¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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#51
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - 10 Agosto, 2026, 14:19:03 PM
Cita de: godob en 10 Agosto, 2026, 14:06:03 PM
Cita de: albay en 09 Agosto, 2026, 17:54:27 PM
Cita de: godob en 09 Agosto, 2026, 16:03:30 PM
Cita de: albay en 08 Agosto, 2026, 16:21:18 PMEn la concesión de permisos cabe distinguir entre 2 tipos en cuanto a su autorización:

- Los que son competencia del Delegado Provincial: cualquier baja médica, asistencia a cursos o congresos, licencias por paternidad/maternidad, etc.

- Los que son competencia del Director o Directora del centro: ausencias por enfermedad de menos de 3 días, fallecimiento u hospitalización de familiar, enfermedad infecto-contagiosa en hijos-as menores de 9, traslado de domicilio, etc.

El permiso 29, MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, corresponde autorizarlo a la Dirección del Centro.

Aclarado esto, es importante la interpretación que el director haga de este permiso. Bien es cierto que habitualmente se concede a los que tienen menores de 12 años, sin preguntar más datos que el libro de familia, y sin tener en cuenta si el menor acude al colegio o no.

Para ser ecuánimes, debería ser necesario por tanto, solamente la acreditación de la convivencia con tu padre.

Es decir, yo lo concedería sin más, pero vas a depender del director o directora que te haya tocado.

Supongo que esa conciliación que vas a pedir, será la de entrar una hora más tarde (a 2ª) o salir antes (a 5ª). Con los horarios del centro no es difícil conciliar esto. En mi caso, procuro respetar este asunto, no solo con las personas que piden conciliación sino además con todo el claustro. Eso sí, siempre y cuando exista un equilibrio entre los que piden lo uno o lo otro.
¿No resulta un poco indecente que una decisión así dependa de la interpretación del director de turno?
De hecho soy consciente de que ocurre en otras decisiones.
¿Tan difícil es dejar claro estos temas?

No, si el tema está claro, y más desde la última modificación del TREBEP. El problema es que los directores dicen que no y nadie les tose ni les presentan escritos como el que puse ayer por aquí.
¿Y si dicen que no y tienes derecho no tendría que tener algún tipo de repercusión?
¿Qué sentido tiene que actúe como le de la gana?
¿Puede haber después repercusiones negativas para quién le tose?
Ya tenemos el culo pelao...

En mi opinión muchos directores e incluso inspectores deberían leerse mejor las leyes.

No obstante, el tema de la flexibilidad horaria acarrea ciertos problemas a los centros en cuanto a la organización horaria. Además cada vez lo pide más gente. En el caso de los institutos es fácil de llevar a la práctica, pero no sé cómo lo harán en los colegios.
Ignoro igualmente cómo están regulándolo el resto de administraciones públicas.

Si el 100% de un claustro (o el 70 u 80%) pide flexibilizar la primera de la jornada, ya veis que es del todo imposible. Por lógica. Lo de establecer 50% a primera o a última puede mejorar el reparto. Pero aun así, no está garantizado que los horarios de un instituto cuadren con todo ello.

Además, el derecho a la flexibilidad horaria también va en perjuicio del profesorado que no la tenga.

En fin, un poquito de filosofía agosteña... si queréis debatimos todo esto o algo más que se os ocurra.
#52
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por godob - 10 Agosto, 2026, 14:06:03 PM
Cita de: albay en 09 Agosto, 2026, 17:54:27 PM
Cita de: godob en 09 Agosto, 2026, 16:03:30 PM
Cita de: albay en 08 Agosto, 2026, 16:21:18 PMEn la concesión de permisos cabe distinguir entre 2 tipos en cuanto a su autorización:

- Los que son competencia del Delegado Provincial: cualquier baja médica, asistencia a cursos o congresos, licencias por paternidad/maternidad, etc.

- Los que son competencia del Director o Directora del centro: ausencias por enfermedad de menos de 3 días, fallecimiento u hospitalización de familiar, enfermedad infecto-contagiosa en hijos-as menores de 9, traslado de domicilio, etc.

El permiso 29, MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, corresponde autorizarlo a la Dirección del Centro.

Aclarado esto, es importante la interpretación que el director haga de este permiso. Bien es cierto que habitualmente se concede a los que tienen menores de 12 años, sin preguntar más datos que el libro de familia, y sin tener en cuenta si el menor acude al colegio o no.

Para ser ecuánimes, debería ser necesario por tanto, solamente la acreditación de la convivencia con tu padre.

Es decir, yo lo concedería sin más, pero vas a depender del director o directora que te haya tocado.

Supongo que esa conciliación que vas a pedir, será la de entrar una hora más tarde (a 2ª) o salir antes (a 5ª). Con los horarios del centro no es difícil conciliar esto. En mi caso, procuro respetar este asunto, no solo con las personas que piden conciliación sino además con todo el claustro. Eso sí, siempre y cuando exista un equilibrio entre los que piden lo uno o lo otro.
¿No resulta un poco indecente que una decisión así dependa de la interpretación del director de turno?
De hecho soy consciente de que ocurre en otras decisiones.
¿Tan difícil es dejar claro estos temas?

