¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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#1
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por Jotura - Hoy a las 14:30:33 PM
Cita de: Suricato99 en Hoy a las 10:22:59 AM
Cita de: Jotura en Hoy a las 09:37:41 AM
Cita de: Scamander en 17 Agosto, 2026, 03:47:48 AM4747504E55594750 Geografía e Historia
4646504E55594750 Geografia e Historia biñingüe inglés
4647504E55594750 Geografía e Historia bilingüe francés

¿Estáis consiguiendo ver las demás especialidades? Porque yo, por más que inspecciono elementos en el navegador y cambio los códigos del "VerPuesto", me sigue cargando mi especialidad.

A mí me dice que no hay usuario a consultar... Han protegido quizás la consulta de esta manera o si no estoy haciendo algo mal en la inspección del html

Ese mensaje me sale a mí cuando desde el acceso a funcionarios intentas ver a un interino.

Sin embargo, en la provisional sí se podía ver.
#2
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Sobre el agravio comparativ...
Último mensaje por rantanplan - Hoy a las 13:04:50 PM
Cita de: albay en Hoy a las 10:19:49 AMYo, sinceramente rantanplan, creo que es que no han reparado en ello, y si lo han hecho, se lo están pasando por el arco del triunfo.

Cita de: maestro_liendre en Hoy a las 12:26:05 PM«Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez».

El principio de Hanlon sugiere que, en lugar de asumir intenciones maliciosas detrás de las acciones o errores de una persona, es más razonable considerar que estas acciones podrían ser el resultado de la ignorancia, la falta de comprensión o un error.

Eso sí, siempre se puede enviar (por registro) un escrito que informe de este hecho para sacarles de su "posible desconocimiento".

Sí, si yo me inclino a pensar que no han reparado en el asunto. De hecho, estoy pensando en hacer el escrito. Convendría que unos cuantos nos animáramos a hacerlo.
#3
«Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez».

El principio de Hanlon sugiere que, en lugar de asumir intenciones maliciosas detrás de las acciones o errores de una persona, es más razonable considerar que estas acciones podrían ser el resultado de la ignorancia, la falta de comprensión o un error.

Eso sí, siempre se puede enviar (por registro) un escrito que informe de este hecho para sacarles de su "posible desconocimiento".


El caso es que, si dentro de una misma autonomía hay desigualdades entre sus delegaciones provinciales, imagina lo que habrá entre los reinos de taifas que integran España.
#4
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por Suricato99 - Hoy a las 10:22:59 AM
Cita de: Jotura en Hoy a las 09:37:41 AM
Cita de: Scamander en 17 Agosto, 2026, 03:47:48 AM4747504E55594750 Geografía e Historia
4646504E55594750 Geografia e Historia biñingüe inglés
4647504E55594750 Geografía e Historia bilingüe francés

¿Estáis consiguiendo ver las demás especialidades? Porque yo, por más que inspecciono elementos en el navegador y cambio los códigos del "VerPuesto", me sigue cargando mi especialidad.

A mí me dice que no hay usuario a consultar... Han protegido quizás la consulta de esta manera o si no estoy haciendo algo mal en la inspección del html
#5
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Sobre el agravio comparativ...
Último mensaje por albay - Hoy a las 10:19:49 AM
Yo, sinceramente rantanplan, creo que es que no han reparado en ello, y si lo han hecho, se lo están pasando por el arco del triunfo.
#6
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:PORRA COLOCACIÓN DE EFECTIV...
Último mensaje por Jotura - Hoy a las 09:37:41 AM
Cita de: Scamander en 17 Agosto, 2026, 03:47:48 AM4747504E55594750 Geografía e Historia
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¿Estáis consiguiendo ver las demás especialidades? Porque yo, por más que inspecciono elementos en el navegador y cambio los códigos del "VerPuesto", me sigue cargando mi especialidad.
#7
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Sobre el agravio comparativ...
Último mensaje por rantanplan - Hoy a las 09:22:21 AM
Cita de: respublica en Hoy a las 01:12:31 AMY no pone una fecha concreta para dar flexibilidad a los diferentes Consejos Escolares Provinciales, en los que deciden los representantes de los trabajadores afectados, que pueden poner el 22, 23 ó 24, respetando el mismo número de días lectivos.

Sobre esto debo argüir dos cosas:

a) Tanto monta, monta tanto Isabel como Fernando. Es irrelevante quiénes cometan el agravio: el agravio existe y me parece injustificable. No puede ser que una misma entidad pague a sus trabajadores exactamente lo mismo por hacer exactamente lo mismo, pero luego los discrimine según trabajan en una o en otra provincia con una cantidad distinta de días libres.
b) No es cierto que decidan los trabajadores afectados. Sólo una parte de los Consejos Escolares Provinciales son trabajadores afectados.

DECRETO 332/1988, 5 DICIEMBRE, por el que se regula la composición y funcionamiento de los Consejos escolares de ámbito territorial en la Comunidad de Andalucía.

