María 32
Forero comenzando

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« : 22 Mayo, 2009, 15:19:35 » |
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cjs
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« Respuesta #1 : 22 Mayo, 2009, 15:28:22 » |
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« Respuesta #1 : 22 Mayo, 2009, 15:28:22 » |
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María 32
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« Respuesta #2 : 22 Mayo, 2009, 15:31:07 » |
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Perdón, no se a donde le he dado, que se ha borrado lo que había escrito. Es una duda que tengo, resulta que estoy acogida al plan de calidad este año en el centro donde trabajo. He trabajado todo el curso hasta mediados de abril que me he dado de baja por riesgo en el embarazo, ya que doy a luz a finales de junio. Mi duda es si tengo derecho a cobrar el plan o como me han dicho cuando ha venido la inspectora al estar yo de baja no me puede evaluar. Es así?Muchas gracias a todos y mucha suerte con las opos.
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lucerino
Forero comenzando

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« Respuesta #3 : 22 Mayo, 2009, 21:56:35 » |
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Aprovecho este hilo. He oido que para cobrar (aunque sea un minimo y no toda la cantidad que cobran los demas profesores para hacer lo mismo que si no estuvieran acogidos al Plan de Calidad) hace falta estar en el centro 100 dias. ¿Alguien me lo puede confirmar? Esta mañana se lo he consultado a mi superdire y me ha dado la sensación de que se ha hecho el orejas. Agradezco la información.
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« Respuesta #3 : 22 Mayo, 2009, 21:56:35 » |
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taleno25
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« Respuesta #4 : 23 Mayo, 2009, 12:15:14 » |
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La ORDEN de 20 de febrero de 2008, por la que se regula el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos, a este respecto dice lo siguiente:
"7. Para percibir los incentivos económicos, en los términos regulados en los apartados 3, 4 y 5 de este artículo, el profesorado que esté ocupando una vacante en la plantilla de funcionamiento de un centro deberá, además, haber prestado servicio efectivo, al menos, cien días lectivos en el curso escolar. A tales efectos, los directores y directoras incluirán en el informe a que se refiere el artículo 9.1 el número de días lectivos de ausencia del centro de cada profesor o profesora por cualquier causa.
8. La cuantía del incentivo económico que percibirá cada profesor o profesora se obtendrá multiplicando la cantidad que le corresponda en aplicación de lo establecido en los apartados 3, 4 y 5 de este artículo, por el cociente entre el número de días lectivos de presencia en el centro de dicho profesor o profesora y el número total de días lectivos del curso escolar."
La citada Orden la podéis encontrar en la Web de Ustea. Un saludo.
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María 32
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« Respuesta #5 : 24 Mayo, 2009, 15:20:18 » |
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Muchas gracias por tu aclaración.
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