide formar parte del juego, pero al menos es honesto y lo reconoce. Los equipos directivos y nosotros, que ya he dicho varias veces que somos los primeros que admitimos irregularidades de todo tipo a cambio de no tensar demasiado la cuerda, o de obtener cierta flexibilidad por otras partes, o porque reservamos energías para pelear por otras cosas que a lo mejor nos parecen más relevantes, o por ignorancia, o por comodidad... De todo hay. Y que por eso a pesar de hilos como estos en los que parece que vamos a quemar el mundo si siguen adelante los horarios ilegales al final todo sigue igual, horarios ilegales incluidos, y no pasa nada. Y a mí me da pena porque cuando luego salen en los periódicos los grandes casos de corrupción institucional no puedo dejar de tener la sensación de que todo forma en realidad parte de lo mismo y que todos (yo la primera, lo repito por si mi autocrítica sigue sin quedar clara) formamos parte de lo mismo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 11:37:51 AM
Cita de: Albariza en 02 Octubre, 2016, 11:10:16 AMA lo mejor te hablo sentadita (soy mujer, lo pone en mi perfil) en la tumbona de la playa o a lo mejor mientras escalo el Himalaya. Es irrelevante.

No, no es irrelevante: lo que es irrelevante es que seas mujer, en lo cual, por su irrelevancia, no había reparado. Tenemos (todos) la mala costumbre de exigir a los demás lo que no nos exigimos a nosotros mismos. Si particularicé en ti, lo siento, pero es una crítica general al gremio. Directivas que dimitan porque no llegan los docentes necesarios a su centro, hay pocas; claustros que convoquen una huelga por ese motivo, ninguno. De modo que a mi juicio, criticar a las directivas en general, siendo docente, me parece, cuando menos, o cínico o inadecuado.

Eso con independencia de que tú sigas o no la norma general del gremio, que es de vergüenza.

Reitero, no obstante, mis disculpas.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 02 Octubre, 2016, 11:57:22 AM
http://m.ideal.es/granada/201609/16/dimite-directiva-colegio-carmenes-20160916132735.html (http://m.ideal.es/granada/201609/16/dimite-directiva-colegio-carmenes-20160916132735.html)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 13:39:09 PM
El viernes por la tarde respondieron a mi soicitudf para que subsanaran el error. La respuesta fue esta:

CitarEstimado usuario:

La modificación de datos en la aplicación, siempre que no se trate de un error específico, debe ser solicitada desde la Delegación Territorial para que informe  a los compañeros de desarrollo Séneca o bien a la Dirección General correspondiente.

Reciba un cordial saludo,

Servicio CAUCE

Lejos de darme por satisfecho, he mantenida abierta la incidencia y he contestado esto otro:

CitarDado que tengo que notificar errores específicos, le reformulo la petición:

En la parte "Personal>Horario>No regular" aparece erróneamente la leyenda "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17)" cuando debería decir "Tutoría electrónica (Curso 2016/17)" que es a la única que refiere la instrucción del 26 de julio de 2016. Ruego que corrijan este error de redacción si, como es presumible, se debió a un error de digitalización del encargado de incluir tal campo. Si no es así, remítame de nuevo a mi Delegación Territorial, para que yo aclare con ellos este punto y sean ellos los que les pidan que subsanen el error.

Muchas gracias.

O sea que o lo corrigen o me confirman que no es un error informático al modificar la aplicación.

Al hilo de esto, si me confirman que no es un error de digitalización, imagino que puedo cursar esa petición a mi delegación a través del registro de entrada del centro, ¿no? Mi intención es pedirle que se pongan en contacto con Séneca para que eliminen ese apartado y enviarles adjunta a la petición una copia impresa de mi conversación con CAUCE.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 13:44:57 PM
Cita de: toroloco en 02 Octubre, 2016, 11:57:22 AM
http://m.ideal.es/granada/201609/16/dimite-directiva-colegio-carmenes-20160916132735.html (http://m.ideal.es/granada/201609/16/dimite-directiva-colegio-carmenes-20160916132735.html)

Habrá quien aplauda pero yo lo veo como una rendición.

¿Qué pasará ahora en ese colegio? Que la delegación nombrará a una dirección afín y fin del problema.

El claustro de ese colegio saldrá perdiendo y si otras directivas se rinden pasará igual, serán sustituidas por otras pro administración y perderemos todos.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 13:49:29 PM
Cita de: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 13:39:09 PM
El viernes por la tarde respondieron a mi soicitudf para que subsanaran el error. La respuesta fue esta:

CitarEstimado usuario:

La modificación de datos en la aplicación, siempre que no se trate de un error específico, debe ser solicitada desde la Delegación Territorial para que informe  a los compañeros de desarrollo Séneca o bien a la Dirección General correspondiente.

Reciba un cordial saludo,

Servicio CAUCE

Lejos de darme por satisfecho, he mantenida abierta la incidencia y he contestado esto otro:

CitarDado que tengo que notificar errores específicos, le reformulo la petición:

En la parte "Personal>Horario>No regular" aparece erróneamente la leyenda "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17)" cuando debería decir "Tutoría electrónica (Curso 2016/17)" que es a la única que refiere la instrucción del 26 de julio de 2016. Ruego que corrijan este error de redacción si, como es presumible, se debió a un error de digitalización del encargado de incluir tal campo. Si no es así, remítame de nuevo a mi Delegación Territorial, para que yo aclare con ellos este punto y sean ellos los que les pidan que subsanen el error.

Muchas gracias.

O sea que o lo corrigen o me confirman que no es un error informático al modificar la aplicación.

Al hilo de esto, si me confirman que no es un error de digitalización, imagino que puedo cursar esa petición a mi delegación a través del registro de entrada del centro, ¿no? Mi intención es pedirle que se pongan en contacto con Séneca para que eliminen ese apartado y enviarles adjunta a la petición una copia impresa de mi conversación con CAUCE.

Te van a seguir mareando hasta que te aburras.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 02 Octubre, 2016, 14:19:19 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 13:49:29 PM
Cita de: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 13:39:09 PM
El viernes por la tarde respondieron a mi soicitudf para que subsanaran el error. La respuesta fue esta:

CitarEstimado usuario:

La modificación de datos en la aplicación, siempre que no se trate de un error específico, debe ser solicitada desde la Delegación Territorial para que informe  a los compañeros de desarrollo Séneca o bien a la Dirección General correspondiente.

Reciba un cordial saludo,

Servicio CAUCE

Lejos de darme por satisfecho, he mantenida abierta la incidencia y he contestado esto otro:

CitarDado que tengo que notificar errores específicos, le reformulo la petición:

En la parte "Personal>Horario>No regular" aparece erróneamente la leyenda "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17)" cuando debería decir "Tutoría electrónica (Curso 2016/17)" que es a la única que refiere la instrucción del 26 de julio de 2016. Ruego que corrijan este error de redacción si, como es presumible, se debió a un error de digitalización del encargado de incluir tal campo. Si no es así, remítame de nuevo a mi Delegación Territorial, para que yo aclare con ellos este punto y sean ellos los que les pidan que subsanen el error.

Muchas gracias.

O sea que o lo corrigen o me confirman que no es un error informático al modificar la aplicación.

Al hilo de esto, si me confirman que no es un error de digitalización, imagino que puedo cursar esa petición a mi delegación a través del registro de entrada del centro, ¿no? Mi intención es pedirle que se pongan en contacto con Séneca para que eliminen ese apartado y enviarles adjunta a la petición una copia impresa de mi conversación con CAUCE.

Te van a seguir mareando hasta que te aburras.


Saludos.

Es muy lamentable que tengamos que aguantar todo esto. Esta gente funciona así, sólo entienden el camino del juzgado, mientras tanto muchos ciudadanos agredidos por su impunidad tenemos que aguantarlo. Si cada vez que se dictara sentencia favorable al demandante rodaran cabezas no ocurriría esto. Griñán ya sabe de esto, lastima que haya que esñerar tanto.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 14:30:50 PM
Griñán dimitió, ¿y qué? Puso a una de su confianza en su sitio y todo siguió igual o más bien peor.

El camino de los juzgados es largo, lento, costoso y en casi todos los casos inútil.

El gobierno y sus políticas no se cambian en juzgados, se puede cambiar con el voto, las protestas continuadas y las huelgas efectivas y lo demás es irrelevante e incluso complicidad.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 02 Octubre, 2016, 16:23:08 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 14:30:50 PM
Griñán dimitió, ¿y qué? Puso a una de su confianza en su sitio y todo siguió igual o más bien peor.

El camino de los juzgados es largo, lento, costoso y en casi todos los casos inútil.

El gobierno y sus políticas no se cambian en juzgados, se puede cambiar con el voto, las protestas continuadas y las huelgas efectivas y lo demás es irrelevante e incluso complicidad.


Saludos.
Para mí, el camino del juzgado me ha sido 100% efectivo, desconozco si quienes no actuaron eficientemente sufrieron las consecuencias, me temo que al haber actuado en cadena nadie tuvo que asumir la responsabilides..

El voto, las "huelgas" , las protestas, movilizaciones...etc están ahí, pero por lo que se ve, hoy en día no sirven para nada, la sociedad está aborregada y tienen lo que merecen aunque muchos tengamos que pagarlo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 02 Octubre, 2016, 17:11:17 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 14:30:50 PM
Griñán dimitió, ¿y qué? Puso a una de su confianza en su sitio y todo siguió igual o más bien peor.

El camino de los juzgados es largo, lento, costoso y en casi todos los casos inútil.

El gobierno y sus políticas no se cambian en juzgados, se puede cambiar con el voto, las protestas continuadas y las huelgas efectivas y lo demás es irrelevante e incluso complicidad.


Saludos.
Que se lo digan a Granados, Fabra o algunos otros que fueron destapados por la denuncia de un funcionario.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 18:10:40 PM
Cita de: jmcala en 02 Octubre, 2016, 17:11:17 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 14:30:50 PM
Griñán dimitió, ¿y qué? Puso a una de su confianza en su sitio y todo siguió igual o más bien peor.

El camino de los juzgados es largo, lento, costoso y en casi todos los casos inútil.

El gobierno y sus políticas no se cambian en juzgados, se puede cambiar con el voto, las protestas continuadas y las huelgas efectivas y lo demás es irrelevante e incluso complicidad.


Saludos.
Que se lo digan a Granados, Fabra o algunos otros que fueron destapados por la denuncia de un funcionario.

No tiene nada que ver con lo que hablamos aquí.

Ninguna de esas denuncias cambió leyes, decretos u órdenes.

Ni tan siquiera instrucciones.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 02 Octubre, 2016, 18:50:17 PM
Al hilo de lo que discutís, creo que ambas herramientas son complementarias o quizás una más útil que la otra dependiendo del caso que se pretenda resolver:

- Si se incumple  la normativa (caso de los horarios), creo que lo más eficiente es denunciar al responsable de que se incumpla la normativa.
- Si lo que ocurre es que alguien hace a saber qué números para no mandar un docente a un centro (caso que ha expuesto toroloco), lo más eficiente es presionar con una huelga.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 02 Octubre, 2016, 19:33:31 PM
Esas denuncias, respublica, fueron motivadas por alguien que se negó a hacer lo que le decían. ¿El caso de los cursos de formación en Andalucía no estaba avalado por las correspondientes normas para que se pudiera malversar el dinero? Sí que lo estaba. Pero esas normas eran claramente ilegales, como parece que los tribunales consideran.

En España no hay otra solución que la de denunciar a los políticos que legislan y regulan sin cumplir con la ley.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:10:15 PM
Como arma política las denuncias ante los tribunales no dan votos, que se lo digan a UPD, y los denunciados tampoco los pierden, que se lo digan al PP.

De igual manera ante una demanda laboral que no es una situación particular los tribunales sirven de poco, salvo casos muy aislados.

Para conseguir mejoras laborales o no perderlas, que cada uno por su cuenta emprenda una lucha desigual contra el aparato del estado o de una gran multinacional, sirve de poco.

Hay que concienciarse, unirse, organizarse y participar activamente en un plan de movilizaciones que le hagan ver a quienes mandan que si quieren abusar van a tener que enfrentarse a una gran fuerza y que les merece más la pena negociar que imponer.

Está todo inventado y desde hace siglos.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 02 Octubre, 2016, 20:20:48 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:10:15 PM
Hay que concienciarse, unirse, organizarse y participar activamente en un plan de movilizaciones que le hagan ver a quienes mandan que si quieren abusar van a tener que enfrentarse a una gran fuerza y que les merece más la pena negociar que imponer.

Está todo inventado y desde hace siglos.

Hoy en día, por desgracia, eso es utopía.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:27:50 PM
Cita de: toroloco en 02 Octubre, 2016, 20:20:48 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:10:15 PM
Hay que concienciarse, unirse, organizarse y participar activamente en un plan de movilizaciones que le hagan ver a quienes mandan que si quieren abusar van a tener que enfrentarse a una gran fuerza y que les merece más la pena negociar que imponer.

Está todo inventado y desde hace siglos.

Hoy en día, por desgracia, eso es utopía.

¿Y quiénes son los responsables?


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 02 Octubre, 2016, 22:20:53 PM
Respublica, ¿conoces cómo funcionan los comités de empresa en las multinacionales? ¿Eres conocedor de cómo se negocian las jornadas de huelga general o del sector en concreto?

Los que mandan han logrado desmantelar la huelga y las manifestaciones como arma de nada. ¿Ha servido de algo la "primavera árabe" que tuvo su origen en protestas y movilizaciones masivas?

Sólo el boicot y la justicia internacional parece que siguen funcionando. Sería inteligente recurrir a esas armas mientras se diseñan nuevos modos de presión.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 02 Octubre, 2016, 22:32:32 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:27:50 PM
Cita de: toroloco en 02 Octubre, 2016, 20:20:48 PM
Cita de: respublica en 02 Octubre, 2016, 20:10:15 PM
Hay que concienciarse, unirse, organizarse y participar activamente en un plan de movilizaciones que le hagan ver a quienes mandan que si quieren abusar van a tener que enfrentarse a una gran fuerza y que les merece más la pena negociar que imponer.

Está todo inventado y desde hace siglos.

Hoy en día, por desgracia, eso es utopía.

¿Y quiénes son los responsables?


Saludos.

Es obvio.

