¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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#2
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - Hoy a las 18:09:51 PM
Cita de: pepe sosa en Hoy a las 17:38:43 PM
Cita de: albay en Hoy a las 16:04:21 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:54:29 PMSi deben leerse mejor las leyes a lo mejor no deberían ser directores.
Es que ni siquiera los inspectores se la saben. El año pasado, tras el acuerdo de 16 de julio con lo sindicatos, en la reunión de primeros de septiembre fuimos los directores quienes les explicamos la nueva legislación a los inspectores.
Ese es mío miedo de siempre, que como leemos e intentamos conocer la normativa, después entramos en pánico porque intuimos que ellos no la sabrán, o la conocerán en parte, o la interpretan a su forma, o realizarán una interpelación torticera.

No hay nada mejor que enseñar al que no sabe. De hecho, esa es nuestra profesión.
#3
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por pepe sosa - Hoy a las 17:38:43 PM
Cita de: albay en Hoy a las 16:04:21 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:54:29 PMSi deben leerse mejor las leyes a lo mejor no deberían ser directores.
Es que ni siquiera los inspectores se la saben. El año pasado, tras el acuerdo de 16 de julio con lo sindicatos, en la reunión de primeros de septiembre fuimos los directores quienes les explicamos la nueva legislación a los inspectores.
Ese es mío miedo de siempre, que como leemos e intentamos conocer la normativa, después entramos en pánico porque intuimos que ellos no la sabrán, o la conocerán en parte, o la interpretan a su forma, o realizarán una interpelación torticera.
#4
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por pepe sosa - Hoy a las 17:34:46 PM
Cita de: albay en Hoy a las 16:02:47 PM
Cita de: pepe sosa en Hoy a las 15:23:47 PMAlbay ya que me has animado en este anterior mensaje a seguir despejando dudas que me surgen en relación con este asunto y de acuerdo contigo que muchas veces l@s director@s desconocen las leyes, te pregunto si crees oportuno que con anterioridad a una posible reclamación fundamentada en tu modelo, verías positivo adjuntar un documento a la solicitud del permiso, es decir al Anexo I explicando toda esta normativa que has expuesto aquí, pero sin expresar ni mencionar nada del párrafo origen de la discusión, es decir del asunto de acudir la persona dependiente a un centro externo al domicilio familiar.
Quisiera tenerlo todo atado y por ello te pregunto si podría venir bien para q la dirección del centro conociese la normativa en caso que la desconozca.
No se si podría venir bien porque sería como poner el parche antes que saliese el grano, pero por otra parte podría levantar la liebre, es decir dar a conocer, descubrir o sacar a la luz antes de tiempo este asunto en caso de desconocerlo la dirección.
Albay si consideras que sería importante para la dirección, te pediría que me ayudaras exponiendonos aquí un modelo de escrito, pensando que este documento sería exclusivamente explicativo pero basado en los mismos aspectos normativos en los que has fundamentado todo lo que has expuesto aquí sobre este asunto.

En mi opinión lo que haría el día 1: presentar Anexo I con la documentación justificativa de la dependencia. Y ver si te ponen alguna pega. Que igual no te la ponen y estamos poniendo el parche antes de que salga el grano.

En caso de que observes alguna reticencia ten preparado ese escrito con la legislación para hacérselo ver (en reunión con ellos).

Y si tras ello persisten en el no, pues entonces interpones el escrito por registro.
Gracias Albay, así lo haré.
#5
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por godob - Hoy a las 16:32:26 PM
Cita de: albay en Hoy a las 16:04:21 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:54:29 PMSi deben leerse mejor las leyes a lo mejor no deberían ser directores.
Es que ni siquiera los inspectores se la saben. El año pasado, tras el acuerdo de 16 de julio con lo sindicatos, en la reunión de primeros de septiembre fuimos los directores quienes les explicamos la nueva legislación a los inspectores.
Pues mira que sueldos más bien desperdiciados...
Que pena tener gente así por encima.
#6
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - Hoy a las 16:04:21 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:54:29 PMSi deben leerse mejor las leyes a lo mejor no deberían ser directores.
Es que ni siquiera los inspectores se la saben. El año pasado, tras el acuerdo de 16 de julio con lo sindicatos, en la reunión de primeros de septiembre fuimos los directores quienes les explicamos la nueva legislación a los inspectores.
#7
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - Hoy a las 16:02:47 PM
Cita de: pepe sosa en Hoy a las 15:23:47 PMAlbay ya que me has animado en este anterior mensaje a seguir despejando dudas que me surgen en relación con este asunto y de acuerdo contigo que muchas veces l@s director@s desconocen las leyes, te pregunto si crees oportuno que con anterioridad a una posible reclamación fundamentada en tu modelo, verías positivo adjuntar un documento a la solicitud del permiso, es decir al Anexo I explicando toda esta normativa que has expuesto aquí, pero sin expresar ni mencionar nada del párrafo origen de la discusión, es decir del asunto de acudir la persona dependiente a un centro externo al domicilio familiar.
Quisiera tenerlo todo atado y por ello te pregunto si podría venir bien para q la dirección del centro conociese la normativa en caso que la desconozca.
No se si podría venir bien porque sería como poner el parche antes que saliese el grano, pero por otra parte podría levantar la liebre, es decir dar a conocer, descubrir o sacar a la luz antes de tiempo este asunto en caso de desconocerlo la dirección.
Albay si consideras que sería importante para la dirección, te pediría que me ayudaras exponiendonos aquí un modelo de escrito, pensando que este documento sería exclusivamente explicativo pero basado en los mismos aspectos normativos en los que has fundamentado todo lo que has expuesto aquí sobre este asunto.