No, si el tema está claro, y más desde la última modificación del TREBEP. El problema es que los directores dicen que no y nadie les tose ni les presentan escritos como el que puse ayer por aquí.
¿Y si dicen que no y tienes derecho no tendría que tener algún tipo de repercusión?
¿Qué sentido tiene que actúe como le de la gana?
¿Puede haber después repercusiones negativas para quién le tose?
Ya tenemos el culo pelao...
#53
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por harto - 10 Agosto, 2026, 14:02:31 PM
Según USTEA 12 de Agosto Bolsas definitivas y jueves 13 definitivas para interinos. Ya queda menos! Suerte!
#54
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por Aguali - 10 Agosto, 2026, 12:36:36 PM
Según ANPE se publican el jueves 13
 brujakermit  brujakermit  brujakermit
#55
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por joaquindr - 10 Agosto, 2026, 12:26:57 PM
 Yo soy optimista; empezaré a darle al F5 el miércoles 12.  ;)
#56
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por harto - 10 Agosto, 2026, 11:59:57 AM
Cita de: ecalcob en 10 Agosto, 2026, 10:21:19 AMBuenos días, supuestamente última semana de sufrimiento para interinos. A ver si el orden en bolsa definitivo sale hoy. Y ya los definitivos...yo lo espero para el jueves...
No creo que sea tan rápido. Nos tendrán en vela hasta el viernes.
#57
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por ecalcob - 10 Agosto, 2026, 10:21:19 AM
Buenos días, supuestamente última semana de sufrimiento para interinos. A ver si el orden en bolsa definitivo sale hoy. Y ya los definitivos...yo lo espero para el jueves...
#58
Ateneo / Re:CUADROS QUE EMOCIONAN
Último mensaje por kermit - 10 Agosto, 2026, 07:04:26 AM
                                                             
#59
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por Encadenado - 09 Agosto, 2026, 18:59:14 PM
Cita de: respublica en 09 Agosto, 2026, 03:32:14 AM
Cita de: Encadenado en 07 Agosto, 2026, 18:00:56 PMMuy agradecido por tu respuesta. Las reglas de las PERMUTAS ya las conozco: interinos, de la misma bolsa y que no difieran sus tiempos de servicio en más de 5 años. Pero la duda que tengo es si se pueden permutar sus destinos dos interinos de la misma bolsa con diferencia de tiempo de servicio menor de 5 años PERO uno de ellos cun un destino ZTS (por ejemplo) y el otro con destino MATEMÁTICAS PES (por ejemplo).

Para esto y casi para todo, no hay más que leer la convocatoria, en concreto la base decimoséptima:

CitarEn el caso de que se solicite el intercambio de un puesto específico, siempre que se acceda a este desde el mismo cuerpo y especialidad, solo podrá ser concedido en el caso de que ambas personas lo tengan acreditado y hayan solicitado participar por ese puesto específico en el formulario al que se refiere el apartado 1 de la base segunda. Si se cumple este requisito, podrá solicitarse el intercambio entre puestos específicos o entre puesto específico y puesto ordinario.

Es decir, que sí se puede hacer una permuta entre un puesto ordinario, como el de Matemáticas, y un puesto específico de Personal de Apoyo en el Ámbito Científico-Matemático en Zona de Transformación Social, siempre que quien tiene destino en el puesto ordinario haya solicitado el específico, además de pertenecer a la misma bolsa y no tener más de cinco años de diferencia en rl tiempo de servicio.


Saludos.

Efectivamente, parece que está claro en la convocatoria. Muchas gracias.
#60
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - 09 Agosto, 2026, 17:54:27 PM
Cita de: godob en 09 Agosto, 2026, 16:03:30 PM
Cita de: albay en 08 Agosto, 2026, 16:21:18 PMEn la concesión de permisos cabe distinguir entre 2 tipos en cuanto a su autorización:

- Los que son competencia del Delegado Provincial: cualquier baja médica, asistencia a cursos o congresos, licencias por paternidad/maternidad, etc.

- Los que son competencia del Director o Directora del centro: ausencias por enfermedad de menos de 3 días, fallecimiento u hospitalización de familiar, enfermedad infecto-contagiosa en hijos-as menores de 9, traslado de domicilio, etc.

El permiso 29, MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, corresponde autorizarlo a la Dirección del Centro.

Aclarado esto, es importante la interpretación que el director haga de este permiso. Bien es cierto que habitualmente se concede a los que tienen menores de 12 años, sin preguntar más datos que el libro de familia, y sin tener en cuenta si el menor acude al colegio o no.

Para ser ecuánimes, debería ser necesario por tanto, solamente la acreditación de la convivencia con tu padre.

Es decir, yo lo concedería sin más, pero vas a depender del director o directora que te haya tocado.

Supongo que esa conciliación que vas a pedir, será la de entrar una hora más tarde (a 2ª) o salir antes (a 5ª). Con los horarios del centro no es difícil conciliar esto. En mi caso, procuro respetar este asunto, no solo con las personas que piden conciliación sino además con todo el claustro. Eso sí, siempre y cuando exista un equilibrio entre los que piden lo uno o lo otro.
¿No resulta un poco indecente que una decisión así dependa de la interpretación del director de turno?
De hecho soy consciente de que ocurre en otras decisiones.
¿Tan difícil es dejar claro estos temas?

No, si el tema está claro, y más desde la última modificación del TREBEP. El problema es que los directores dicen que no y nadie les tose ni les presentan escritos como el que puse ayer por aquí.

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