Mientras tanto y hasta que el ciudadano despierte del letargo ignorante hay que agarrarse a los únicos mecanismos existentes por ineficientes que sean.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 03 Octubre, 2016, 09:52:46 AM


Cita de: jmcala en 02 Octubre, 2016, 22:20:53 PM
Respublica, ¿conoces cómo funcionan los comités de empresa en las multinacionales? ¿Eres conocedor de cómo se negocian las jornadas de huelga general o del sector en concreto?

Sí, lo conozco bien.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 03 Octubre, 2016, 09:56:07 AM


Cita de: jmcala en 02 Octubre, 2016, 22:20:53 PM
¿Ha servido de algo la "primavera árabe" que tuvo su origen en protestas y movilizaciones masivas?

La "primavera árabe" la montó la CIA y consiguió lo que pretendía, que era derrocar a algunos gobiernos.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 03 Octubre, 2016, 10:10:45 AM


Cita de: jmcala en 02 Octubre, 2016, 22:20:53 PM
Los que mandan han logrado desmantelar la huelga y las manifestaciones como arma de nada.

En una empresa privada, en un entorno de precariedad mucho desempleo los trabajadores se juegan su puesto de trabajo al plantarle cara a la empresa para defender sus derechos.

Pero en la administración pública, con trabajadores sin miedo a represalias de ningún tipo, ¿por qué no se movilizan con todos los medios a su alcance para defender sus derechos?

No son los que mandan los que lo impiden, son los trabajadores del sector público, que están desclasados, que cada uno va a lo suyo individualmente sin conciencia alguna de colectivo y sin ninguna fe en su capacidad de conseguir nada.


Saludos.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 03 Octubre, 2016, 11:10:03 AM
Mientras los centros estén abiertos y los padres dejen allí a sus hijos, nada de lo que hagamos tendrá repercusión. Y de eso se han encargado ya nuestros políticos. Los llaman servicios mínimos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lixsi2 en 03 Octubre, 2016, 13:58:04 PM
Este año yo creo que ya se están superando los límites de más mínima decencia. Todos estamos perjudicados por el horario, sea por las famosas asignaturas afines (que es un apaño legal para ponernos a dar de todo, a mi me han rellenado 8 horas) y por los incumplimentos legales de la tutoría y muchos otros. Esto es generalizado, en todos los centros en donde tengo compañeros pasa lo mismo. Esto ya no se va a resolver con reclamaciones individuales -que por supuesto hay que hacer también-. Como no se haga una reclamación colectiva o utilicemos otros métodos, tales como la huelga o cualquier otro de presión, esto va a ir cada vez a peor.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 03 Octubre, 2016, 14:32:19 PM
Cita de: jmcala en 03 Octubre, 2016, 11:10:03 AMMientras los centros estén abiertos y los padres dejen allí a sus hijos, nada de lo que hagamos tendrá repercusión. Y de eso se han encargado ya nuestros políticos. Los llaman servicios mínimos.

Afortunadamente hay padres que se preocupan por la formación de sus hijos y AMPAS muy implicadas con su centro. Dudo que ante una huelga convocada en el propio centro, se contentasen con aparcar todas las mañanas a su hijo en el instituto o el colegio y recogerlos a la hora de comer.

Es más, en el caso de que la huelga sea por motivos tales como que falta personal en el instituto son los primeros que la apoyarán y se manifestarán para solucionar el problema. Más si saben que a los profesores o maestros de sus hijos les está costando la acción dinero.

Desgraciadamente, si cuando se recortó en Educación en vez de coches oficiales, no se convocó una huelga (de las de verdad, no de las de mentirijilla), no creo que sea posible que se convoque jamás una. Y de eso la culpa la tenemos exclusivamente nosotros.

Coincido en mucho de lo que dice respublica (incluidas sus apreciaciones sobre las revueltas populares), pero no en que considere que en este caso las reclamaciones no son útiles. De todos modos, más que discutir nos basta esperar los resultados. Por lo pronto mi horario sigue en séneca con 26 horas de horario regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 04 Octubre, 2016, 15:32:51 PM
Nuevas reacciones.

Tutor con 20 h.  de regular lectivo con 2 h. de tutoría incluidas. 6 horas de regular no lectivo (1 reunión dpto, 1 reunión tutores, 2 guardias y 2 tutorías). Se graba así en Séneca, se hace escrito argumentando su ilegalidad y........sorpresa, desaparece por orden de magia la tutoría administrativa de tutor a la que obliga el art.9.1 y 9.2 de la Orden de 20 de agosto de 2010. Y ya está, 25 h. de regular y 5h. de no fijo o irregular.
La dureza facial y la impunidad les caeacterizan. Te modifican el horario y encima lo hacen más ilegal todavía......Una vergüenza.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 04 Octubre, 2016, 18:25:37 PM
Cita de: toroloco en 04 Octubre, 2016, 15:32:51 PM
Nuevas reacciones.

Tutor con 20 h.  de regular lectivo con 2 h. de tutoría incluidas. 6 horas de regular no lectivo (1 reunión dpto, 1 reunión tutores, 2 guardias y 2 tutorías). Se graba así en Séneca, se hace escrito argumentando su ilegalidad y........sorpresa, desaparece por orden de magia la tutoría administrativa de tutor a la que obliga el art.9.1 y 9.2 de la Orden de 20 de agosto de 2010. Y ya está, 25 h. de regular y 5h. de no fijo o irregular.
La dureza facial y la impunidad les caeacterizan. Te modifican el horario y encima lo hacen más ilegal todavía......Una vergüenza.

¿Quién ha modificado el horario?

Mi horario sigue con 26 horas de horario lectivo. Puedo seguir modificándolo, señal de que aún el centro no lo ha dado por definitivo y, por tanto, el inspector ha podido supervisar nada. Si a finales de semana, sigue igual, le consultaré al director.

En CAUCE no me han respondido aún: es raro porque han tenido el día de ayer y la mañana de hoy para hacerlo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 04 Octubre, 2016, 18:56:33 PM
Cita de: rantanplan en 04 Octubre, 2016, 18:25:37 PM
Cita de: toroloco en 04 Octubre, 2016, 15:32:51 PM
Nuevas reacciones.

Tutor con 20 h.  de regular lectivo con 2 h. de tutoría incluidas. 6 horas de regular no lectivo (1 reunión dpto, 1 reunión tutores, 2 guardias y 2 tutorías). Se graba así en Séneca, se hace escrito argumentando su ilegalidad y........sorpresa, desaparece por orden de magia la tutoría administrativa de tutor a la que obliga el art.9.1 y 9.2 de la Orden de 20 de agosto de 2010. Y ya está, 25 h. de regular y 5h. de no fijo o irregular.
La dureza facial y la impunidad les caeacterizan. Te modifican el horario y encima lo hacen más ilegal todavía......Una vergüenza.

¿Quién ha modificado el horario?

Jefatura de Estudios, con toda su jeta, además, de forma chulesca y despótica.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 04 Octubre, 2016, 19:24:44 PM
¿Entiendo mal lo que planteas o han obviado las instrucciones y se han ceñido a la Orden?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 04 Octubre, 2016, 19:31:43 PM
Cita de: jmcala en 04 Octubre, 2016, 19:24:44 PM
¿Entiendo mal lo que planteas o han obviado las instrucciones y se han ceñido a la Orden?

La Orden la han obviado en artículo 9.1, han quitado la tutoría administrativa del horario de un plumazo, estaba a 26 horas de regular y ha quedado en 25 h. No la han pasado a "tutoría administrativa o electrónica" como dicen las Instrucciones. Finalmente sólo aparecen 3 horas de tutoría.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 04 Octubre, 2016, 20:15:37 PM
Ah, OK. Me había perdido.

Pues lo que procede es informar por escrito de la ilegalidad y, si no hay rectificación, denunciar.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 04 Octubre, 2016, 20:22:05 PM
Cita de: jmcala en 04 Octubre, 2016, 20:15:37 PM
Ah, OK. Me había perdido.

Pues lo que procede es informar por escrito de la ilegalidad y, si no hay rectificación, denunciar.

Así se hará. Esto me suena ya a coña, ya están en plan "echa horas invisibles"
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: naquia en 06 Octubre, 2016, 11:24:54 AM
Me gustaría dar las gracias a rantanplan y a todos los que habéis participado en este hilo porque gracias a la información que he recogido aquí puedo decir que a partir de hoy tengo un horario que, si bien no es bueno y ni siquiera es regular -nueve puntas, un día entero metido en el instituto...- al menos es legal.

Me la han intentado colar pero gracias a vosotros no lo han conseguido  8)

PD: Este hilo se merece chincheta. Es muy útil.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 07 Octubre, 2016, 16:42:49 PM
Cita de: naquia en 06 Octubre, 2016, 11:24:54 AM
Me gustaría dar las gracias a rantanplan y a todos los que habéis participado en este hilo porque gracias a la información que he recogido aquí puedo decir que a partir de hoy tengo un horario que, si bien no es bueno y ni siquiera es regular -nueve puntas, un día entero metido en el instituto...- al menos es legal.

Me la han intentado colar pero gracias a vosotros no lo han conseguido  8)

PD: Este hilo se merece chincheta. Es muy útil.

Enhorabuena, ¿serías tan amable de especificar en la medida de lo posible el proceso que has llevado para que se cumpla la normativa con tu horario?.

Tal vez, con tu experiencia, mucha gente que aparece temerosa o impasible ante la ilegalidad, encuentre el camino para lograrlo y a los demás nos proporcione ideas para afrontar este arduo proceso destinado al aburrimiento y finalización en el juzgado.

Muchas gracias.

Me uno a las felicitaciones al creador del hilo por su estupendo trabajo de recopilación de normativa y a todos los participantes que han aportado luz.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 07 Octubre, 2016, 19:18:34 PM
Ustea sobre las reuniones de órganos de coordinación docente (ORIENTACIONES PARA AJUSTAR LOS HORARIOS
REGULARES A LA NORMATIVA VIGENTE):

5. REUNIONES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.
 Según el art. 82.1 del Decreto 327/2010, son órganos de coordinación docente:
Los Equipos docentes, las áreas de competencia, los departamentos de orientación, el
departamento de formación, evaluación e innovación educativa, el Equipo Técnico
de Coordinación pedagógica, el departamento de actividades extraescolares y
complementarias, los departamentos de familia profesional.
 REUNIÓN DE DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. En el horario regular no lectivo deberá
figurar una hora semanal de reunión de departamento didáctico. Así lo establece la
orden 3388/2003, de 27 de noviembre, que modifica la orden de 29 de junio de 1994
(BOE 159 de 5 de julio). La orden de 2003 consolida el texto de 1994, que dice:
"Art 3. Los departamentos celebrarán reuniones semanales que serán de obligada asistencia para
todos sus miembros (...)
Art 4. Para hacer posible el cumplimiento de estas tareas y facilitar las reuniones periódicas entre
los componentes de un mismo departamento, los Jefes de estudios, al confeccionar los horarios,
reservarán una hora complementaria a la semana en la que los miembros de un mismo
departamento queden libres de otras actividades. Esta hora figurará en los respectivos horarios
individuales".
No es legal, por tanto, atribuir en el horario regular semanal ½ horas para dichas reuniones
de coordinación, ni establecer la hora de reunión con una periodicidad diferente a la
semanal.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 07 Octubre, 2016, 21:24:27 PM
Cita de: toroloco en 07 Octubre, 2016, 19:18:34 PMNo es legal, por tanto, atribuir en el horario regular semanal ½ horas para dichas reuniones
de coordinación, ni establecer la hora de reunión con una periodicidad diferente a la
semanal.

Ya he dicho en el hilo que en mi opinión esta afirmación es bastante dudosa (la del tiempo no la de la periodicidad que sí debe ser semanal, puesto que los departamentos son órganos de coordinación docente). La organización de los centros es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, tal y como establece, por ejemplo el Estatuto de Autonomía[/iurl]

(https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825)
CitarArtículo 52. Educación

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria, en relación con las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado, incluidas las enseñanzas de educación infantil, la competencia exclusiva, que incluye la programación y creación de centros públicos, su organización, régimen e inspección, el régimen de becas y ayudas con fondos propios, la evaluación, la garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación de directrices de actuación en materia de recursos humanos, las materias relativas a conocimiento de la cultura andaluza, los servicios educativos y las actividades complementarias y extraescolares, así como la organización de las enseñanzas no presenciales y semipresenciales.

Como consecuencia, que existan departamentos didácticos es competencia exclusiva de la Junta y cuáles son sus funciones y cuánto tiempo necesitan de reuniones para llevarlas a cabo también lo es. La normativa andaluza, que es la única competente, no indica tiempo alguno, así que debe entenderse que son los centros, en uso de su independencia organizativa los que deben establecerlo.

La orden nacional dice que una hora, pero en mi opinión y a  menos que me den un contrargumento convincente, este aspecto que tratamos sólo es aplicable en los centros que están bajo la tutela directa del ministerio. O sea, los de Ceuta y Melilla e imagino que los del extranjero.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 07 Octubre, 2016, 22:02:07 PM
Cita de: rantanplan en 07 Octubre, 2016, 21:24:27 PM
Cita de: toroloco en 07 Octubre, 2016, 19:18:34 PMNo es legal, por tanto, atribuir en el horario regular semanal ½ horas para dichas reuniones
de coordinación, ni establecer la hora de reunión con una periodicidad diferente a la
semanal.

Ya he dicho en el hilo que en mi opinión esta afirmación es bastante dudosa (la del tiempo no la de la periodicidad que sí debe ser semanal, puesto que los departamentos son órganos de coordinación docente). La organización de los centros es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, tal y como establece, por ejemplo el Estatuto de Autonomía[/iurl]

(https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825)
CitarArtículo 52. Educación

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria, en relación con las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado, incluidas las enseñanzas de educación infantil, la competencia exclusiva, que incluye la programación y creación de centros públicos, su organización, régimen e inspección, el régimen de becas y ayudas con fondos propios, la evaluación, la garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación de directrices de actuación en materia de recursos humanos, las materias relativas a conocimiento de la cultura andaluza, los servicios educativos y las actividades complementarias y extraescolares, así como la organización de las enseñanzas no presenciales y semipresenciales.

Como consecuencia, que existan departamentos didácticos es competencia exclusiva de la Junta y cuáles son sus funciones y cuánto tiempo necesitan de reuniones para llevarlas a cabo también lo es. La normativa andaluza, que es la única competente, no indica tiempo alguno, así que debe entenderse que son los centros, en uso de su independencia organizativa los que deben establecerlo.