(El decreto se modificó a través del Decreto 286/2010)

CitarArtículo 26

El Consejo Escolar Provincial estará integrado por:

1. La persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, que ostentará la presidencia.

2. Veintinueve Consejeras y Consejeros designados por los distintos sectores que integran el Consejo Escolar Provincial. El número de consejeras y consejeros que corresponde a cada uno de los sectores será el establecido en los apartados siguientes:

2.1. Ocho miembros del profesorado nombrados a propuesta de sus centrales y asociaciones sindicales en proporción a su representatividad en el ámbito provincial, distribuidos de la siguiente manera:
a) Seis miembros del profesorado de Centros Públicos. Se procurará que este profesorado provenga de las etapas Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas e Idiomas.
b) Dos miembros del profesorado de Centros Privados sostenidos con fondos públicos. Se procurará que este profesorado provenga de las etapas Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
2.2. Cuatro madres, padres o quienes ejerzan la tutela del alumnado distribuidos de la siguiente manera:
a) Tres madres, padres o quienes ejerzan la tutela del alumnado de Centros Públicos nombrados a propuesta de las Federaciones de madres y padres constituidas al efecto en proporción a su representatividad, en cuanto al número de afiliados.
b) Una madre, padre o quien ejerza la tutela del alumnado de Centros privados sostenidos con fondos públicos nombrado a propuesta de las Federaciones de madres y padres constituidas al efecto en proporción a su representatividad, en cuanto al número de afiliados.
2.3. Cuatro miembros del alumnado distribuidos de la siguiente manera:
a) Tres alumnas o alumnos de centros públicos, nombrados a propuesta de las Juntas de Delegadas y Delegados del Alumnado de los institutos de educación secundaria con mayor número de alumnas y alumnos en la provincia.
b) Una alumna o alumno de centros privados concertados, nombrado a propuesta del órgano que represente al alumnado de educación secundaria en el centro concertado con mayor número de alumnos y alumnas en la provincia.
2.4. Cuatro representantes del Personal de Administración y Servicios de la Administración Educativa, de los que dos representantes serán nombrados a propuesta de sus organizaciones o asociaciones sindicales en proporción a su representatividad y otros dos a propuesta de la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación.
2.5. Dos representantes de la Diputación Provincial nombrados a propuesta de la persona titular de la Presidencia de la Corporación.
2.6. Dos representantes de las personas titulares de los Centros Privados nombradas a propuesta de las organizaciones empresariales o patronales de la enseñanza, en proporción a su representatividad, y una persona representante de las cooperativas de enseñanza nombrada a propuesta de las asociaciones de las mismas, en proporción a su representatividad.
2.7. Tres directoras o directores de centros escolares, designados por la persona titular de la Delegación Provincial competente en materia de educación, distribuidos de la siguiente manera:
a) Dos directoras o directores de Centros públicos.
b) Una directora o director de un Centro privado concertado.
2.8. Una persona representante del Instituto Andaluz de la Mujer, nombrada a propuesta de la persona titular del centro provincial de dicha entidad.

De los 30 componentes, 12 son profesores y PAS, y 3 son directores (1 de centro privado) que a saber qué intereses tienen, sobre todo el del centro privado. El delegado no vota (que he cortado el artículo).

Pero sigue siendo irrelevante, que el número de días lectivos sea el mismo, no significa que el número de días libres sea el mismo. Yo qué sé, a lo mejor ni se han dado cuenta.
#8
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Sobre el agravio comparativ...
Último mensaje por albay - Hoy a las 09:03:08 AM
Cita de: respublica en Hoy a las 01:12:31 AMPara eso tendrían que modificar el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios, que en su artículo 7.4 establece que:

CitarLa finalización del régimen ordinario de clase para educación secundaria obligatoria y el primer curso de bachillerato no será anterior al día 22 de junio de cada año...

Y no pone una fecha concreta para dar flexibilidad a los diferentes Consejos Escolares Provinciales, en los que deciden los representantes de los trabajadores afectados, que pueden poner el 22, 23 ó 24, respetando el mismo número de días lectivos.


Saludos.

Este Decreto 301/2009 que mencionas, va a ser modificado en unos días, junto con los otros.
Pero, al menos en su borrador, no incluye modificación del asunto que estamos tratando. Pero podría.
#9
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Sobre el agravio comparativ...
Último mensaje por respublica - Hoy a las 01:12:31 AM
Para eso tendrían que modificar el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios, que en su artículo 7.4 establece que:

CitarLa finalización del régimen ordinario de clase para educación secundaria obligatoria y el primer curso de bachillerato no será anterior al día 22 de junio de cada año...

Y no pone una fecha concreta para dar flexibilidad a los diferentes Consejos Escolares Provinciales, en los que deciden los representantes de los trabajadores afectados, que pueden poner el 22, 23 ó 24, respetando el mismo número de días lectivos.


Saludos.
#10
Secundaria, Fp, Especiales... / Re:Bolsa de Geografía e Histor...
Último mensaje por Suricato99 - 17 Agosto, 2026, 23:55:09 PM
Cita de: Suricato99 en 17 Agosto, 2026, 23:52:26 PMDisculpad la insistencia, ¿podría alguien facilitarme los códigos? Quiero consultar algunos movimientos. Gracias

Acabo de ver que los han puesto en otro hilo, sorry!!

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