En mi opinión lo que haría el día 1: presentar Anexo I con la documentación justificativa de la dependencia. Y ver si te ponen alguna pega. Que igual no te la ponen y estamos poniendo el parche antes de que salga el grano.

En caso de que observes alguna reticencia ten preparado ese escrito con la legislación para hacérselo ver (en reunión con ellos).

Y si tras ello persisten en el no, pues entonces interpones el escrito por registro.
#8
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por pepe sosa - Hoy a las 15:23:47 PM
Albay ya que me has animado en este anterior mensaje a seguir despejando dudas que me surgen en relación con este asunto y de acuerdo contigo que muchas veces l@s director@s desconocen las leyes, te pregunto si crees oportuno que con anterioridad a una posible reclamación fundamentada en tu modelo, verías positivo adjuntar un documento a la solicitud del permiso, es decir al Anexo I explicando toda esta normativa que has expuesto aquí, pero sin expresar ni mencionar nada del párrafo origen de la discusión, es decir del asunto de acudir la persona dependiente a un centro externo al domicilio familiar.
Quisiera tenerlo todo atado y por ello te pregunto si podría venir bien para q la dirección del centro conociese la normativa en caso que la desconozca.
No se si podría venir bien porque sería como poner el parche antes que saliese el grano, pero por otra parte podría levantar la liebre, es decir dar a conocer, descubrir o sacar a la luz antes de tiempo este asunto en caso de desconocerlo la dirección.
Albay si consideras que sería importante para la dirección, te pediría que me ayudaras exponiendonos aquí un modelo de escrito, pensando que este documento sería exclusivamente explicativo pero basado en los mismos aspectos normativos en los que has fundamentado todo lo que has expuesto aquí sobre este asunto.
#9
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por godob - Hoy a las 14:54:29 PM
Cita de: albay en Hoy a las 14:19:03 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:06:03 PM
Cita de: albay en 09 Agosto, 2026, 17:54:27 PM
Cita de: godob en 09 Agosto, 2026, 16:03:30 PM
Cita de: albay en 08 Agosto, 2026, 16:21:18 PMEn la concesión de permisos cabe distinguir entre 2 tipos en cuanto a su autorización:

- Los que son competencia del Delegado Provincial: cualquier baja médica, asistencia a cursos o congresos, licencias por paternidad/maternidad, etc.

- Los que son competencia del Director o Directora del centro: ausencias por enfermedad de menos de 3 días, fallecimiento u hospitalización de familiar, enfermedad infecto-contagiosa en hijos-as menores de 9, traslado de domicilio, etc.

El permiso 29, MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, corresponde autorizarlo a la Dirección del Centro.

Aclarado esto, es importante la interpretación que el director haga de este permiso. Bien es cierto que habitualmente se concede a los que tienen menores de 12 años, sin preguntar más datos que el libro de familia, y sin tener en cuenta si el menor acude al colegio o no.

Para ser ecuánimes, debería ser necesario por tanto, solamente la acreditación de la convivencia con tu padre.

Es decir, yo lo concedería sin más, pero vas a depender del director o directora que te haya tocado.

Supongo que esa conciliación que vas a pedir, será la de entrar una hora más tarde (a 2ª) o salir antes (a 5ª). Con los horarios del centro no es difícil conciliar esto. En mi caso, procuro respetar este asunto, no solo con las personas que piden conciliación sino además con todo el claustro. Eso sí, siempre y cuando exista un equilibrio entre los que piden lo uno o lo otro.
¿No resulta un poco indecente que una decisión así dependa de la interpretación del director de turno?
De hecho soy consciente de que ocurre en otras decisiones.
¿Tan difícil es dejar claro estos temas?

No, si el tema está claro, y más desde la última modificación del TREBEP. El problema es que los directores dicen que no y nadie les tose ni les presentan escritos como el que puse ayer por aquí.
¿Y si dicen que no y tienes derecho no tendría que tener algún tipo de repercusión?
¿Qué sentido tiene que actúe como le de la gana?
¿Puede haber después repercusiones negativas para quién le tose?
Ya tenemos el culo pelao...