La orden nacional dice que una hora, pero en mi opinión y a  menos que me den un contrargumento convincente, este aspecto que tratamos sólo es aplicable en los centros que están bajo la tutela directa del ministerio. O sea, los de Ceuta y Melilla e imagino que los del extranjero.

Estoy de acuerdo, la organización de los centros es competencia exclusiva de la comunidad y así lo interpreto yo.
Si partimos de la base de que los Directores revisan los horarios y los Inspectores deben "validarlos" , debe de ser legal la duración de media hora de dichas reuniones. En mi caso, en los dos últimos años así lo he grabado yo en Séneca y ni Dirección ni Inspección nos dijeron nada.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 12 Octubre, 2016, 13:11:33 PM
Una duda, en caso de no estar de acuerdo con el contenido del horario lectivo, ¿Se puede dejar sin firmar? ¿Se firma incluyendo que estás en desacuerdo?. ¿Hay por ahí algo en la normativa?.

Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 13 Octubre, 2016, 11:28:32 AM
Cita de: toroloco en 12 Octubre, 2016, 13:11:33 PM
Una duda, en caso de no estar de acuerdo con el contenido del horario lectivo, ¿Se puede dejar sin firmar? ¿Se firma incluyendo que estás en desacuerdo?. ¿Hay por ahí algo en la normativa?.

Gracias

CCOO:

"Firmar los horarios es una obligación del profesorado, pues sólo significa el recibí, a lo que nadie se puede negar y el firmarlos no implica que se acepten tal cual y se pueden y deben recurrir, si no se ajustan a la normativa, aunque es recomendable poner no conforme."
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Octubre, 2016, 12:24:04 PM
Cita de: toroloco en 12 Octubre, 2016, 13:11:33 PMUna duda, en caso de no estar de acuerdo con el contenido del horario lectivo, ¿Se puede dejar sin firmar? ¿Se firma incluyendo que estás en desacuerdo?. ¿Hay por ahí algo en la normativa?.

Pues a mí, hace años que no me los hacen firmar. En cualquier caso, siempre se puede poner "NO CONFORME" o "PRESENTA ERRORES" al echar la firma y, por supuesto, recurrirlos que es el único método válido y eficaz para mostrar el desacuerdo.

Por cierto que mi horario sigue siendo modificable, por lo que entiendo que no los han cerrado ni los ha supervisado aún el inspector. ¿Os pasa a alguno? A ver si pillo al director y le pregunto cómo va el proceso. No puedo hacer nada hasta que el inspector no les haya dado el visto bueno o haya mandado corregir mi horario (lo puse con 26 horas de horario regular).
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 13 Octubre, 2016, 13:09:14 PM
Cita de: rantanplan en 13 Octubre, 2016, 12:24:04 PM
Cita de: toroloco en 12 Octubre, 2016, 13:11:33 PMUna duda, en caso de no estar de acuerdo con el contenido del horario lectivo, ¿Se puede dejar sin firmar? ¿Se firma incluyendo que estás en desacuerdo?. ¿Hay por ahí algo en la normativa?.

Pues a mí, hace años que no me los hacen firmar. En cualquier caso, siempre se puede poner "NO CONFORME" o "PRESENTA ERRORES" al echar la firma y, por supuesto, recurrirlos que es el único método válido y eficaz para mostrar el desacuerdo.

Por cierto que mi horario sigue siendo modificable, por lo que entiendo que no los han cerrado ni los ha supervisado aún el inspector. ¿Os pasa a alguno? A ver si pillo al director y le pregunto cómo va el proceso. No puedo hacer nada hasta que el inspector no les haya dado el visto bueno o haya mandado corregir mi horario (lo puse con 26 horas de horario regular).

En mi caso ha sido revisado por el Equipo Directivo supongo y ha sido modificado pasando la administrativa al irregular ignorándo la solicitud de modificación basándose que las instrucciones del Inspector son esas y se han quitado el muerto de encima. Creo que  hoy era el día de la grabación definitiva y a partir de ahí, el Inspector revisará que han cumplido sus ordenes al dedillo y han introducido una tutoría administrativa en el horario irregular vulnerando la Orden de 20 de agosto y por supuesto las Instrucciones de 26 de Julio.

Ya nos han aburrido un ratito, ahora viene la segunda fase, le toca aburrirnos a la Inspección, después como han dictado a los equipos directivos unas Instrucciones que no son las Instrucciones del 26 de Julio deberán argumentarlo por escrito (cosa chunga). Llegados a este punto al juzgado y en un añito mínimo quizá nos den a razón, hasta entonces la Consejería habrá cumplido su malvado plan, esperan pacientemente atropellando la normativa hasta que la Justicia les dice lo contrario (vease el caso de las 25 h. con Ustea) y como no les importa lo vuelven a hacer una y otra vez riendose en su impunidad.

Por cierto, parece que en la inmensa mayoría de los IES han hecho esta jugada, ¿Cuánta gente habrá reclamado? ¿Cuántos no se habrán enterado? ¿Cuántos habran mirado para otra parte? ¿Cuántos se habran sentido estafados?. Me temo que ni el 20%, al menos haciendo una aproximación por los casos conocidos.

Es bastante que grave que un Inspector no se haga estas preguntas:

¿Por qué no se puede meter la administrativa en el irregular?
R. Porque  lo estipulan así  la Orden de 20 de agosto y la Instrucción de 26 de Julio en caso de ser aplicable.

¿Por que me invento que la tutoría administrativa es equiparable a la electrónica cuando la normativa las diferencia claramente y mando computarla según la Instrucción de 26 de Julio en el horario irregular cuando dicha instrucción no dice eso en ningún sitio?
R. Hay que tener arrestos para responder a esto sin quedar en ridículo.

Supongo que no te habrán respondido a la duda que cursaste por cauce.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 13 Octubre, 2016, 14:40:21 PM
Cita de: toroloco en 13 Octubre, 2016, 13:09:14 PMYa nos han aburrido un ratito, ahora viene la segunda fase, le toca aburrirnos a la Inspección, después como han dictado a los equipos directivos unas Instrucciones que no son las Instrucciones del 26 de Julio deberán argumentarlo por escrito (cosa chunga). Llegados a este punto al juzgado y en un añito mínimo quizá nos den a razón, hasta entonces la Consejería habrá cumplido su malvado plan, esperan pacientemente atropellando la normativa hasta que la Justicia les dice lo contrario (vease el caso de las 25 h. con Ustea) y como no les importa lo vuelven a hacer una y otra vez riendose en su impunidad.

A la Consejería puede que le dé igual; al inspector, no. Yo ya he dicho cuál será mi estrategia: primero reclamación suavecita al inspector alabando su justísimo juicio y dejándole meriadamente claro que me sé la normativa mejor que él, con lo que no tiene posibilidades de liarme de ninguna forma. Si el inspector es listo y he sabido transmitirle seguridad, se avendrá a razones. Si no lo es tanto. intentará marear la perdiz. En ese canto vuelvo a repetir la reclamación, pero en este caso dejándole muy claro que le doy un plazo de una semana para que me responda y que ya no habrá tercera reclamación, sino que directamente le interpondré una demanda por prevaricación (por supuesto dicho con elegancia y no tan a las bravas). Llegado a este punto, no creo que el inspector sea tan rematadamente imbécil como para seguir escurriendo el bulto: no se puede escudar en ninguna normativa ni en ninguna interpretación torticera paa considerar que la tutoría administrativa no es horario regular. A él se lo habrán dicho de viva voz, así que ni siquiera podrá argumentar que cumplía órdenes: es más, aunque lo pudiera demostrar, eso tampoco le exime de responsabilidad, porque no puede acatar órdenes manifiestamente ilegales.

Vamos, que estoy casi seguro de que no me voy a tragar la hora; pero que en el extrañísimo caso de que me la trague, el que va a salir trasquilado del asunto es el inspector.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 13 Octubre, 2016, 14:59:31 PM
Cita de: rantanplan en 13 Octubre, 2016, 14:40:21 PM
Cita de: toroloco en 13 Octubre, 2016, 13:09:14 PMYa nos han aburrido un ratito, ahora viene la segunda fase, le toca aburrirnos a la Inspección, después como han dictado a los equipos directivos unas Instrucciones que no son las Instrucciones del 26 de Julio deberán argumentarlo por escrito (cosa chunga). Llegados a este punto al juzgado y en un añito mínimo quizá nos den a razón, hasta entonces la Consejería habrá cumplido su malvado plan, esperan pacientemente atropellando la normativa hasta que la Justicia les dice lo contrario (vease el caso de las 25 h. con Ustea) y como no les importa lo vuelven a hacer una y otra vez riendose en su impunidad.

A la Consejería puede que le dé igual; al inspector, no. Yo ya he dicho cuál será mi estrategia: primero reclamación suavecita al inspector alabando su justísimo juicio y dejándole meriadamente claro que me sé la normativa mejor que él, con lo que no tiene posibilidades de liarme de ninguna forma. Si el inspector es listo y he sabido transmitirle seguridad, se avendrá a razones. Si no lo es tanto. intentará marear la perdiz. En ese canto vuelvo a repetir la reclamación, pero en este caso dejándole muy claro que le doy un plazo de una semana para que me responda y que ya no habrá tercera reclamación, sino que directamente le interpondré una demanda por prevaricación (por supuesto dicho con elegancia y no tan a las bravas). Llegado a este punto, no creo que el inspector sea tan rematadamente imbécil como para seguir escurriendo el bulto: no se puede escudar en ninguna normativa ni en ninguna interpretación torticera paa considerar que la tutoría administrativa no es horario regular. A él se lo habrán dicho de viva voz, así que ni siquiera podrá argumentar que cumplía órdenes: es más, aunque lo pudiera demostrar, eso tampoco le exime de responsabilidad, porque no puede acatar órdenes manifiestamente ilegales.

Vamos, que estoy casi seguro de que no me voy a tragar la hora; pero que en el extrañísimo caso de que me la trague, el que va a salir trasquilado del asunto es el inspector.
Ese es el proceso correcto, el más valiente y por supuesto el más justo.
Lamentablemente muchos optarán por pensar que una tutoría administrativa en el horario regular significa una hora menos de obligada permanencia en el centro,  otros tendrán pánico por las posibles repercusiones que pueda tener sobre su trabajo el hecho de que la Inspección se considere agraviada porque les digamos cómo hacer su trabajo puesto que no están velando por el cumplimiento de la normativa en el centro y a cambio esperen requerimientos varios y especial atención a sus métodos de trabajo por parte de la Inspección o el equipo directivo que habrá dado el visto bueno a un horario ilegal y otros serán "enrollados" y harán de palmeros del mismo.
No critico a nadie, cada cual puede hacer lo que le plazca, pero tragando no avanzamos y luego nos quejamos. El problema es que por desgracia debemos esperar mucho tiempo con el bolo en la boca tragando hasta que por fin alguien nos ayuda a digerirlo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Octubre, 2016, 10:24:12 AM
Mi horario lleva cerrado desde el fin de semana pasado y ha sido revisado por jefatura. A principios de semana me pasaré por dirección a ver si me confirman que el inspector ha revisado ya los horarios. Sigo teniendo 26 horas registradas en Séneca. Así que supongo que esta misma semana tendré noticias y quizás me toque redactar la reclamación por escrito ante inspección.

En cuanto a mi reclamación en CAUCE sobre Séneca, me había olvidado de ella. Puse la última hace 20 días y no responden. Les he vuelto a escribir:

CitarBuenos días:

Hace veinte días que espero que me aclaren si la leyenda  "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17)" es un error de digitalización. La dificultad técnica se reduce toda a la pericia de juntar dos letras, la ese con la i (sí), o la ene con la o (no), con lo que estimo que no es en absoluto complejo. Les rogaría que me respondieran, si no con brevedad, al menos en un plazo de tiempo tal que no me haga maliciar de su servicio de atención.

Muchas gracias de antemano.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: godob en 22 Octubre, 2016, 11:42:39 AM
Creo que el que pongan "2016/2017" en  la opción de la tutoría administrativa o electrónica es significativo de que saben que es ilegal. Ponen eso para este año y ya se verá más adelante.
Por otra parte he oido de algunos compañeros que el tema se está complicando por lo siguiente.
Resulta que esa hora sólo la tienen algunos compañeros, por ejemplo los "tutores", es decir, que sólo la ha quitado del horario regular a una parte de los compañeros. Por ejemplo, un jefe de departamento, sigue con sus horas administrativas en el horario regular y no le afecta. Esto significa que a los afectados les rellenan el horario regular con una hora más, que normalmente es una guardia, mientras a otros compañeros no.
Esto puede ser hasta anticonstitucional y como se lleve a un juzgado se puede liar. No es lo mismo una hora administrativa que una de guardia, como todos sabemos.
En resumen a mi parecer, esta chapuza hace que algunos trabajemos màs que otros de forma evidente.
Si alguien sabe más del tema que lo exponga.
Yo, desde luego, si se crea un gupo para llevarlo a un juzgado, me apunto.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Octubre, 2016, 12:05:17 PM
Cita de: godob en 22 Octubre, 2016, 11:42:39 AMCreo que el que pongan "2016/2017" en  la opción de la tutoría administrativa o electrónica es significativo de que saben que es ilegal. Ponen eso para este año y ya se verá más adelante.

No, el que pongan curso 2016/17 se debe a que la instrucción de 26 de julio de 2016 es aplicable sólo al curso 20'16/17. Pero esa instrucción (salvando el importante detalle que ni siquiera tiene validez) sólo habla de la tutoría electrónica, no de la administrativa. Por lo tanto, es un claro error de Sérneca. Yo les pregunto si se han equivocado al digitalizar el texto (en ese caso que toca corregirlo sin más) o si no es así (en cuyo caso se colige que es una orden).

[quote author=godob link=topic=110925.msg1257995#msg1257995 date=1477129359Por otra parte he oido de algunos compañeros que el tema se está complicando por lo siguiente.
Resulta que esa hora sólo la tienen algunos compañeros, por ejemplo los "tutores", es decir, que sólo la ha quitado del horario regular a una parte de los compañeros. Por ejemplo, un jefe de departamento, sigue con sus horas administrativas en el horario regular y no le afecta. Esto significa que a los afectados les rellenan el horario regular con una hora más, que normalmente es una guardia, mientras a otros compañeros no.
Esto puede ser hasta anticonstitucional y como se lleve a un juzgado se puede liar. No es lo mismo una hora administrativa que una de guardia, como todos sabemos.[/quote]

Evidentemente les afecta a aquellos que tienen la hora. Pero no veo yo que inconstitucionalidad hay en tal hecho. Otra cosa es que haya delegaciones que hayan mantenido la tutoría administrativa (me han contando que Sevilla lo ha hecho) y otras que no.

