Hola, tengo una duda que es muy importante, ya que afecta a mi vida personal y familiar, y también a nivel económico. He preguntado en varios sitios (Delegación, sindicatos) y nadie me sabe contestar con certeza, es desesperante.
Soy interina y estoy embarazada. Si todo va bien, daré a luz previsiblemente a mediados de julio. Este curso he tenido una sustitución casi todo el curso, por lo que cobraré todo el verano completo (prórroga vacacional julio y agosto).
Cuando de a luz en julio, solicitaré la prestación por maternidad en la Seguridad Social (ahora se llama "nacimiento y cuidado de menor").
Si no me equivoco, una vez que comience mi prestación tras el parto, aunque mi contrato termine el 31/08/2022, da igual, ya que una vez iniciada la prestación por la Seguridad Social, la percibiré durante 16 semanas (mi intención es que sea de forma ininterrumpida).
Ahora vienen mis dudas que nadie sabe resolver:
Supongamos que tras echar los destinos en la colocación de efectivos, consigo una vacante en la adjudicación definitiva para todo el próximo curso 2022/2023 (no es 100% seguro, pero es probable con mi tiempo de servicio y especialidad).
En ese caso:
1.- ¿Me corresponderían 16 semanas o 20 semanas? La Seguridad Social dice 16, pero tengo entendido que en Andalucía las habían ampliado a 20 para empleados públicos.
2.- ¿Las 20 semanas del permiso por maternidad me las paga la Seguridad Social, aunque mi prórroga vacacional de este curso finalice el 31/08/2022?
3.- Al terminar las 20 semanas de la prestación por maternidad, ¿recupero el mes de agosto (vacaciones) y tengo un mes adicional o el mes de agosto lo pierdo aunque caiga dentro del periodo de prestación por maternidad de 20 semanas?
4.- Tras finalizar las 20 semanas, entiendo que podría cogerme las 4 semanas adicionales + 4 semanas de lactancia acumulada, o esa es mi intención si se puede. Si consigo una vacante en la colocación de efectivos para el curso próximo, ¿podría disfrutar de dichas 4+4 semanas (lactancia+adicionales)?
5.- Si esto fuera así y al tener vacante como interina en el curso 2022/2023, y suponiendo que pueda cogerme las 20+4+4 semanas (+recuperar posteriormente el mes de agosto), supuestamente tendría que incorporarme en marzo de 2023, aproximadamente.
Mi intención sería intentar estar el máximo tiempo posible con el bebé, por lo que no sé si podría:
a) Solicitar un permiso por asuntos propios sin retribución. Máximo 3 meses, creo, y se permite a interinos con vacante. De esta forma me incorporaría en junio, no cobraría esos 3 meses, y no sé si durante el permiso no retribuido seguiría acumulando tiempo de servicio en bolsa y si cobraría verano 2023 o no.
b) En la adjudicación definitiva de la colocación de efectivos, al obtener una vacante, acogerme al "permiso por cuidado de menor de 3 años" y por tanto no incorporarme en todo el curso 2022/2023. Mi duda es si esto sería compatible con poder solicitar y cobrar las 20+4+4 semanas (+ recuperar agosto), y si cobraría o no verano 2023.
Sé que son muchas dudas, pero he preguntado en varios sitios y nadie me sabe contestar a ciencia cierta, y es un tema bastante serio que afecta a mi vida laboral, familiar y a nivel económico, por lo que quiero tenerlo claro antes de que se produzca el parto (queda poco), para gestionarlo de una forma u otra, o en el peor de los casos al menos "ceder" los permisos de 4+4 a mi marido para que se los coja él (también docente).
Muchísimas gracias de antemano.
