h) Personal funcionario en prácticas.
Dicho personal está obligado a participar y a obtener su
primer destino definitivo en centros dependientes de la Comunidad
Autónoma de Andalucía por la especialidad por la que
haya superado el procedimiento selectivo. Asimismo, podrá
solicitar puestos específicos.
A quienes no participen o no obtengan un destino de los
solicitados, se les destinará de oficio, de existir vacante, por
esta Consejería de Educación a un puesto de trabajo en centros
dependientes de la misma.
La adjudicación de destino se hará teniendo en cuenta la
prelación con la que figuran en la correspondiente Orden, por
la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado
en el respectivo procedimiento selectivo para ingreso en los
Cuerpos docentes, y se les nombra con carácter provisional
funcionario en prácticas.
Es decir, nota de concurso-oposición.