Lo que sí puede ocurrir es que al devolver la hora de tutoría administrativa y quitar una hora de guardia a los tutores al inspector se le ocurra la idea de que recuperar horas de guardia empleando las horas de reducción por mayor de 55 años, lo cual sí es perfectamente legal (artículo 13.9 de O2010).
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 22 Octubre, 2016, 20:14:53 PM
Cita de: rantanplan en 22 Octubre, 2016, 10:24:12 AM
Mi horario lleva cerrado desde el fin de semana pasado y ha sido revisado por jefatura. A principios de semana me pasaré por dirección a ver si me confirman que el inspector ha revisado ya los horarios. Sigo teniendo 26 horas registradas en Séneca. Así que supongo que esta misma semana tendré noticias y quizás me toque redactar la reclamación por escrito ante inspección.

En cuanto a mi reclamación en CAUCE sobre Séneca, me había olvidado de ella. Puse la última hace 20 días y no responden. Les he vuelto a escribir:

CitarBuenos días:

Hace veinte días que espero que me aclaren si la leyenda  "Tutoría administrativa o electrónica (Curso 2016/17)" es un error de digitalización. La dificultad técnica se reduce toda a la pericia de juntar dos letras, la ese con la i (sí), o la ene con la o (no), con lo que estimo que no es en absoluto complejo. Les rogaría que me respondieran, si no con brevedad, al menos en un plazo de tiempo tal que no me haga maliciar de su servicio de atención.

Muchas gracias de antemano.

Como dijiste el Director ha dejado pasar tu horario de 26 h. y es responsable de su aprobación conforme a lo que establece el proyecto educativo y la normativa. Supongo que a el Inspector no le quedará otra que echarle la culpa a el. Pero si tiene instrucciones precisas de la Inspección para obedecer fielmente las órdenes dictadas será esta la que le obligue a rectificar echándole la culpa y dirá, al final no nos hemos salido con la nuestra aquí.

Por los dos caminos el "pobrecito" va a hacerlo mal.

Cauce no te responderá porque es imposible argumentarlo o si lo hace será yéndose por esos hermosos cerros de Úbeda. Dejará que te pelees con unos y con otros hasta que te aburras o acabes en un tribunal dentro de uno o dos años si algún porofesional que haga bien su trabajo no lo remedia antes.

Mucha suerte.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: marikiya81 en 11 Noviembre, 2016, 15:49:45 PM
Podríais, por favor, comentar cómo han quedado vuestros horarios. En mi insti el asunto aún "colea"... GRACIAS
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 11 Noviembre, 2016, 16:41:56 PM
Cita de: marikiya81 en 11 Noviembre, 2016, 15:49:45 PMPodríais, por favor, comentar cómo han quedado vuestros horarios. En mi insti el asunto aún "colea"... GRACIAS

Lo mío sigue según lo previsto. La inspectora mandó cambiar mi horario esta semana y han pasado la tutoría administrativa al horario no regular. Por las explicaciones que me ha dado la jefa de estudios el cambio lo hizo el lunes por la mañana en presencia de la inspectora.

Así que este fin de semana redactaré la reclamación formal por escrito y el lunes la remitiré con registro de entrada directamente al servicio de inspección.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: marikiya81 en 11 Noviembre, 2016, 18:37:52 PM
A nosotros la semana que vienen nos "darán las instrucciones del Servicio de inspección" sobre el temita... Aún no estoy segura de qué nos dirán pero, por lo que comentas, me lo imagino. Es indignante. Mucho ánimo y fuerza.
¿Habría forma de saber si algún centro ha hecho los horarios respetando las horas correspondientes a tutoría dentro del horario regular? GRACIAS
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: franxx en 11 Noviembre, 2016, 18:52:22 PM
Por curiosidad... ¿en algun insti han puesto las 4 horas de tutoria en el regular? 
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 11 Noviembre, 2016, 19:41:44 PM
En mi nuevo instituto las horas de reunión de departamento no están en horario regular. Yo ya he visto tantas cosas distintas en tantos centros que  he llegado a la conclusión de que todo el mundo hace lo que le da la gana, siempre y cuando le salgan 25 horas de regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: toroloco en 11 Noviembre, 2016, 19:57:54 PM
La Inspección dió ordenes (verbalmente) para modificar los horarios díscolos y hacerlos basándose en la interpretación de que la tutoría administrativa debe estar en el horario no regular sin considerar lo que especifica la normativa vigente. Como es lógico no puede hacerlo por escrito y espera dilatar el proceso sin responder.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mr. Maker en 14 Septiembre, 2018, 14:15:11 PM
up porque sigue siendo de relevancia
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 11 Septiembre, 2021, 15:25:01 PM
Recuperó este hilo porque es lo que toca esta semana  anaid4
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 13 Septiembre, 2021, 13:56:48 PM
Buenas.
Las horas de colaboración con la biblioteca del centro ¿en qué parte del horario computan? 
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: bareto en 13 Septiembre, 2021, 19:35:47 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2021, 13:56:48 PM
Buenas.
Las horas de colaboración con la biblioteca del centro ¿en qué parte del horario computan?
En la parte no lectiva del horario regular, es decir, hasta completar las 25 horas de obligada permanencia.
Saludos
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 13 Septiembre, 2021, 19:49:23 PM
Cita de: bareto en 13 Septiembre, 2021, 19:35:47 PM
Cita de: Delacroix en 13 Septiembre, 2021, 13:56:48 PM
Buenas.
Las horas de colaboración con la biblioteca del centro ¿en qué parte del horario computan?
En la parte no lectiva del horario regular, es decir, hasta completar las 25 horas de obligada permanencia.
Saludos
Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:15:22 PM
Buenas. Alguien sabe qué Orden regula los horarios? Y bueno, por si podéis resolverme la duda, la hora de tutoría administrativa es regular o no regular? Y la reunión de departamento? Gracias!
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 17:45:11 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:15:22 PM
Buenas. Alguien sabe qué Orden regula los horarios? Y bueno, por si podéis resolverme la duda, la hora de tutoría administrativa es regular o no regular? Y la reunión de departamento? Gracias!

Por lo menos moléstate en leer el mensaje que abre el hilo. Todo está contentado en él.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 17:45:11 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:15:22 PM
Buenas. Alguien sabe qué Orden regula los horarios? Y bueno, por si podéis resolverme la duda, la hora de tutoría administrativa es regular o no regular? Y la reunión de departamento? Gracias!

Por lo menos moléstate en leer el mensaje que abre el hilo. Todo está contentado en él.

Madre mía cuánta amabilidad en unas solas palabras. Sí, lo he leído, pero teniendo en cuenta que este hilo es de hace tiempo no sabía si habría habido modificaciones importantes. Y sí, la Orden de 2010 lo responde. Dado que tú no tienes mucho más que aportar a mi pregunta, prosigo para que otra persona me responda amablemente.

Según la Orden, entonces estaría con dos horas de más. 27, en lugar de 25: 18 lectivas, tutoría con padres, tutoría administrativa, cuatro guardias, reunión con orientación, reunión bilingüe, reunión de departamento.

Es esto posible?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 18:39:00 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMMadre mía cuánta amabilidad en unas solas palabras.

Pues sí, han sido bastante amables, por que la respuesta habitual en estos caso es bastante más cruda y tiene hasta entrada propia en Wikipedia (https://es.wikipedia.org/wiki/RTFM)

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSí, lo he leído, pero teniendo en cuenta que este hilo es de hace tiempo no sabía si habría habido modificaciones importantes. Y sí, la Orden de 2010 lo responde. Dado que tú no tienes mucho más que aportar a mi pregunta, prosigo para que otra persona me responda amablemente.

Las personas no están a tu entera disposición y servicio, más si lo hacen desinteresadamente. Si alguien pregunta algo, porque ni se ha molestado en leer algo más arriba, lo lógico es que o no respondan o lo hagan como yo lo he hecho (o con la expresión que he referido en la Wikipedia).

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSegún la Orden, entonces estaría con dos horas de más. 27, en lugar de 25: 18 lectivas, tutoría con padres, tutoría administrativa, cuatro guardias, reunión con orientación, reunión bilingüe, reunión de departamento.

Es esto posible?

¿Ves? Esto, sin embargo, ya es otra cosa. ¿Qué eres? ¿Tutor de ESO? Por como indicas las tutoróas sospecho que sí. Veamos: tienes 25 horas que indudablemente son de horario regular: las 18 lectivas, las 2 de tutoría, las cuatro guardias y la reunión de departamento (órgano de coordinación docente). La reunión de tutores con orientación y la reunión bilingüe, son a mi juicio, horario regular si hay un plan prestablecido por el que se repiten con regularidad, Por ejemplo, decir que las reuniones son de 1 hora y se producen cada dos semanas, es un fraude de ley, porque eso claramente obedece a una regularidad y establecer eso, en vez de decir, que duran media hora todas las semanas sólo pretende pasarlo como irregular cuando no lo es. Irregular es aquello que no sigue ninguna periodicidad (p.e. los claustros o las sesiones de evaluación o una reunión urgente de un equipo docente porque se ha detectado un caso de acoso en un grupo (reunión extraordinaria de un órgano de coordinación docente).

YO ante ese horario me quejaría.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 18:44:44 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 18:39:00 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMMadre mía cuánta amabilidad en unas solas palabras.

Pues sí, han sido bastante amables, por que la respuesta habitual en estos caso es bastante más cruda y tiene hasta entrada propia en Wikipedia (https://es.wikipedia.org/wiki/RTFM)

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSí, lo he leído, pero teniendo en cuenta que este hilo es de hace tiempo no sabía si habría habido modificaciones importantes. Y sí, la Orden de 2010 lo responde. Dado que tú no tienes mucho más que aportar a mi pregunta, prosigo para que otra persona me responda amablemente.

Las personas no están a tu entera disposición y servicio, más si lo hacen desinteresadamente. Si alguien pregunta algo, porque ni se ha molestado en leer algo más arriba, lo lógico es que o no respondan o lo hagan como yo lo he hecho (o con la expresión que he referido en la Wikipedia).

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSegún la Orden, entonces estaría con dos horas de más. 27, en lugar de 25: 18 lectivas, tutoría con padres, tutoría administrativa, cuatro guardias, reunión con orientación, reunión bilingüe, reunión de departamento.

Es esto posible?

¿Ves? Esto, sin embargo, ya es otra cosa. ¿Qué eres? ¿Tutor de ESO? Por como indicas las tutoróas sospecho que sí. Veamos: tienes 25 horas que indudablemente son de horario regular: las 18 lectivas, las 2 de tutoría, las cuatro guardias y la reunión de departamento (órgano de coordinación docente). La reunión de tutores con orientación y la reunión bilingüe, son a mi juicio, horario regular si hay un plan prestablecido por el que se repiten con regularidad, Por ejemplo, decir que las reuniones son de 1 hora y se producen cada dos semanas, es un fraude de ley, porque eso claramente obedece a una regularidad y establecer eso, en vez de decir, que duran media hora todas las semanas sólo pretende pasarlo como irregular cuando no lo es. Irregular es aquello que no sigue ninguna periodicidad (p.e. los claustros o las sesiones de evaluación o una reunión urgente de un equipo docente porque se ha detectado un caso de acoso en un grupo (reunión extraordinaria de un órgano de coordinación docente).

YO ante ese horario me quejaría.

Gracias por responder. Obviamente la gente no está a mi disposición, pero es que no veas cómo me has dejado con la respuesta, además que te tengo en alta estima por tu mapa de Andalucía.

Sí, así es, tanto la reunión con Orientación como la reunión bilingüe están reflejadas en el horario que me han mandado, son reuniones de una hora y semanales. Y sí, soy tutora de la E.S.O. Mi intención es ir a hablar mañana con ellos, pero quería tener la certeza y la legislación delante para poder responder de forma coherente. Además es que no es una hora de más, son dos horas de más... Quiero estar preparada ante las posibles explicaciones, pero es que está todo recogido bastante claro. No sé en qué se pueden escudar.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 14 Septiembre, 2021, 19:20:08 PM
Ya nos contarás que tal te va. Yo estoy ultimamente decepcionado por ver curso tras curso a la dirección de distintos centros hacer lo que le da la gana: unas veces es con los horarios, otros años otras cosas, etcétera. Haces bien Mjpa en cargarte de argumentos legales, yo los he llevado cuando se ha dado el caso, pero se han intentado *siempre* salir por la tangente.

Llego a pensar que los centros que cumplen la normativa son una excepción. No puedo sacar una conclusión porque mi punto de vista es limitado, pero ya son unos cuantos y me deprime.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 19:39:25 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 18:44:44 PMSí, así es, tanto la reunión con Orientación como la reunión bilingüe están reflejadas en el horario que me han mandado, son reuniones de una hora y semanales. Y sí, soy tutora de la E.S.O. Mi intención es ir a hablar mañana con ellos, pero quería tener la certeza y la legislación delante para poder responder de forma coherente. Además es que no es una hora de más, son dos horas de más... Quiero estar preparada ante las posibles explicaciones, pero es que está todo recogido bastante claro. No sé en qué se pueden escudar.

Pues sí, además, no han usado ninguna triquiñuela para hacer fraude de ley y son de una hora semanal, entonces blanco y en botella: tu horario son 27 horas de horario regular. Yo te recomendaría, además, que antes de ir mañana a quejarte lo grabes ya en Sëneca para que aparezcan las 27 horas en el horario regular.

Por cierto que no he conseguido leer la definición de "horario regular" y en la orden desde luego que no está. Esta puntualización la hago, porque ni siquiera cabe el fraude de ley del que hablé antes de hacer el periodo de dos semanas, porque en ningún lado regular está definido como que "se repite todas las semanas". Regular, pues, es regular esto es que se repite siguiendo una determinada periodicidad, sea cual sea esta.

Pero no es tu caso, porque ni siquiera se han molestado en disimular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 19:42:24 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 19:39:25 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 18:44:44 PMSí, así es, tanto la reunión con Orientación como la reunión bilingüe están reflejadas en el horario que me han mandado, son reuniones de una hora y semanales. Y sí, soy tutora de la E.S.O. Mi intención es ir a hablar mañana con ellos, pero quería tener la certeza y la legislación delante para poder responder de forma coherente. Además es que no es una hora de más, son dos horas de más... Quiero estar preparada ante las posibles explicaciones, pero es que está todo recogido bastante claro. No sé en qué se pueden escudar.

