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#51
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por Profedecomomia - 12 Mayo, 2026, 19:41:03 PM
Cita de: Enserio en 12 Mayo, 2026, 19:01:45 PMSí, ahora el Gobierno tiene que legislar.

De momento, es el personal laboral en abuso el que podría saturar los juzgados y ganaría fijeza e indemnización, o indemnización. Porque ganarían la sentencia sí o sí.

Y luego, a Europa le da igual el derecho español, porque el derecho europeo está por encima. La división española de lo social y lo contencioso no tiene base para abusar de los empleados públicos con patente de corso.

Vamos a ir viendo los pasos que dan antes de arruinar a la Administración Pública por la estupidez de no aceptar unos valores europeos que además mejoran a la sociedad (si pudiesen lo mismo pondrían en la Constitución que los inmigrantes no tienen derecho a andar por las aceras, el calado moral y ético de España es vergonzoso en muchos casos, es una pena)

Abro melón:

¿El procedimiento selectivo por concurso de méritos sería valido?
Cita de: godob en 12 Mayo, 2026, 18:35:15 PMA ver.
Tendrán que articular una manera de que reclamemos esa plaza ¿no?
¿O esto es sólo palabrería?

Abro melón:

¿El proceso selectivo por concurso de méritos podría contar? O

¿Contará cualquier proceso selectivo (retroactivo)? O

solo aquellos que se superen después del 11 de mayo (fecha de la sentencia)

#52
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por Enserio - 12 Mayo, 2026, 19:01:45 PM
Sí, ahora el Gobierno tiene que legislar.

De momento, es el personal laboral en abuso el que podría saturar los juzgados y ganaría fijeza e indemnización, o indemnización. Porque ganarían la sentencia sí o sí.

Y luego, a Europa le da igual el derecho español, porque el derecho europeo está por encima. La división española de lo social y lo contencioso no tiene base para abusar de los empleados públicos con patente de corso.

Vamos a ir viendo los pasos que dan antes de arruinar a la Administración Pública por la estupidez de no aceptar unos valores europeos que además mejoran a la sociedad (si pudiesen lo mismo pondrían en la Constitución que los inmigrantes no tienen derecho a andar por las aceras, el calado moral y ético de España es vergonzoso en muchos casos, es una pena)
#53
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por godob - 12 Mayo, 2026, 18:35:15 PM
A ver.
Tendrán que articular una manera de que reclamemos esa plaza ¿no?
¿O esto es sólo palabrería?
#54
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Teletrabajo de dos horas se...
Último mensaje por eru1980 - 12 Mayo, 2026, 16:57:45 PM
Solo hay que ver lo que dice la ley:
"9. El profesorado de los institutos de educación secundaria que cuente con cincuenta y cinco o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad tendrá una reducción en la parte lectiva de su horario regular semanal, a partir de dicha fecha, de dos horas. Dicha reducción se llevará a cabo en el horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo y se destinará a la realización de las actividades que se le encomienden de entre las recogidas en los apartados 4 y 6, sin que ello implique reducción del horario semanal de obligada permanencia en el instituto establecido en treinta horas."
y el apartado 4 dice:
"4. La parte no lectiva del horario regular se dedicará a las siguientes actividades:

a) Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.

b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica.

c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.

d) Programación de actividades educativas. En su caso, seguimiento del programa de formación en centros de trabajo.

e) Servicio de guardia.

f) Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.

g) Organización y funcionamiento de la biblioteca del instituto.

h) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro del instituto."


Todas esas actividades en negrita son "teletrabajables" según la instrucción de 2025. Lo que pasa es que la instrucción carece sin sentido si se aplica la coletilla final del art 13.9 "sin que ello implique reducción del horario semanal de obligada permanencia en el instituto establecido en treinta horas".

