¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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#1
Secundaria, Fp, Especiales... / Plazo reclamaciones y renuncia...
Último mensaje por paula123 - Hoy a las 18:46:25 PM
Buenas tardes,
Sobre los plazos para las reclamaciones del CGT...
Cuando se accede a la página del CGT se lee:
El plazo para la realización de los trámites mencionados es del 18 marzo 2024 al 2 abril 2024, ambos inclusive.

En la guía, que es un documento pdf, se lee:
A continuación, se muestra la ventana inicial de la aplicación. Para acceder a esta ventana no es preciso usar ningún medio de autenticación. El plazo para la realización de los trámites es del 18 de marzo al 2 de abril, ambos inclusive.

Sin embargo en el apartado de preguntas frecuentes (FAQs) se lee:
¿Cuál es el plazo de presentación de renuncias y reclamaciones a la adjudicación provisional y al baremo de méritos?
El plazo es de 10 días hábiles. En el concurso de traslados actual, el plazo es del 15 de marzo de 2024 al 1 de abril de 2024, ambos inclusive. 

¿Alguien puede aclarar por favor si acaba el 1 o el 2 de abril, ambos inclusive?
Esto es un error que se debe aclarar.
Gracias
#2
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por respublica - Hoy a las 17:11:28 PM
Cita de: scout en Hoy a las 16:31:31 PMLos que decían que no se podía van reculando y ya dan por ciertas cosas que antes no decían que eran imposibles.

Esto ya es imparable.

Siguiente paso resolución del TJUE a las prejudiciales de Barcelona para interinos.

Es falso, como ya he dicho en innumerables ocasiones, y no va a ser verdad por mucho que se repita.

De hecho, los vendedores de fijeza y sus publicistas repiten una y otra vez lo mismo desde hace más de veinte años que los sindicatos y empresarios europeos acordaron lo que luego fue la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, que en la siguiente sentencia del TJUE ya sí que sí, luego llega esa sentencia y dicen que en la siguiente, y así una y otra vez, ocultando que si ese tribunal no ha obligado a nada a la justicia española en 25 años, ¿por qué lo iba a hacer en los 25 siguientes?


Saludos.
#3
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por scout - Hoy a las 16:31:31 PM
Cita de: Zeronter en Hoy a las 16:19:21 PMAl final de 1573 páginas de post y se está como en la página 1 del post. Esto es alucinante.

No, igual no.

Los que decían que no se podía van reculando y ya dan por ciertas cosas que antes no decían que eran imposibles.

Esto ya es imparable.

Siguiente paso resolución del TJUE a las prejudiciales de Barcelona para interinos.

Unos dicen que salen en Junio, otros que cuando acabe el proceso extraordinario el 31 de diciembre de 2024.

Yo personalmente prefiero indemnización con el cese de 2025.
#4
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por scout - Hoy a las 16:25:12 PM
Haber cobrado una indemnización por cese no es uno de los motivos para ser expulsado de las listas de interinos.

Al curso siguiente me estarían volviendo a llamar.

¡Lo que hay que leer! " y mejor que no haya sido así"  refiriéndose a la aplicación de una sentencia judicial en favor de los derechos laborales de trabajadores ya reconocidos en fraude de ley.

¿hacer fijo a un trabajador al encadenar tres nombramientos por qué no es una opción válida? El TJUE ya ha dicho que lo acepta como sanción.
#5
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por Zeronter - Hoy a las 16:19:21 PM
Al final de 1573 páginas de post y se está como en la página 1 del post. Esto es alucinante.
#6
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Convocada Adquisición de nu...
Último mensaje por biodepre - Hoy a las 16:04:09 PM
Pues se rumorea que será el 23 de abril. Eso le dijeron a un compi en su tribunal.  anaidpreocupados
#7
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Convocada Adquisición de nu...
Último mensaje por malogu - Hoy a las 15:28:38 PM
Seguramente la semana que viene salgan los resultados.
Suerte a todos. bebespole
#8
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Derechos de autor y publica...
Último mensaje por marc81 - Hoy a las 12:58:12 PM
Cita de: Valmor en Hoy a las 12:26:19 PMUna cosa que debes tener presente es que, si bien ahora eres funcionario de carrera, anteriormente también eras funcionario (en este caso, funcionario interino).

Supongo que el régimen de incompatibilidades es aplicable por igual a funcionarios de carrera y a funcionarios interinos.

No llegué a ser funcionario interino, he sido de los pocos que he pegado el salto directamente.

En lo que respecta al enlace que me has enviado, he visto lo siguiente:

Prestación de servicios.

La Ley del IVA define las prestaciones de servicios como toda operación sujeta al impuesto que no tenga la consideración de entrega, adquisición intracomunitaria o importación. En particular, se considera que son prestaciones de servicios:
 
d. Las cesiones y concesiones de derechos de autor, licencias, patentes, marcas y demás derechos de la propiedad intelectual e industrial.

Lo cual, parece claro que lo que estoy haciendo es una prestación de servicios. Sin embargo, lo que a mi me descuentan es el IRPF. Así que haré lo que he pensado, lo primero rescindir de dicha prestación de servicios con la editorial y que me abonen los derechos de autor del 2023 con la parte proporcional hasta el 31 de agosto.

No me complico más, y cuando vaya a escribir un libro o artículo remunerado, pues solicito compatibilidad.
#9
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Publicación en BOE de los a...
Último mensaje por Muriel_88 - Hoy a las 12:39:44 PM
Cita de: ana_inf_malaga en 27 Marzo, 2024, 14:13:11 PMDa la impresión que van entregando los títulos por orden alfabético de provincias. Es decir, Almeria la primera, y Málaga y Sevilla los últimos. Si va por Jaén, ya va quedando menos. ¿Alguien de Málaga o Sevilla lo ha recibido? Alguien de las demás provincias no lo ha recibido?
Yo estoy en un centro de la provincia de Cádiz.
Y no he recibido nada.
#10
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Derechos de autor y publica...
Último mensaje por Valmor - Hoy a las 12:26:19 PM
Una cosa que debes tener presente es que, si bien ahora eres funcionario de carrera, anteriormente también eras funcionario (en este caso, funcionario interino).

Supongo que el régimen de incompatibilidades es aplicable por igual a funcionarios de carrera y a funcionarios interinos.

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