Pues sí, además, no han usado ninguna triquiñuela para hacer fraude de ley y son de una hora semanal, entonces blanco y en botella: tu horario son 27 horas de horario regular. Yo te recomendaría, además, que antes de ir mañana a quejarte lo grabes ya en Sëneca para que aparezcan las 27 horas en el horario regular.

Por cierto que no he conseguido leer la definición de "horario regular" y en la orden desde luego que no está. Esta puntualización la hago, porque ni siquiera cabe el fraude de ley del que hablé antes de hacer el periodo de dos semanas, porque en ningún lado regular está definido como que "se repite todas las semanas". Regular, pues, es regular esto es que se repite siguiendo una determinada periodicidad, sea cual sea esta.

Pero no es tu caso, porque ni siquiera se han molestado en disimular.

Muchas gracias por la ayuda. Sí, el horario lo grabé esta misma mañana, para que se vea bien. Quiero pensar que es un error, a ver qué pasa.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Michael Landon en 14 Septiembre, 2021, 22:27:46 PM
Hola a todos

¿Es normal que me hayan hecho el horario teniendo en cuenta una reunión de tutores cuando yo no soy tutor y ahora esto me genera huecos?

¿Es normal generar los horarios son tener en cuenta las horas de dedicación a planes y programas, solo teniendo en cuenta horas lectivas + reuniones + guardias (a tope) ? Encima sin contar las de recreo, la gente a 23/24 h dedicadas al centro.

Yo tengo 18+1 h reunión dpto. Quería llevar el plan de autoprotección, pero es que meten 3 guardias, por tanto, de las 6 h que me quedan, van dedicadas al centro, y el plan de autoprotección tiene mucho trabajo. Lo normal es que te descarguen de guardias, porque no tengo ni una hora para mí.

Lo peor que llevo es que se hayan equivocado al calcular el horario y que la solución sea quitar esa hora...
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 14 Septiembre, 2021, 23:25:12 PM
Cita de: Michael Landon en 14 Septiembre, 2021, 22:27:46 PM
Hola a todos

¿Es normal que me hayan hecho el horario teniendo en cuenta una reunión de tutores cuando yo no soy tutor y ahora esto me genera huecos?

¿Es normal generar los horarios son tener en cuenta las horas de dedicación a planes y programas, solo teniendo en cuenta horas lectivas + reuniones + guardias (a tope) ? Encima sin contar las de recreo, la gente a 23/24 h dedicadas al centro.

Yo tengo 18+1 h reunión dpto. Quería llevar el plan de autoprotección, pero es que meten 3 guardias, por tanto, de las 6 h que me quedan, van dedicadas al centro, y el plan de autoprotección tiene mucho trabajo. Lo normal es que te descarguen de guardias, porque no tengo ni una hora para mí.

Lo peor que llevo es que se hayan equivocado al calcular el horario y que la solución sea quitar esa hora...

Tendrás que consultar el Plan de Centro para saber las horas de dedicación, pero lo habitual  es que Autoprotección tenga 3 horas no lectivas de dedicación.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Practicum en 15 Septiembre, 2021, 15:39:25 PM
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2008/91/3

Artículo 8.4.: El Plan de Autoprotección conlleva una reducción de 3 horas del horario no regular. No es algo que se deje a discreción de cada centro con lo cual debe aplicarse sí o sí.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 15 Septiembre, 2021, 17:02:14 PM
Cita de: Practicum en 15 Septiembre, 2021, 15:39:25 PM
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2008/91/3

Artículo 8.4.: El Plan de Autoprotección conlleva una reducción de 3 horas del horario no regular. No es algo que se deje a discreción de cada centro con lo cual debe aplicarse sí o sí.

Sí, exacto, cuando dije Plan de Centro, lo mínimo son 3 horas, pero se pueden establecer más si así lo establece, nunca menos de 3, pero sí más.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 16 Septiembre, 2021, 08:11:17 AM
Ayer entré en Séneca y por casualidad miré mi horario, el cual estaba puesto pero con errores ya que tenía grupos que no son los que me he quedado en el reparto. Hoy lo he vuelto a mirar y aparece otro totalmente distinto pero igual con errores. En mi centro todavía no han salido los horarios. ¿A qué se puede deber que se pueda ver de esta manera en Séneca? Qué misterio  cafeara
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lucerino en 16 Septiembre, 2021, 08:48:01 AM
Evidentemente alguien te lo habrá grabado
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 17 Septiembre, 2021, 11:32:50 AM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?

Diferencia: que una es lectiva y que otra es no lectiva. Que una de ellas debe estar en el horario de tarde. Sí hay que ponerlas las dos. De tarde pon la que te diga tu equipo directivo.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
La lectiva entiendo que se coloca siempre en horario de mañana y la no lectiva por la tarde. Reservadas para reunirse con los tutores de las familias. Según la orden del 20 de agosto de 2010 a la tutoría de Secundaria le corresponde 4 horas:

Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Este curso el horario se me va a 26 horas contando esas 4 de tutoría, todo considerando que las reuniones de departamento son media hora, algo que según recuerdo sí se podía hacer. Me comentaban por el grupo de WhatsApp del centro que NO metiéramos las no lectivas en Séneca y preguntáramos si teníamos dudas. Claro, no vaya a ser que no entren y haya que liquidar algo. Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.

No estoy descontento con la carga docente que llevo este año, que es favorable y no me deja un mal horario, aunque no se ajuste a la normativa. Pero sí tengo una mala opinión de que se lleguen a hacer cosas mal, esta y otras.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 17 Septiembre, 2021, 13:58:45 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
La lectiva entiendo que se coloca siempre en horario de mañana y la no lectiva por la tarde. Reservadas para reunirse con los tutores de las familias. Según la orden del 20 de agosto de 2010 a la tutoría de Secundaria le corresponde 4 horas:

Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Este curso el horario se me va a 26 horas contando esas 4 de tutoría, todo considerando que las reuniones de departamento son media hora, algo que según recuerdo sí se podía hacer. Me comentaban por el grupo de WhatsApp del centro que NO metiéramos las no lectivas en Séneca y preguntáramos si teníamos dudas. Claro, no vaya a ser que no entren y haya que liquidar algo. Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.

No estoy descontento con la carga docente que llevo este año, que es favorable y no me deja un mal horario, aunque no se ajuste a la normativa. Pero sí tengo una mala opinión de que se lleguen a hacer cosas mal, esta y otras.

Ningún horario puede tener más de 25 horas presenciales, por lo que debéis denunciar estas situaciones. No son legales.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 14:59:23 PM
Cita de: albay en 17 Septiembre, 2021, 13:58:45 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
La lectiva entiendo que se coloca siempre en horario de mañana y la no lectiva por la tarde. Reservadas para reunirse con los tutores de las familias. Según la orden del 20 de agosto de 2010 a la tutoría de Secundaria le corresponde 4 horas:

Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Este curso el horario se me va a 26 horas contando esas 4 de tutoría, todo considerando que las reuniones de departamento son media hora, algo que según recuerdo sí se podía hacer. Me comentaban por el grupo de WhatsApp del centro que NO metiéramos las no lectivas en Séneca y preguntáramos si teníamos dudas. Claro, no vaya a ser que no entren y haya que liquidar algo. Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.

No estoy descontento con la carga docente que llevo este año, que es favorable y no me deja un mal horario, aunque no se ajuste a la normativa. Pero sí tengo una mala opinión de que se lleguen a hacer cosas mal, esta y otras.

Ningún horario puede tener más de 25 horas presenciales, por lo que debéis denunciar estas situaciones. No son legales.
¿Séneca te deja grabar si te pasas?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Sizigia en 17 Septiembre, 2021, 15:43:13 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Pues yo tengo entendido que la tutoría administrativa era lectiva y y la de atención a familias no. Así creo que lo tuve el año pasado. ¿No es así?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 16:13:39 PM
Hola Sizigia,

Eso salía en el artículo 9 de la orden de 20 de agosto de 2010:

Citar2. En la educación secundaria obligatoria, las tareas relacionadas con el desempeño de las tutorías, incluidas en el horario lectivo del tutor o tutora, se dedicarán una hora a actividades con el grupo y otra a la atención personalizada del alumno y de su familia.
Las dos horas restantes incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el centro se dedicarán, una hora a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 17 Septiembre, 2021, 17:30:05 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 14:59:23 PM
Cita de: albay en 17 Septiembre, 2021, 13:58:45 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
La lectiva entiendo que se coloca siempre en horario de mañana y la no lectiva por la tarde. Reservadas para reunirse con los tutores de las familias. Según la orden del 20 de agosto de 2010 a la tutoría de Secundaria le corresponde 4 horas:

Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Este curso el horario se me va a 26 horas contando esas 4 de tutoría, todo considerando que las reuniones de departamento son media hora, algo que según recuerdo sí se podía hacer. Me comentaban por el grupo de WhatsApp del centro que NO metiéramos las no lectivas en Séneca y preguntáramos si teníamos dudas. Claro, no vaya a ser que no entren y haya que liquidar algo. Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.

No estoy descontento con la carga docente que llevo este año, que es favorable y no me deja un mal horario, aunque no se ajuste a la normativa. Pero sí tengo una mala opinión de que se lleguen a hacer cosas mal, esta y otras.

Ningún horario puede tener más de 25 horas presenciales, por lo que debéis denunciar estas situaciones. No son legales.
¿Séneca te deja grabar si te pasas?

Sí, deja.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 17 Septiembre, 2021, 17:30:33 PM
Cita de: Sizigia en 17 Septiembre, 2021, 15:43:13 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Pues yo tengo entendido que la tutoría administrativa era lectiva y y la de atención a familias no. Así creo que lo tuve el año pasado. ¿No es así?

La tutoría administrativa no es lectiva.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Sizigia en 17 Septiembre, 2021, 18:08:13 PM
Cita de: albay en 17 Septiembre, 2021, 17:30:33 PM
Cita de: Sizigia en 17 Septiembre, 2021, 15:43:13 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Pues yo tengo entendido que la tutoría administrativa era lectiva y y la de atención a familias no. Así creo que lo tuve el año pasado. ¿No es así?

La tutoría administrativa no es lectiva.

Gracias, Albay, tienes toda la razón. Ha sido un cruce de cables mío.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 18:11:18 PM
Cita de: albay en 17 Septiembre, 2021, 17:30:05 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 14:59:23 PM
Cita de: albay en 17 Septiembre, 2021, 13:58:45 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Cita de: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 10:39:58 AM
¿Qué diferencia hay entre la "Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO)" que es lectiva y la "Tutoría de Atención a Padres y Madres" que es no lectiva? ¿Hay que poner las dos en el horario si eres tutor? ¿Esta segunda es la que debe ir en el tramo de tarde?
La lectiva entiendo que se coloca siempre en horario de mañana y la no lectiva por la tarde. Reservadas para reunirse con los tutores de las familias. Según la orden del 20 de agosto de 2010 a la tutoría de Secundaria le corresponde 4 horas:

Tutoría con alumnos / lectiva
Tutoría de Atención Personalizada a alumnos y familias (ESO) / lectiva
Tutoría de Atención a Padres y Madres / no lectiva
Tutoría administrativa / no lectiva

Este curso el horario se me va a 26 horas contando esas 4 de tutoría, todo considerando que las reuniones de departamento son media hora, algo que según recuerdo sí se podía hacer. Me comentaban por el grupo de WhatsApp del centro que NO metiéramos las no lectivas en Séneca y preguntáramos si teníamos dudas. Claro, no vaya a ser que no entren y haya que liquidar algo. Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.

No estoy descontento con la carga docente que llevo este año, que es favorable y no me deja un mal horario, aunque no se ajuste a la normativa. Pero sí tengo una mala opinión de que se lleguen a hacer cosas mal, esta y otras.

Ningún horario puede tener más de 25 horas presenciales, por lo que debéis denunciar estas situaciones. No son legales.
¿Séneca te deja grabar si te pasas?

Sí, deja.
Ahí está el tema. Si lo limitaran y no dejasen otro gallo cantaría.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 19:12:11 PM
A ver, Delacroix, Séneca es una herramienta, no le podemos echar la culpa por ser flexible. No creo que tengan que llenar la aplicación de restricciones para que las directivas no se salten la normativa.

Yo no tengo ningún problema con Séneca. Tengo un problema con el compañero de departamento que tiene 0,5-1 horas de sobra: se lo explico, se entera, va a jefatura a que le cuenten cualquier cosa y decide comérselo, porque "no está tan mal". Así lleva varios años, me dice que no lo respetan. Es verdad. Hay más tutores y probablemente el resto está como nosotros. El compañero me ha llegado a decir que, por protestar, luego "lo miran mal por los pasillos".

Otra cuestión que me inquieta es si firmar a sabiendas un horario que incumple la normativa, con una hora tirada, para pasar de problemas. Ya denuncié una situación así un curso y, aunque prosperó, fue traumático. Este curso, además, me dan un horario "mejor" que el pasado en otro centro, con menos docencia directa. Denunciar este horario para mí es de facto un disparo en el pie, aunque sé que no es correcto y querría que lo fuera.

Añado que aunque Séneca no restrinja, una consulta a base de datos le sale gratis a Consejería y podrían crujir de oficio a centros con "horarios sucios". No lo hacen porque son conniventes con estas prácticas. Pero muchos profesores están también al tanto y pasan de marrones. Entiendo que queremos descargarnos de responsabilidades y que nos proteja la Administración, algo que daría para un debate.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Delacroix en 17 Septiembre, 2021, 19:20:24 PM
A lo que me refiero es que a lo mejor que Séneca no delimite los parámetros en los horarios es algo que le conviene a la Administración.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: locke en 18 Septiembre, 2021, 16:42:03 PM
Hola, este año tengo 20 horas de clase y me las han agrupado de manera que dos días tengo 6 horas y otro 5 (otro 1 y otro 2). Es un IES normal, con horario de mañana. Las horas las tengo seguidas con el único descanso del recreo. ¿Esto es legal? Creía que 5 era el máximo de clases que se podían dar en una mañana. Gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 18 Septiembre, 2021, 17:33:02 PM
Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2021, 13:12:29 PM
Lo incongruente es que al compañero de departamento le sobra media hora (esta a 25,5h) y es también tutor, luego como quite una 1 de (tutoría de las 4) le faltará media, y ya va bien surtido de guardias.
Me autocito con el "misterio" resuelto. Dos de las guardias del compañero son de recreos de 15m, luego no le sobra media, puede cuadrar a 25h. La incongruencia es que si introduce sus 2h de tutoría no lectiva y 0,5 de reunión de departamento y yo, en consecuencia, hago igual, a mi se sobra 1 hora. Producto de que tiene 18h lectivas, y yo 19h.

