Hola. Quisiera saber en las horas que se ponen en el horario para completar las 25 horas de permanencia en el centro hay que permanecer en él o te puedes ir? Me refiero a las horas de organizacion de materiales y programacion de actividades. Yo es que estas cosas las hago por la tarde en casa cuando preparo las clases del dia siguiente. Algunas de estas horas las he completado en quinta y cuarta hora cuando ya he terminado mis clases y me puedo ir a casa.
Esas las puedes hacer perfectamente en casa.
La normativa dice 25 horas de permanencia en el centro de horario regular y cinco de horario no regular que se computan según reuniones, claustros, evaluaciones etc. Así que nuestra jornada de trabajo de obligada permanencia en los centros son 30 horas de las cuales 25 son de horario regular. Por tanto la respuesta a tu pregunta es clara, el horario regular se cumple en el centro y de hecho a eso nos comprometemos al firmar el horario.
INSTRUCCIONES DE 13 DE JULIO DE 2021, DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y
DEPORTE, RELATIVAS A LA ORGANIZACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES Y A LA
FLEXIBILIZACIÓN CURRICULAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/22
Novena. Flexibilización horaria en el resto de los centros docentes.
1. Los centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria, bachillerato y
formación profesional, podrán adaptar el horario lectivo del alumnado del centro, adoptando
los modelos organizativos que consideren más adecuados.
2. Los centros docentes que impartan enseñanzas artísticas, enseñanzas especializadas de
idiomas, enseñanzas deportivas y educación permanente de personas adultas, podrán adaptar
el horario lectivo del alumnado del centro, adoptando los modelos organizativos que consideren
más adecuados.
3. Con el fin de evitar las aglomeraciones en las entradas y salidas, los centros docentes podrán
adoptar medidas de flexibilización horaria que, en función del tamaño del centro, podrán
abarcar hasta una hora, habilitándose para ello, si fuese posible varias vías de entrada y salida.
En esta organización se tendrá en cuenta, en su caso, la configuración de los grupos de
convivencia escolar.
4. Estas medidas de flexibilización en ningún caso supondrán una modificación del número total
de horas lectivas semanales establecido en la normativa que resulte de aplicación para cada una
de las enseñanzas del sistema educativo andaluz.
5. Asimismo, el horario individual del profesorado se adaptará a la circunstancias establecidas
en los puntos 1 y 2 de este apartado, sin que se modifiquen las condiciones reguladas en la
normativa que resulte de aplicación para cada una de las enseñanzas. El profesorado no verá
incrementado, como consecuencia de esta circunstancia, su horario de obligada permanencia
en el centro.
6. Sin perjuicio de la atención presencial del servicio de guardia en aquellos centros en los que
así se contemple, la parte del horario no lectivo y de obligada permanencia en el centro del
profesorado funcionario podrá llevarse a cabo, con carácter general, de forma telemática. No
obstante, se atenderá presencialmente mediante cita previa, en el horario habilitado para ello, a
las familias que tengan dificultades para acceder a la tutoría electrónica.
7. Con objeto de limitar al máximo los contactos interpersonales, el horario general del centro se
elaborará atendiendo a que el número de profesorado que imparte docencia en cada grupo-
clase o grupo de convivencia escolar sea el menor posible.
8. La atención al público en los centros docentes se organizará en horarios distintos a los de
entrada y salida del alumnado, estableciéndose como pauta general la cita previa, articulándose
los procedimientos oportunos para ello, a través de distintas vías de comunicación (telefónica,
correo electrónico, etc...
Tienes razón Nono, mi respuesta iba referida a la norma general, este curso y el anterior son diferentes por el tema covid.
Cita de: pesatie en 10 Octubre, 2021, 19:28:44 PM
Por tanto la respuesta a tu pregunta es clara, el horario regular se cumple en el centro y de hecho a eso nos comprometemos al firmar el horario.
En realidad, la firma del horario es solo para darse por enterado del horario y cumplirlo, así como el resto de funciones del puesto, es un compromiso que se adquiere al aceptar el nombramiento.
Saludos.
El año pasado no siquiera firmamos el horario en mi centro, y este año vamos por el mismo camino.
Cita de: pesatie en 10 Octubre, 2021, 19:28:44 PM
La normativa dice 25 horas de permanencia en el centro de horario regular y cinco de horario no regular que se computan según reuniones, claustros, evaluaciones etc. Así que nuestra jornada de trabajo de obligada permanencia en los centros son 30 horas de las cuales 25 son de horario regular. Por tanto la respuesta a tu pregunta es clara, el horario regular se cumple en el centro y de hecho a eso nos comprometemos al firmar el horario.
Supongo que si eres tutor iras siempre a la hora de tutoria de atención de padres y madres que hay que ponerla obligatoriamente por la tarde ¿no?
Claro, Franxx, por supuesto.