En mi opinión muchos directores e incluso inspectores deberían leerse mejor las leyes.

No obstante, el tema de la flexibilidad horaria acarrea ciertos problemas a los centros en cuanto a la organización horaria. Además cada vez lo pide más gente. En el caso de los institutos es fácil de llevar a la práctica, pero no sé cómo lo harán en los colegios.
Ignoro igualmente cómo están regulándolo el resto de administraciones públicas.

Si el 100% de un claustro (o el 70 u 80%) pide flexibilizar la primera de la jornada, ya veis que es del todo imposible. Por lógica. Lo de establecer 50% a primera o a última puede mejorar el reparto. Pero aun así, no está garantizado que los horarios de un instituto cuadren con todo ello.

Además, el derecho a la flexibilidad horaria también va en perjuicio del profesorado que no la tenga.

En fin, un poquito de filosofía agosteña... si queréis debatimos todo esto o algo más que se os ocurra.
La problemática de dar la hora a todos los que la solicitan se entiende perfectamente.
Lo que me chirria es que un director haga algo diferente de otro sólo por interpretación.
Si deben leerse mejor las leyes a lo mejor no deberían ser directores.
Y vaya por delante que en mi caso siempre me han tratado bien y tengo varios amigos director@s.
#10
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Consulta a Albay o Respúbli...
Último mensaje por albay - Hoy a las 14:19:03 PM
Cita de: godob en Hoy a las 14:06:03 PM
Cita de: albay en 09 Agosto, 2026, 17:54:27 PM
Cita de: godob en 09 Agosto, 2026, 16:03:30 PM
Cita de: albay en 08 Agosto, 2026, 16:21:18 PMEn la concesión de permisos cabe distinguir entre 2 tipos en cuanto a su autorización:

- Los que son competencia del Delegado Provincial: cualquier baja médica, asistencia a cursos o congresos, licencias por paternidad/maternidad, etc.

- Los que son competencia del Director o Directora del centro: ausencias por enfermedad de menos de 3 días, fallecimiento u hospitalización de familiar, enfermedad infecto-contagiosa en hijos-as menores de 9, traslado de domicilio, etc.

El permiso 29, MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, corresponde autorizarlo a la Dirección del Centro.

Aclarado esto, es importante la interpretación que el director haga de este permiso. Bien es cierto que habitualmente se concede a los que tienen menores de 12 años, sin preguntar más datos que el libro de familia, y sin tener en cuenta si el menor acude al colegio o no.

Para ser ecuánimes, debería ser necesario por tanto, solamente la acreditación de la convivencia con tu padre.

Es decir, yo lo concedería sin más, pero vas a depender del director o directora que te haya tocado.

Supongo que esa conciliación que vas a pedir, será la de entrar una hora más tarde (a 2ª) o salir antes (a 5ª). Con los horarios del centro no es difícil conciliar esto. En mi caso, procuro respetar este asunto, no solo con las personas que piden conciliación sino además con todo el claustro. Eso sí, siempre y cuando exista un equilibrio entre los que piden lo uno o lo otro.
¿No resulta un poco indecente que una decisión así dependa de la interpretación del director de turno?
De hecho soy consciente de que ocurre en otras decisiones.
¿Tan difícil es dejar claro estos temas?

No, si el tema está claro, y más desde la última modificación del TREBEP. El problema es que los directores dicen que no y nadie les tose ni les presentan escritos como el que puse ayer por aquí.
¿Y si dicen que no y tienes derecho no tendría que tener algún tipo de repercusión?
¿Qué sentido tiene que actúe como le de la gana?
¿Puede haber después repercusiones negativas para quién le tose?
Ya tenemos el culo pelao...

En mi opinión muchos directores e incluso inspectores deberían leerse mejor las leyes.

No obstante, el tema de la flexibilidad horaria acarrea ciertos problemas a los centros en cuanto a la organización horaria. Además cada vez lo pide más gente. En el caso de los institutos es fácil de llevar a la práctica, pero no sé cómo lo harán en los colegios.
Ignoro igualmente cómo están regulándolo el resto de administraciones públicas.

Si el 100% de un claustro (o el 70 u 80%) pide flexibilizar la primera de la jornada, ya veis que es del todo imposible. Por lógica. Lo de establecer 50% a primera o a última puede mejorar el reparto. Pero aun así, no está garantizado que los horarios de un instituto cuadren con todo ello.

Además, el derecho a la flexibilidad horaria también va en perjuicio del profesorado que no la tenga.

En fin, un poquito de filosofía agosteña... si queréis debatimos todo esto o algo más que se os ocurra.

¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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