El juego de esta jefatura es "vosotros poneos las lectivas y ya uno por uno vamos viendo". Es evidente porqué.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Practicum en 19 Septiembre, 2021, 10:49:42 AM
Cita de: locke en 18 Septiembre, 2021, 16:42:03 PM
Hola, este año tengo 20 horas de clase y me las han agrupado de manera que dos días tengo 6 horas y otro 5 (otro 1 y otro 2). Es un IES normal, con horario de mañana. Las horas las tengo seguidas con el único descanso del recreo. ¿Esto es legal? Creía que 5 era el máximo de clases que se podían dar en una mañana. Gracias.

He visto esto en el foro, no sé si te sirve:

https://www.ustealdia.org/foro/index.php?topic=106568.10
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: locke en 19 Septiembre, 2021, 20:03:39 PM
Cita de: Practicum en 19 Septiembre, 2021, 10:49:42 AM
Cita de: locke en 18 Septiembre, 2021, 16:42:03 PM
Hola, este año tengo 20 horas de clase y me las han agrupado de manera que dos días tengo 6 horas y otro 5 (otro 1 y otro 2). Es un IES normal, con horario de mañana. Las horas las tengo seguidas con el único descanso del recreo. ¿Esto es legal? Creía que 5 era el máximo de clases que se podían dar en una mañana. Gracias.

He visto esto en el foro, no sé si te sirve:

https://www.ustealdia.org/foro/index.php?topic=106568.10

Gracias por contestar.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 19 Septiembre, 2021, 20:28:20 PM
Cita de: locke en 18 Septiembre, 2021, 16:42:03 PM
Hola, este año tengo 20 horas de clase y me las han agrupado de manera que dos días tengo 6 horas y otro 5 (otro 1 y otro 2). Es un IES normal, con horario de mañana. Las horas las tengo seguidas con el único descanso del recreo. ¿Esto es legal? Creía que 5 era el máximo de clases que se podían dar en una mañana. Gracias.

No hay ningún máximo estipulado así que sí que es legal tener seis horas lectivas en un día, o de lo contrario no te las habrían podido poner.

Todo tiene ventajas e inconvenientes, hay quien prefiere tener docencia seguida para otros días tener menos carga de trabajo, y hay quien prefiere lo contrario y tenerla repartida.

Si no te viene bien, siempre se puede intentar cambiar alguna hora con algún compañero.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: fjcm_xx en 19 Septiembre, 2021, 22:37:53 PM
¿Supongo que 5 horas de guardia semanales también será legal, no?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 19 Septiembre, 2021, 23:27:06 PM
Cita de: fjcm_xx en 19 Septiembre, 2021, 22:37:53 PM
¿Supongo que 5 horas de guardia semanales también será legal, no?

Si no se superan las 25 horas de obligada permanencia no hay problema, porque ni hay máximo ni mínimo para las guardias.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: locke en 20 Septiembre, 2021, 09:55:19 AM
Cita de: respublica en 19 Septiembre, 2021, 20:28:20 PM
Cita de: locke en 18 Septiembre, 2021, 16:42:03 PM
Hola, este año tengo 20 horas de clase y me las han agrupado de manera que dos días tengo 6 horas y otro 5 (otro 1 y otro 2). Es un IES normal, con horario de mañana. Las horas las tengo seguidas con el único descanso del recreo. ¿Esto es legal? Creía que 5 era el máximo de clases que se podían dar en una mañana. Gracias.

No hay ningún máximo estipulado así que sí que es legal tener seis horas lectivas en un día, o de lo contrario no te las habrían podido poner.

Todo tiene ventajas e inconvenientes, hay quien prefiere tener docencia seguida para otros días tener menos carga de trabajo, y hay quien prefiere lo contrario y tenerla repartida.

Si no te viene bien, siempre se puede intentar cambiar alguna hora con algún compañero.


Saludos.

Ok, gracias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: lucerino en 20 Septiembre, 2021, 15:30:48 PM
Cita de: respublica en 19 Septiembre, 2021, 23:27:06 PM
Cita de: fjcm_xx en 19 Septiembre, 2021, 22:37:53 PM
¿Supongo que 5 horas de guardia semanales también será legal, no?

Si no se superan las 25 horas de obligada permanencia no hay problema, porque ni hay máximo ni mínimo para las guardias.


Saludos.



Eso de que no hay problema..... si que hay problema cuando hay compañeros que hacen 5 guardias y otros hacen 1 o ninguna
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 20 Septiembre, 2021, 15:41:32 PM
Cita de: lucerino en 20 Septiembre, 2021, 15:30:48 PM
Cita de: respublica en 19 Septiembre, 2021, 23:27:06 PM
Cita de: fjcm_xx en 19 Septiembre, 2021, 22:37:53 PM
¿Supongo que 5 horas de guardia semanales también será legal, no?

Si no se superan las 25 horas de obligada permanencia no hay problema, porque ni hay máximo ni mínimo para las guardias.


Saludos.



Eso de que no hay problema..... si que hay problema cuando hay compañeros que hacen 5 guardias y otros hacen 1 o ninguna

Si crees que te están discriminando respecto a otros compañeros que estén en las mismas circunstancias que tú, reclama oficialmente y si no te hacen caso, presenta tu reclamación a inspección.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 20 Septiembre, 2021, 17:31:41 PM
Cita de: respublica en 20 Septiembre, 2021, 15:41:32 PM
Cita de: lucerino en 20 Septiembre, 2021, 15:30:48 PM
Cita de: respublica en 19 Septiembre, 2021, 23:27:06 PM
Cita de: fjcm_xx en 19 Septiembre, 2021, 22:37:53 PM
¿Supongo que 5 horas de guardia semanales también será legal, no?

Si no se superan las 25 horas de obligada permanencia no hay problema, porque ni hay máximo ni mínimo para las guardias.


Saludos.



Eso de que no hay problema..... si que hay problema cuando hay compañeros que hacen 5 guardias y otros hacen 1 o ninguna

Si crees que te están discriminando respecto a otros compañeros que estén en las mismas circunstancias que tú, reclama oficialmente y si no te hacen caso, presenta tu reclamación a inspección.


Saludos.

El caso es, que aunque haya discriminación, ¿puede hablarse de tal cosa, si su horario no supera las 25 horas?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Angiolillo en 20 Septiembre, 2021, 19:13:03 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 18:44:44 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 18:39:00 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMMadre mía cuánta amabilidad en unas solas palabras.

Pues sí, han sido bastante amables, por que la respuesta habitual en estos caso es bastante más cruda y tiene hasta entrada propia en Wikipedia (https://es.wikipedia.org/wiki/RTFM)

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSí, lo he leído, pero teniendo en cuenta que este hilo es de hace tiempo no sabía si habría habido modificaciones importantes. Y sí, la Orden de 2010 lo responde. Dado que tú no tienes mucho más que aportar a mi pregunta, prosigo para que otra persona me responda amablemente.

Las personas no están a tu entera disposición y servicio, más si lo hacen desinteresadamente. Si alguien pregunta algo, porque ni se ha molestado en leer algo más arriba, lo lógico es que o no respondan o lo hagan como yo lo he hecho (o con la expresión que he referido en la Wikipedia).

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSegún la Orden, entonces estaría con dos horas de más. 27, en lugar de 25: 18 lectivas, tutoría con padres, tutoría administrativa, cuatro guardias, reunión con orientación, reunión bilingüe, reunión de departamento.

Es esto posible?

¿Ves? Esto, sin embargo, ya es otra cosa. ¿Qué eres? ¿Tutor de ESO? Por como indicas las tutoróas sospecho que sí. Veamos: tienes 25 horas que indudablemente son de horario regular: las 18 lectivas, las 2 de tutoría, las cuatro guardias y la reunión de departamento (órgano de coordinación docente). La reunión de tutores con orientación y la reunión bilingüe, son a mi juicio, horario regular si hay un plan prestablecido por el que se repiten con regularidad, Por ejemplo, decir que las reuniones son de 1 hora y se producen cada dos semanas, es un fraude de ley, porque eso claramente obedece a una regularidad y establecer eso, en vez de decir, que duran media hora todas las semanas sólo pretende pasarlo como irregular cuando no lo es. Irregular es aquello que no sigue ninguna periodicidad (p.e. los claustros o las sesiones de evaluación o una reunión urgente de un equipo docente porque se ha detectado un caso de acoso en un grupo (reunión extraordinaria de un órgano de coordinación docente).

YO ante ese horario me quejaría.

Gracias por responder. Obviamente la gente no está a mi disposición, pero es que no veas cómo me has dejado con la respuesta, además que te tengo en alta estima por tu mapa de Andalucía.

Sí, así es, tanto la reunión con Orientación como la reunión bilingüe están reflejadas en el horario que me han mandado, son reuniones de una hora y semanales. Y sí, soy tutora de la E.S.O. Mi intención es ir a hablar mañana con ellos, pero quería tener la certeza y la legislación delante para poder responder de forma coherente. Además es que no es una hora de más, son dos horas de más... Quiero estar preparada ante las posibles explicaciones, pero es que está todo recogido bastante claro. No sé en qué se pueden escudar.

¿En qué quedó todo eso? Porque la "solución" que tienen en mi centro es pasar la reunión bilingüe al horario irregular y ponerla por la tarde online. ¿Alguna opinión al respecto? A mi juicio es una actividad regular, aunque tampoco he conseguido encontrar una definición legal de actividad regular.
Gracias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Mjpa en 20 Septiembre, 2021, 21:49:19 PM
Cita de: Angiolillo en 20 Septiembre, 2021, 19:13:03 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 18:44:44 PM
Cita de: rantanplan en 14 Septiembre, 2021, 18:39:00 PM
Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMMadre mía cuánta amabilidad en unas solas palabras.

Pues sí, han sido bastante amables, por que la respuesta habitual en estos caso es bastante más cruda y tiene hasta entrada propia en Wikipedia (https://es.wikipedia.org/wiki/RTFM)

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSí, lo he leído, pero teniendo en cuenta que este hilo es de hace tiempo no sabía si habría habido modificaciones importantes. Y sí, la Orden de 2010 lo responde. Dado que tú no tienes mucho más que aportar a mi pregunta, prosigo para que otra persona me responda amablemente.

Las personas no están a tu entera disposición y servicio, más si lo hacen desinteresadamente. Si alguien pregunta algo, porque ni se ha molestado en leer algo más arriba, lo lógico es que o no respondan o lo hagan como yo lo he hecho (o con la expresión que he referido en la Wikipedia).

Cita de: Mjpa en 14 Septiembre, 2021, 17:57:02 PMSegún la Orden, entonces estaría con dos horas de más. 27, en lugar de 25: 18 lectivas, tutoría con padres, tutoría administrativa, cuatro guardias, reunión con orientación, reunión bilingüe, reunión de departamento.

Es esto posible?

¿Ves? Esto, sin embargo, ya es otra cosa. ¿Qué eres? ¿Tutor de ESO? Por como indicas las tutoróas sospecho que sí. Veamos: tienes 25 horas que indudablemente son de horario regular: las 18 lectivas, las 2 de tutoría, las cuatro guardias y la reunión de departamento (órgano de coordinación docente). La reunión de tutores con orientación y la reunión bilingüe, son a mi juicio, horario regular si hay un plan prestablecido por el que se repiten con regularidad, Por ejemplo, decir que las reuniones son de 1 hora y se producen cada dos semanas, es un fraude de ley, porque eso claramente obedece a una regularidad y establecer eso, en vez de decir, que duran media hora todas las semanas sólo pretende pasarlo como irregular cuando no lo es. Irregular es aquello que no sigue ninguna periodicidad (p.e. los claustros o las sesiones de evaluación o una reunión urgente de un equipo docente porque se ha detectado un caso de acoso en un grupo (reunión extraordinaria de un órgano de coordinación docente).

YO ante ese horario me quejaría.

Gracias por responder. Obviamente la gente no está a mi disposición, pero es que no veas cómo me has dejado con la respuesta, además que te tengo en alta estima por tu mapa de Andalucía.

Sí, así es, tanto la reunión con Orientación como la reunión bilingüe están reflejadas en el horario que me han mandado, son reuniones de una hora y semanales. Y sí, soy tutora de la E.S.O. Mi intención es ir a hablar mañana con ellos, pero quería tener la certeza y la legislación delante para poder responder de forma coherente. Además es que no es una hora de más, son dos horas de más... Quiero estar preparada ante las posibles explicaciones, pero es que está todo recogido bastante claro. No sé en qué se pueden escudar.

¿En qué quedó todo eso? Porque la "solución" que tienen en mi centro es pasar la reunión bilingüe al horario irregular y ponerla por la tarde online. ¿Alguna opinión al respecto? A mi juicio es una actividad regular, aunque tampoco he conseguido encontrar una definición legal de actividad regular.
Gracias

Supuestamente van a modificar los horarios y que estemos a 25, pero aún no está nada hecho. Me dijeron que sí, que solo debo tener dos guardias porque con ellas ya se llega a las 25. Hasta que no lo vea...
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 21 Septiembre, 2021, 18:57:23 PM
En cuanto a la asignación de horas a las jefaturas, sé que viene establecida en el proyecto educativo de centro (PEC). Miro el de mi centro y no tiene fecha ni cabecera, se creó a mitad de noviembre de 2020 y entiendo que fue el vigente durante el curso 20/21 por lo que menciona dentro.

