Hay algún interino que esté exento de preentarse al procedimiento?
Un compañero hoy, interino, mayor de 55 me ha preguntado y mirando la convocatoria no veo nada al respecto.
Saludos
Según tengo entendido ya no es obligatorio presentarse. Si lees la convocatoria de 2016 establecía claramente la obligación de presentarse, pero en ésta no lo hace.
Aunque en el apartado de preguntas frecuentes de la aplicación para inscribirse en las oposiciones diga que los interinos no tienen obligación de presentarse, yo tengo mis dudas.
¿No debería haberse publicado algún decreto u orden que derogue la orden del 11 de junio de 2013?
Como recordaréis esta orden modificaba el famoso decreto 302 y ya no era necesario aprobar si no que establecía la obligación de presentarse por lo menos a la primera prueba.
De hecho se argumentaba que el retraso de la convocatoria se debía a la necesidad de esta publicación
Yo tengo la misma duda de tu compañero mayor de 55 años y por más que leo la convocatoria en ninguna parte pone la palabra exento o no obligado a presentarse. Solo pone que a los mayores de 55 se le garantiza una vacante si pide las ocho provincias y entra dentro de la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de Junio y de la orden 8 de junio de 2011.