Pero siendo realistas, sí, las horas que se reducen pueden ser NO LECTIVAS.
#55
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Teletrabajo de dos horas se...
Último mensaje por albay - 12 Mayo, 2026, 15:47:22 PM
Cita de: simba en 12 Mayo, 2026, 14:42:07 PMNo es cuestión de "ponerse de acuerdo".
Respública lo ha explicado con meridiana claridad.
De hecho, por eso se han planteado que puedan ser telemáticas, porque al venir del "cupo lectivo" (llamémosle así), las +55 tenían que ser presenciales.
No entiendo qué es lo que no se entiende.

Nada en la legislación vigente dice que las lectivas (sin docencia directa) tenga que ser presenciales. Buscadlo, porque no existe.
#56
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Teletrabajo de dos horas se...
Último mensaje por simba - 12 Mayo, 2026, 14:42:07 PM
No es cuestión de "ponerse de acuerdo".
Respública lo ha explicado con meridiana claridad.
De hecho, por eso se han planteado que puedan ser telemáticas, porque al venir del "cupo lectivo" (llamémosle así), las +55 tenían que ser presenciales.
No entiendo qué es lo que no se entiende.
#57
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por Enserio - 12 Mayo, 2026, 14:12:00 PM
Nada cambia, pero todo ha cambiado.
#58
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por Profedecomomia - 12 Mayo, 2026, 12:47:14 PM
Esto no cambia nada, ya que es una "sentencia" de lo social...
#60
Foro general - Enseñanza / Re:INTERINOS: LA SOLUCION A LA...
Último mensaje por scout - 12 Mayo, 2026, 12:12:56 PM
Cita de: scout en 12 Mayo, 2026, 12:06:50 PMSeguimos avanzando tal y como dijo Araúz.

El Supremo acepta hacer fijos solo a los interinos que han superado una oposición pero no obtuvieron plaza Los funcionarios interinos y trabajadores temporales de la Administración pública se manifiestan contra la temporalidad. Los funcionarios interinos y trabajadores temporales de la Administración pública se manifiestan contra la temporalidad.


El Alto Tribunal rechaza otorgar esta condición de forma generalizada a las víctimas de temporalidad abusiva porque "se  impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos".

La justicia europea falla a favor de los interinos y sentencia que España no sanciona correctamente la temporalidad abusiva. El Tribunal Supremo da un giro en su doctrina y acepta que los empleados públicos interinos que han encadenado contratos temporales de forma fraudulenta puedan obtener la condición de fijo. Eso sí, únicamente si han superado un proceso selectivo, pero no han obtenido plaza al quedar por debajo de otros candidatos.

Así lo sostiene el Alto Tribunal en una sentencia adelantada este martes que es crucial para cientos de miles de empleados públicos que estaban esperando a este pronunciamiento para aclarar su situación. Cientos de reclamaciones judiciales estaban a la espera de que el Supremo unificase doctrina después de que el caso llegara a la justicia europea.

De esta forma, el Supremo se abre por primera vez a la fijeza después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fallase recientemente que España non sanciona adecuadamente estas situaciones de temporalidad abusiva. Hasta el momento, el Alto Tribunal había apostado por la figura del "indefinido no fijo", que el TJUE consideró insuficiente.


- Primero fueron las juezas interinas que tocaron a la puerta de Araúz con el texto redactado a falta de mandar al TJUE. Después llegó el concurso de méritos para cumplir una sentencia del TJUE de la que se benefició gente que no ha movido un dedo. Ahora el Supremo da una de cal y una de arena dejando a medias las sentencias del TJUE, sí se puede hacer fijos pero sólo los que tenga opo aprobada.

y LA PIEDRA SEGUIRÁ RODANDO porque el TJUE ya ha sentenciado:

- Todos los empleados públicos son también trabajadores y les es de aplicación la directiva ETT de 1999.
- Todos los trabajadores que encadenen tres años con contratos temporales deben ser resarcidos.
- Queda a elección del país miembro elegir entre la fijeza o la indemnización como sanción al abuso.

TODOS los trabajadores deber ser resarcidos, no algunos sí y otros no.

Grande Araúz.  anaidbesos  adoraranad

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