Este 21/22 ¿Los horarios se hacen mirando ese PEC o están sujetos a cambios si hacen uno nuevo? ¿Hay una fecha límite para firmar el horario? ¿Qué plazos hay para levantar una reclamación del horario?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 07:31:52 AM
Cita de: Angiolillo en 20 Septiembre, 2021, 19:13:03 PM¿En qué quedó todo eso? Porque la "solución" que tienen en mi centro es pasar la reunión bilingüe al horario irregular y ponerla por la tarde online. ¿Alguna opinión al respecto? A mi juicio es una actividad regular, aunque tampoco he conseguido encontrar una definición legal de actividad regular.Gracias

De estar definida debería estar definida en la orden de 20 de agosto que es la que usa los términos de horario regular y horario no regular. Como no viene definida, habrá que entender lo que se entiende mirando el significado de las palabras en el diccionario, en este caso, que se desarrolla de manera ordinaria a intervalos predefinidos. Esas reuniones imagino que se desarrollarán así, de modo que son horario regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 22 Septiembre, 2021, 08:00:00 AM
Yo también he tenido esa duda siempre. La lógica me hace pensar que horario REGULAR es aquel que se realiza todas las semanas y que figura en los horarios de cada uno.
El NO REGULAR sería aquel que no se realiza todas las semanas, sino solamente de "de vez en cuando": evaluaciones, claustros, formación, etc.
El problema es computar esto último dentro de nuestras horas como funcionarios. Se estima que son una media de 5 horas semanales, que en realidad se acumulan en época de evaluaciones o claustros, cuando el número de esas horas se supera con creces mientras que en semanas ordinarias, no se realiza.
En conclusión, estimo que cualquier reunión que se haga semanalmente, debe aparecer en el horario regular, y por tanto computar entre las 25. Cualquier cosa que no sea así, incurre en ilegalidad.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 16:26:19 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 08:00:00 AMYo también he tenido esa duda siempre. La lógica me hace pensar que horario REGULAR es aquel que se realiza todas las semanas y que figura en los horarios de cada uno.
El NO REGULAR sería aquel que no se realiza todas las semanas, sino solamente de "de vez en cuando": evaluaciones, claustros, formación, etc.
El problema es computar esto último dentro de nuestras horas como funcionarios. Se estima que son una media de 5 horas semanales, que en realidad se acumulan en época de evaluaciones o claustros, cuando el número de esas horas se supera con creces mientras que en semanas ordinarias, no se realiza.
En conclusión, estimo que cualquier reunión que se haga semanalmente, debe aparecer en el horario regular, y por tanto computar entre las 25. Cualquier cosa que no sea así, incurre en ilegalidad.

No comparto totalmente esa opinión. Algo que se repite periódicamente, aunque no sea semanalmente (p.e. una reunión de 1 hora cada dos martes) también es regular. De lo contrario, para cometer fraude de ley bastaría con hacer figurar cada dos semanas con el doble de tiempo, lo que podría repetirse semanalmente en la mitad de tiempo. A mí me parece obvia la naturaleza de lo que no es regular: algo que no se repite de forma perfectamente cíclica y que, además, muy comúnmente ni siquiera en todas las ocasiones tiene la misma duración como las reuniones de Claustro, la participación en actividades complementarias, las actividades formativas o las reuniones extraordinarias de órganos de coordinación docente. Por eso de todas actividades no regulares sólo cabe hacer una estimación del tiempo que suponen semanalmente.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Practicum en 22 Septiembre, 2021, 16:40:00 PM
Una duda: he estado viendo las instrucciones de este curso y no veo nada. ¿No se supone que los horarios deberían estar compactados para que estemos el mínimo tiempo posible en el centro? En mi caso tengo 5 huecos en el horario, otro compañero tiene 6... Pensé que se haría así (sin huecos) para estar en el centro solo en clases y en guardias y minimizar el riesgo de propagación del coronavirus pero, al menos en mi centro, muchos/as no hemos tenido esa suerte...
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 22 Septiembre, 2021, 16:44:54 PM
Resolví una de mis cuestiones pendientes cuando me dijeron ayer que la reunión de departamento la cuentan en el horario no regular. De tal manera me sobra media hora, de 25, y sé que hay gente que no alcanza las 25h. Lástima que a jefatura le falta tiempo para explicarme esto.

Aunque me cuenten esto como lo más normal del mundo, comenté que es la primera vez que veo las reuniones de departamento en un calendario previstas y en el irregular. Una cosa era que la duración de la RD pudiera ser variable, y había un fundamento normativo para justificar eso, y otra es llevarla al irregular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Practicum en 22 Septiembre, 2021, 16:51:54 PM
Cita de: Practicum en 22 Septiembre, 2021, 16:40:00 PM
Una duda: he estado viendo las instrucciones de este curso y no veo nada. ¿No se supone que los horarios deberían estar compactados para que estemos el mínimo tiempo posible en el centro? En mi caso tengo 5 huecos en el horario, otro compañero tiene 6... Pensé que se haría así (sin huecos) para estar en el centro solo en clases y en guardias y minimizar el riesgo de propagación del coronavirus pero, al menos en mi centro, muchos/as no hemos tenido esa suerte...

Entiendo por este hilo que la reunión del departamento es horario regular:

https://www.ustealdia.org/foro/index.php?topic=110925.0

Nunca he visto que se considere horario irregular. De hecho existe una reunión del departamento en el horario regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:19:23 PM
Cita de: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 16:26:19 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 08:00:00 AMYo también he tenido esa duda siempre. La lógica me hace pensar que horario REGULAR es aquel que se realiza todas las semanas y que figura en los horarios de cada uno.
El NO REGULAR sería aquel que no se realiza todas las semanas, sino solamente de "de vez en cuando": evaluaciones, claustros, formación, etc.
El problema es computar esto último dentro de nuestras horas como funcionarios. Se estima que son una media de 5 horas semanales, que en realidad se acumulan en época de evaluaciones o claustros, cuando el número de esas horas se supera con creces mientras que en semanas ordinarias, no se realiza.
En conclusión, estimo que cualquier reunión que se haga semanalmente, debe aparecer en el horario regular, y por tanto computar entre las 25. Cualquier cosa que no sea así, incurre en ilegalidad.

No comparto totalmente esa opinión. Algo que se repite periódicamente, aunque no sea semanalmente (p.e. una reunión de 1 hora cada dos martes) también es regular. De lo contrario, para cometer fraude de ley bastaría con hacer figurar cada dos semanas con el doble de tiempo, lo que podría repetirse semanalmente en la mitad de tiempo. A mí me parece obvia la naturaleza de lo que no es regular: algo que no se repite de forma perfectamente cíclica y que, además, muy comúnmente ni siquiera en todas las ocasiones tiene la misma duración como las reuniones de Claustro, la participación en actividades complementarias, las actividades formativas o las reuniones extraordinarias de órganos de coordinación docente. Por eso de todas actividades no regulares sólo cabe hacer una estimación del tiempo que suponen semanalmente.

No entiendo qué es lo que no compartes.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:20:48 PM
ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los insti- tutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Artículo 13.
4. La parte no lectiva del horario regular se dedicará a las siguientes actividades:
a) Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.
b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica.
c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
d) Programación de actividades educativas. En su caso, se- guimiento del programa de formación en centros de trabajo.
e) Servicio de guardia.
f) Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.
g) Organización y funcionamiento de la biblioteca del ins- tituto.
h) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro del instituto.

Está claro que las Reuniones departamento van en horario regular, y que ponerlo en el NO REGULAR no se ajunta a normativa. Ilegalidades que cometen muchas directivas, no sé a santo de qué.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 20:32:14 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:19:23 PMNo entiendo qué es lo que no compartes.

Que el centro fije reuniones periódicas de órganos que no son de coordinación docente (p.e. una reunión de bilingüe como ha dicho el compañero) y que para justificar que las pone en el horario no regular las fije como de 1 hora cada dos semanas en vez de media hora cada semana. Esas reuniones son totalmente ordinarias y periódicas y, por tanto, están regularmente prefijadas. Así que, aunque se decida hacerlas cada dos semanas, deberían computar como media hora en el horario regular, porque de no regulares no tienen nada.

Por tu intervención he entendido que tú sí consideras que esas reuniones las podrías poner en el horario no regular. Eso a mí me parece un claro fraude de ley.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 22 Septiembre, 2021, 21:35:13 PM
Leyendo a albay yo interpreto justo lo contrario  ::)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 21:53:50 PM
Cita de: jmcala en 22 Septiembre, 2021, 21:35:13 PMLeyendo a albay yo interpreto justo lo contrario  ::)

albay ha dicho literalmente que interpreta regular como que "se realiza todas las semanas". El caso que yo se expongo no se repite todas las semanas, sino cada dos. Tambíén es cierto que no regular lo interpreta como "de vez en cuando", así que es cierto que no puedo colegir que para albay el caso que he expuesto sea forzosamente "no regular". Hay pues un exceso de interpretación por mi parte. Pero tendrá que aclarar su opinión para ver si coincidimos o disentimos, porque es obvio que el caso ni entra en su definición de regular ni en su definición de no regular.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 22 Septiembre, 2021, 22:00:08 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:20:48 PMEstá claro que las Reuniones departamento van en horario regular, y que ponerlo en el NO REGULAR no se ajunta a normativa. Ilegalidades que cometen muchas directivas, no sé a santo de qué.
Gracias albay y Practicum. Vuestra seguridad me da bastante confianza  y os lo agradezco.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Practicum en 22 Septiembre, 2021, 22:05:38 PM
Cita de: blueberry en 22 Septiembre, 2021, 22:00:08 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:20:48 PMEstá claro que las Reuniones departamento van en horario regular, y que ponerlo en el NO REGULAR no se ajunta a normativa. Ilegalidades que cometen muchas directivas, no sé a santo de qué.
Gracias albay y Practicum. Vuestra seguridad me da bastante confianza  y os lo agradezco.

De nada  :) :)
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:54:33 PM
Cita de: rantanplan en 22 Septiembre, 2021, 20:32:14 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:19:23 PMNo entiendo qué es lo que no compartes.

Que el centro fije reuniones periódicas de órganos que no son de coordinación docente (p.e. una reunión de bilingüe como ha dicho el compañero) y que para justificar que las pone en el horario no regular las fije como de 1 hora cada dos semanas en vez de media hora cada semana. Esas reuniones son totalmente ordinarias y periódicas y, por tanto, están regularmente prefijadas. Así que, aunque se decida hacerlas cada dos semanas, deberían computar como media hora en el horario regular, porque de no regulares no tienen nada.

Por tu intervención he entendido que tú sí consideras que esas reuniones las podrías poner en el horario no regular. Eso a mí me parece un claro fraude de ley.

Yo no he dicho tal cosa.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:57:31 PM
Cita de: blueberry en 22 Septiembre, 2021, 22:00:08 PM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 19:20:48 PMEstá claro que las Reuniones departamento van en horario regular, y que ponerlo en el NO REGULAR no se ajunta a normativa. Ilegalidades que cometen muchas directivas, no sé a santo de qué.
Gracias albay y Practicum. Vuestra seguridad me da bastante confianza  y os lo agradezco.

Como equipo directivo que soy, jamás se me ocurriría saltarme la ley ni para mí ni para nadie que esté en mi centro. Hay unos horarios lectivos, no lectivos y no regulares. Y se cumplen. Ni más ni menos. No entiendo tanta triquiñuela que hacen algunos centros, ni para qué lo hacen. Con la relación número de profesores-grupos de alumnos-asignaturas-guardias que se otorgan a los centros, hay suficiente para organizarlo todo cumpliendo la legalidad.
Bueno, sí lo entiendo... pero ese es otro tema.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 07:41:10 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:54:33 PMYo no he dicho tal cosa.

Sí, ya lo he reconocido más arriba que no has dicho nada al respecto ni en un sentido (regular) ni en otro (no regular). Así pues, ¿qué tipo de horario consideras que es el caso que he expuesto?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 23 Septiembre, 2021, 08:48:11 AM
Cita de: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 07:41:10 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:54:33 PMYo no he dicho tal cosa.

Sí, ya lo he reconocido más arriba que no has dicho nada al respecto ni en un sentido (regular) ni en otro (no regular). Así pues, ¿qué tipo de horario consideras que es el caso que he expuesto?

Considero que las reuniones de media hora en un horario no son "reales", porque cualquier reunión se pasa de la hora. Yo no autorizo esa duración de reuniones: todas a una hora y en horario regular.
Creo que estas situaciones de producen porque hay directivas que ponen más guardias de las que corresponden al centro. Las guardias son 1 profesor por cada 8 unidades del centro en guardias ordinarias, y 1 profesor para cada 6 unidades en guardias de recreo. Con la plantilla de un centro hay suficiente para poner guardias y que sobren horas para reuniones. ¿Por qué se ponen más guardias de las que corresponden?
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 23 Septiembre, 2021, 10:32:59 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:57:31 PM
No entiendo tanta triquiñuela que hacen algunos centros, ni para qué lo hacen...
Bueno, sí lo entiendo... pero ese es otro tema.

¿Cuál es entonces ese otro tema?


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 10:52:10 AM
Cita de: albay en 23 Septiembre, 2021, 08:48:11 AM
Cita de: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 07:41:10 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:54:33 PMYo no he dicho tal cosa.

Sí, ya lo he reconocido más arriba que no has dicho nada al respecto ni en un sentido (regular) ni en otro (no regular). Así pues, ¿qué tipo de horario consideras que es el caso que he expuesto?

Considero que las reuniones de media hora en un horario no son "reales", porque cualquier reunión se pasa de la hora. Yo no autorizo esa duración de reuniones: todas a una hora y en horario regular.

Yo no hablo de reuniones de media hora que efectivamente no son reales. Hablo de que se estime oportuno hacer reuniones de 1 hora cada dos semanas. No es descabellado que algún tipo de reuniones puedan tener esta frecuencia.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 23 Septiembre, 2021, 12:28:02 PM
Cita de: respublica en 23 Septiembre, 2021, 10:32:59 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:57:31 PM
No entiendo tanta triquiñuela que hacen algunos centros, ni para qué lo hacen...
Bueno, sí lo entiendo... pero ese es otro tema.

¿Cuál es entonces ese otro tema?


Saludos.

Favorecer a unos para desfavorecer a otros.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 23 Septiembre, 2021, 12:29:15 PM
Cita de: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 10:52:10 AM
Cita de: albay en 23 Septiembre, 2021, 08:48:11 AM
Cita de: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 07:41:10 AM
Cita de: albay en 22 Septiembre, 2021, 23:54:33 PMYo no he dicho tal cosa.

Sí, ya lo he reconocido más arriba que no has dicho nada al respecto ni en un sentido (regular) ni en otro (no regular). Así pues, ¿qué tipo de horario consideras que es el caso que he expuesto?

Considero que las reuniones de media hora en un horario no son "reales", porque cualquier reunión se pasa de la hora. Yo no autorizo esa duración de reuniones: todas a una hora y en horario regular.

Yo no hablo de reuniones de media hora que efectivamente no son reales. Hablo de que se estime oportuno hacer reuniones de 1 hora cada dos semanas. No es descabellado que algún tipo de reuniones puedan tener esta frecuencia.

En todo caso se recoge media hora, sí, es una opción. Pero creo que no es necesario en ningún caso, si los horarios están bien elaborados y conforme a normativa.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 18:57:46 PM
Cita de: albay en 23 Septiembre, 2021, 12:29:15 PMEn todo caso se recoge media hora, sí, es una opción. Pero creo que no es necesario en ningún caso, si los horarios están bien elaborados y conforme a normativa.

Pues entonces sí que coincidimos plenamente. Y, por otro lado, me parece excelente tu forma de obrar.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 23 Septiembre, 2021, 19:11:46 PM
Cita de: rantanplan en 23 Septiembre, 2021, 18:57:46 PM
Cita de: albay en 23 Septiembre, 2021, 12:29:15 PMEn todo caso se recoge media hora, sí, es una opción. Pero creo que no es necesario en ningún caso, si los horarios están bien elaborados y conforme a normativa.

Pues entonces sí que coincidimos plenamente. Y, por otro lado, me parece excelente tu forma de obrar.

Hechos los horarios, puestas las guardias establecidas en mi centro, y todas las reuniones, coordinaciones, planes (incluidas 3 horas extras para TIC), reducciones, jefaturas y tutorías, en mi centro los profesores-tutores han salido a 24 horas (la que falta se la ponen de Elaboración de materiales o algo así), y los jefes de departamento a 25, y aun así nos han sobrado guardias.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: teewoi en 23 Septiembre, 2021, 21:47:09 PM
Buenas noches,
Un compañero nuevo ha llegado hoy a nuestro departamento. Sustituye a una persona con reducción por mayor de 55 años. Jefatura le ha dicho que esas dos horas las tendrá de refuerzo de algún curso. Mi pregunta es si eso puede hacerse. Hasta ahora siempre habían rellenado las reducciones con guardias pero no con refuerzos u otras clases.
Gracias y saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 23 Septiembre, 2021, 23:30:58 PM
Cita de: teewoi en 23 Septiembre, 2021, 21:47:09 PM
Buenas noches,
Un compañero nuevo ha llegado hoy a nuestro departamento. Sustituye a una persona con reducción por mayor de 55 años. Jefatura le ha dicho que esas dos horas las tendrá de refuerzo de algún curso. Mi pregunta es si eso puede hacerse. Hasta ahora siempre habían rellenado las reducciones con guardias pero no con refuerzos u otras clases.
Gracias y saludos.

Claro. Así se hace siempre.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: teewoi en 24 Septiembre, 2021, 07:57:45 AM
Cita de: albay en 23 Septiembre, 2021, 23:30:58 PM
Cita de: teewoi en 23 Septiembre, 2021, 21:47:09 PM
Buenas noches,
Un compañero nuevo ha llegado hoy a nuestro departamento. Sustituye a una persona con reducción por mayor de 55 años. Jefatura le ha dicho que esas dos horas las tendrá de refuerzo de algún curso. Mi pregunta es si eso puede hacerse. Hasta ahora siempre habían rellenado las reducciones con guardias pero no con refuerzos u otras clases.
Gracias y saludos.

Claro. Así se hace siempre.

Muchas gracias!
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: mlaguia en 25 Septiembre, 2021, 10:47:44 AM
Buenos dias,
Este curso me han puesto en mi horario un dia sin ninguna clase y solo con una guardia. Es legal esto? o quizas el inspector, si se da cuenta, obligue al cambio de horario para que imparta clases todos los días?
Gracias de antemano
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Michael Landon en 25 Septiembre, 2021, 13:51:31 PM
Una pregunta que me surge,

¿puedo poner una hora lectiva de jefatura de departamento  y repartirla en 3 recreos de 20 min o debo ocupar un hueco de 1h completa?

Con jefatura, también me refiero a cualquier otra hora lectiva de tareas administrativas como tutoría electrónica, dedicación al área o similar. La característica es que es lectiva pero no de clases con alumnos.

Es una duda que me surge. La normativa no dice nada al respecto o eso creo.

Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 25 Septiembre, 2021, 20:19:24 PM
Cita de: Michael Landon en 25 Septiembre, 2021, 13:51:31 PM
Una pregunta que me surge,

¿puedo poner una hora lectiva de jefatura de departamento  y repartirla en 3 recreos de 20 min o debo ocupar un hueco de 1h completa?

Con jefatura, también me refiero a cualquier otra hora lectiva de tareas administrativas como tutoría electrónica, dedicación al área o similar. La característica es que es lectiva pero no de clases con alumnos.

Es una duda que me surge. La normativa no dice nada al respecto o eso creo.

¿Y por qué no? La administración no reconoce la pausa del recreo como tiempo de trabajo, así que si a mi me cuadra yo pongo la actividad que estime oportuno en ese hueco.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: sicktro en 25 Septiembre, 2021, 20:46:37 PM
Cita de: mlaguia en 25 Septiembre, 2021, 10:47:44 AM
Buenos dias,
Este curso me han puesto en mi horario un dia sin ninguna clase y solo con una guardia. Es legal esto? o quizas el inspector, si se da cuenta, obligue al cambio de horario para que imparta clases todos los días?
Gracias de antemano

Según sindicatos mínimo son 4 horas de permanencia en el centro siendo 2 horas de clase

Aquí te dejo un enlace del BOE

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-15565#:~:text=74.,y%20un%20m%C3%A1ximo%20de%20cinco.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 25 Septiembre, 2021, 21:13:15 PM
Cita de: sicktro en 25 Septiembre, 2021, 20:46:37 PM
Cita de: mlaguia en 25 Septiembre, 2021, 10:47:44 AM
Buenos dias,
Este curso me han puesto en mi horario un dia sin ninguna clase y solo con una guardia. Es legal esto? o quizas el inspector, si se da cuenta, obligue al cambio de horario para que imparta clases todos los días?
Gracias de antemano

Según sindicatos mínimo son 4 horas de permanencia en el centro siendo 2 horas de clase

Aquí te dejo un enlace del BOE

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-15565#:~:text=74.,y%20un%20m%C3%A1ximo%20de%20cinco.

Esa Orden es para el ámbito del Minsiterio de Educación, que es únicamente Ceuta y Melilla.

La normativa en Andalucía es la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Y en ella se establece que la distribución del horario individual de cada profesor o profesora se realizará de lunes a viernes, lo que implica la asistencia diaria
al centro durante dichos días, pero no obliga a que haya docencia directa todos los días.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:15:00 PM
Cita de: sicktro en 25 Septiembre, 2021, 20:46:37 PM
Cita de: mlaguia en 25 Septiembre, 2021, 10:47:44 AM
Buenos dias,
Este curso me han puesto en mi horario un dia sin ninguna clase y solo con una guardia. Es legal esto? o quizas el inspector, si se da cuenta, obligue al cambio de horario para que imparta clases todos los días?
Gracias de antemano

Según sindicatos mínimo son 4 horas de permanencia en el centro siendo 2 horas de clase

Aquí te dejo un enlace del BOE

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-15565#:~:text=74.,y%20un%20m%C3%A1ximo%20de%20cinco.

Gracias mire mal, la verdad que eso me parece algo que roza la falta de respeto y hace que el profesor con un horario así y sus compañeros con un horario bueno se sienta menospreciado y su calidad de enseñanza disminuye, porque nadie puede hacer bien su trabajo si le menosprecían de esa forma con 1 sola hora y encima guardia

Y luego queremos enseñanza de calidad, para ello primero trabajo de calidad

Sabes que, habla con tu compañero y que intente cambiar esa guardia por algún compañero y que no vaya al centro, que algunos profesores se intercambian las guardias
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: rantanplan en 26 Septiembre, 2021, 12:30:27 PM
Cita de: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:15:00 PMSabes que, habla con tu compañero y que intente cambiar esa guardia por algún compañero y que no vaya al centro, que algunos profesores se intercambian las guardias

Apuesto a que la guardia está en una de las dos puntas, porque se ponga a la hora que se ponga al que sólo tiene guardia ese día no le genera un  hueco, mientras que si está en horas centrales seguro que le genera hueco a algún otro profesor y eso no hace óptima la solución.

El problema de las guardias en punta es que sólo las puedas cambiar por otra guardia en punta (salvo contadísimos casos).
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:38:38 PM
Cita de: rantanplan en 26 Septiembre, 2021, 12:30:27 PM
Cita de: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:15:00 PMSabes que, habla con tu compañero y que intente cambiar esa guardia por algún compañero y que no vaya al centro, que algunos profesores se intercambian las guardias

Apuesto a que la guardia está en una de las dos puntas, porque se ponga a la hora que se ponga al que sólo tiene guardia ese día no le genera un  hueco, mientras que si está en horas centrales seguro que le genera hueco a algún otro profesor y eso no hace óptima la solución.

El problema de las guardias en punta es que sólo las puedas cambiar por otra guardia en punta (salvo contadísimos casos).

La verdad que no entiendo como algunos directores hacen ese tipo de trato, ya que eso puede hacer que dejen de ser luego directores y cuando otro sea director le haga la misma faena
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: Aethar en 26 Septiembre, 2021, 15:34:10 PM
Cita de: rantanplan en 25 Septiembre, 2021, 20:19:24 PM
Cita de: Michael Landon en 25 Septiembre, 2021, 13:51:31 PM
Una pregunta que me surge,

¿puedo poner una hora lectiva de jefatura de departamento  y repartirla en 3 recreos de 20 min o debo ocupar un hueco de 1h completa?

Con jefatura, también me refiero a cualquier otra hora lectiva de tareas administrativas como tutoría electrónica, dedicación al área o similar. La característica es que es lectiva pero no de clases con alumnos.

Es una duda que me surge. La normativa no dice nada al respecto o eso creo.

¿Y por qué no? La administración no reconoce la pausa del recreo como tiempo de trabajo, así que si a mi me cuadra yo pongo la actividad que estime oportuno en ese hueco.

Por ejemplo yo he distribuido una jefatura de departamento en dos recreos. Hay equipos directivos que no dejan pero yo nunca visto nada en normativa que no permita hacer eso.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: mlaguia en 26 Septiembre, 2021, 17:24:47 PM
Cita de: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:15:00 PM
Cita de: sicktro en 25 Septiembre, 2021, 20:46:37 PM
Cita de: mlaguia en 25 Septiembre, 2021, 10:47:44 AM
Buenos dias,
Este curso me han puesto en mi horario un dia sin ninguna clase y solo con una guardia. Es legal esto? o quizas el inspector, si se da cuenta, obligue al cambio de horario para que imparta clases todos los días?
Gracias de antemano

Según sindicatos mínimo son 4 horas de permanencia en el centro siendo 2 horas de clase

Aquí te dejo un enlace del BOE

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-15565#:~:text=74.,y%20un%20m%C3%A1ximo%20de%20cinco.

Gracias mire mal, la verdad que eso me parece algo que roza la falta de respeto y hace que el profesor con un horario así y sus compañeros con un horario bueno se sienta menospreciado y su calidad de enseñanza disminuye, porque nadie puede hacer bien su trabajo si le menosprecían de esa forma con 1 sola hora y encima guardia

Y luego queremos enseñanza de calidad, para ello primero trabajo de calidad

Sabes que, habla con tu compañero y que intente cambiar esa guardia por algún compañero y que no vaya al centro, que algunos profesores se intercambian las guardias

He cambiado la guardia con una compañera y he hablado con mi jefe de estudios. En principio no me ha puesto problema salvo que el inspector obligue a que venga ese día al centro, de ahí mi pregunta sobre si el inspector supervisa los horarios y verá que en ese día no tengo clases.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: mlaguia en 26 Septiembre, 2021, 17:28:56 PM
Cita de: rantanplan en 26 Septiembre, 2021, 12:30:27 PM
Cita de: sicktro en 26 Septiembre, 2021, 12:15:00 PMSabes que, habla con tu compañero y que intente cambiar esa guardia por algún compañero y que no vaya al centro, que algunos profesores se intercambian las guardias

Apuesto a que la guardia está en una de las dos puntas, porque se ponga a la hora que se ponga al que sólo tiene guardia ese día no le genera un  hueco, mientras que si está en horas centrales seguro que le genera hueco a algún otro profesor y eso no hace óptima la solución.

El problema de las guardias en punta es que sólo las puedas cambiar por otra guardia en punta (salvo contadísimos casos).

Has acertado compañero, me pusieron la guardia a 1a hora y la he intercambiado por otra de última hora.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: respublica en 26 Septiembre, 2021, 18:35:50 PM
Cita de: mlaguia en 26 Septiembre, 2021, 17:24:47 PM
He cambiado la guardia con una compañera y he hablado con mi jefe de estudios. En principio no me ha puesto problema salvo que el inspector obligue a que venga ese día al centro, de ahí mi pregunta sobre si el inspector supervisa los horarios y verá que en ese día no tengo clases.

La normativa que he citado anteriormente obliga a asistir todos los días al instituto por lo que es ilegal un horario en el que no tengas nada un día y jefatura no debería autorizarlo.

El inspector puede revisar los horarios y obligar a jefatura a cambiarlos.


Saludos.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: jmcala en 27 Septiembre, 2021, 20:55:19 PM
Hoy han mandado un comunicado al director de mi centro, desde el servicio de inspección, indicando que hay un nuevo plan en el que van a controlar una serie de cosas. Una de ellas son, precisamente, los horarios.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: albay en 27 Septiembre, 2021, 20:59:43 PM
Cita de: jmcala en 27 Septiembre, 2021, 20:55:19 PM
Hoy han mandado un comunicado al director de mi centro, desde el servicio de inspección, indicando que hay un nuevo plan en el que van a controlar una serie de cosas. Una de ellas son, precisamente, los horarios.

Sí, está en la prioritaria 1 de la Inspección este año.
Título: Re:FAQ sobre horarios
Publicado por: blueberry en 22 Noviembre, 2021, 17:36:43 PM
La verdad es que dejé de visitar el hilo porque la teoría la tenía ya confirmada y era cuestión de esperar y hacer. Actualizo como ha quedado la cosa.

Desde el primer momento mi horario estaba pasado de 25h y han estado 2 meses removiéndolo en Séneca. A principio de noviembre me hacen llegar una versión definitiva para firmar. Para cuadrar a 25h me dejan una jefatura con 3h reconocidas por el PEC en 2h. Además las reuniones de departamento siguen sin estar en horario regular.

Acudo al despacho entonces para decir que esto no estaría bien. Tras una semana de silencio pongo un registro interno a jefatura explicándome y en cuestión de días me contestan por escrito, me quitan una guardia, me reconocen 30' de reunión de departamento y ya cuadra todo.